RESOLUCION definitiva referente a la solicitud de modificación al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Alvaro Obregón, versión 1987, promovida por el ciudadano Alejandro Cornejo Martínez.

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EmisorDepartamento del Distrito Federal

RESOLUCION definitiva referente a la solicitud de modificación al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Alvaro Obregón, versión 1987, promovida por el ciudadano Alejandro Cornejo Martínez.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Departamento del Distrito Federal.- Dirección General de Reordenación Urbana y Protección Ecológica.- AO-411-94. Asunto: Resolución definitiva. Visto para resolver en definitiva el expediente AO-411-94, relativo a la solicitud de modificación al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Alvaro Obregón, versión 1987, aprobado por el ciudadano Jefe del Departamento del Distrito Federal el diecinueve de junio de mil novecientos ochenta y siete, publicado en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal el dieciséis y treinta de julio del mismo año, respectivamente, e inscrito en el Registro del Plan (programa) Director para el Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en acta treinta y seis de fecha veintiocho de agosto de mil novecientos ochenta y siete, a fojas cien reverso a ciento cuatro del libro segundo, volumen uno de planes parciales, promovida por el ciudadano Alejandro Cornejo Martínez, y RESULTANDO I.- Por escrito de fecha seis de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, el ciudadano Alejandro Cornejo Martínez solicitó al ciudadano Jefe del Departamento del Distrito Federal la modificación al Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Delegación Alvaro Obregón, versión 1987, para el predio ubicado en Periférico Sur número 2782, colonia Jardines del Pedregal, con superficie de 1,512.00 m2; y número de cuenta predial 354-952-69-000-7; donde pretende la instalación de un local para la exhibición y venta de muebles, taller automotriz con venta de accesorios y equipo automotriz (auto-boutique), en una superficie a ocupar de 2,531.00 m2; debido que el Programa Parcial en cuestión prohíbe el mencionado uso por localizarse dicho inmueble en zona secundaria "C" (corredor urbano, habitación, oficinas, industria), y CONSIDERANDO I.- Que la solicitud que se menciona en el punto que antecede fue presentada en los términos de los artículos 30 fracción V y 31 fracción III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y 26 del Reglamento de Planes Parciales y admitida que fue se turnó a esta Dirección General para los efectos previstos en el artículo 27 del Reglamento de Planes Parciales. II.-...

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