Resolución que fija las cuotas de los productos por los servicios que preste el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal 2017

Página 2 13 de febrero de 2017
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTE EL
INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
Dra. Blanca Esthela Mercado Rodríguez, Subsecretaria de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 1, 3, 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II y III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Estado de México; 1, 5, 10 y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y, 3 fracción I, 4
fracción II, 8 fracción XII, y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secre taría de Finanzas, en relación con
el diverso 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejerc icio fiscal del año 2017, y con el “Acuerdo
del C. Secretario de Finanzas mediante el cual autoriza a la C. Subsecretaria de Ingresos a suscribir las Reglas
de Carácter General que señalan aquellos productos y aprovechamientos que no requieren autorización para su
cobro en el ejercicio fiscal del año 2017, así como para emitir las Resoluciones de Carácter Particular que fijen o
modifiquen los productos o aprovechamientos que sean solicitados por las dependencias para autorización de
la Secretaría de Finanzas”, publicado e n el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” de fecha 21 de diciembre de
2016; y,
CONSIDERANDO
Que en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2017, se señala que el
Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas, queda autorizado para fijar o modificar los
productos que se cobren en el ejercicio fiscal de 2017, previa solicitud de las dependencias interesadas.
Que de acuerdo con el artículo 10 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, son productos las
contraprestaciones por los servicios que presten el Estado y los municipios en sus actividades de derecho
privado, así como por el uso, aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado, que estén
previstos en la Ley de Ingresos.
Que una vez identificados los servicios y bienes que por la función de derecho privado ofrece el Instituto de
Profesionalización, y toda vez que no existe una cuota definida de recuperación para el ejercicio fiscal del año
2017 que permita resarcir el gasto a la autoridad por el otorgamiento del servicio respectivo, se emite la
siguiente:
RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS CUOTAS DE LOS PRODUCTOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTE EL
INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
Primero.- En cumplimiento a la obligación contenida en el artículo 18 de la Ley de Ingresos del Estado de
México para el ejercicio fiscal del año 2017, se dan a conocer las cuotas de los productos por los conceptos que
presta el Instituto de Profesionalización de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de México, de
conformidad con lo siguiente:

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