Resolución correspondiente al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2188/18-03-02-8/1804/21-PL-08-04

Páginas532-588
PLENO
Tesis Aislada
532Tribunal Federal de Justicia Administrativa
PLENO
RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE AL JUICIO CON-
TENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚM. 2188/18-03-02-
8/1804/21-PL-08-04, relacionado con la tesis aislada
IX-TASS-1, de rubro “SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO CON-
TENCIOSO ADMINISTRATIVO. PROCEDE CUANDO DICHO
JUICIO SE INTENTA EN CONTRA DE ACTOS TENDIENTES
A AFECTAR LAS PARTICIPACIONES QUE EN INGRESOS
FEDERALES LE CORRESPONDAN A UN MUNICIPIO”, pu-
blicada en R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 11. Noviem-
bre 2022. p. 312
C O N S I D E R A N D O :
[…]
CUARTO.- […]
Ahora bien, en virtud que el H. AYUNTAMIEN-
TO DE CULIACÁN, señala que los actos que dieron ori-
gen a las resoluciones impugnadas, lo son el Convenio
089(26)2016 de veinticinco de agosto de dos mil die-
ciséis, que el Municipio de Culiacán celebró con el Ins-
tituto Mexicano del Seguro Social, de Reconocimiento
de Adeudo y Autorización de Prórroga para el Pago Di-
ferido de Diversos Créditos Fiscales identicados en la
declaración I.V del mismo y el Convenio 090(26)2016 de
veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, que el Muni-
cipio de Culiacán celebró con el Instituto Mexicano del
PLENO
Tesis Aislada
Revista Núm. 13, Enero 2023 533
Seguro Social, de Reconocimiento de Adeudo y Auto-
rización de Prórroga para el Pago Diferido de Diversos
Créditos Fiscales identicados en la declaración I.V del
mismo, se traen a la vista a efecto de contextualizar el
presente estudio:
[N.E. Se omiten imágenes]
Del Convenio 089(26)2016 de Reconocimiento de
Adeudo y Autorización de Prórroga para el Pago Diferido
de Créditos Fiscales relativos a los Seguros de Riesgo de
Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así
como de Guardería y Prestaciones Sociales, se advierte
que fue celebrado por el Municipio de Culiacán y el Insti-
tuto Mexicano del Seguro Social.
Que en la declaración I.V. el H. AYUNTAMIENTO DE
CULIACÁN, reconoció plenamente y sin reserva alguna,
que en su carácter de patrón adeuda al Instituto Mexica-
no del Seguro Social, la totalidad de los créditos scales
por concepto de cuotas obrero patronales omitidas y Ca-
pitales Constitutivos de los Seguros de Riesgo de Trabajo,
Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como
de Guardería y Prestaciones Sociales y sus accesorios, los
cuales maniesta que corresponden a la información de
sus registros contables y administrativos, de conformidad
con el artículo 133 del Reglamento de la Ley del Seguro
Social en Materia de Aliación, Clasicación de Empresas,
Recaudación y Fiscalización, al tenor siguiente:
PLENO
Tesis Aislada
534Tribunal Federal de Justicia Administrativa
[N.E. Se omite imagen]
Que en la declaración I.VI. se señala que en términos
del artículo 40 C de la Ley del Seguro Social, 66 y 66-A,
fracción I, del Código Fiscal de la Federación, de aplica-
ción supletoria a dicha Ley, el H. AYUNTAMIENTO DE CU-
LIACÁN por así convenir a sus intereses presentó solicitud
de autorización de prórroga de pago a plazos, para efec-
tuar el pago del adeudo reconocido y precisado en la de-
claración I.V., en un plazo de treinta parcialidades iguales,
mensuales y sucesivas, habiendo efectuado el pago del
20% del total del adeudo reconocido, por la cantidad de
$12´673,719.58 (DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA
Y TRES MIL SETECIENTOS DIECINUEVE PESOS 58/100
M.N.), lo cual acreditó con el comprobante de pago corres-
pondiente, mismo que acompañó a su solicitud como Ane-
xo 3 del Convenio, autorizada por el Instituto Mexicano del
Seguro Social el diecisiete de agosto de dos mil dieciséis.
Que en la declaración I.VII. se señala que fue inter-
puesto medio de defensa en contra de los créditos nú-
meros 139031439, 159046386, 159046084, 159046216,
159043570, 159043575, 159046521, 159046379, 153002557,
169051354, 169051737, 169052209, 153006940, 153006022,
152050345, 152055822, 152058783, 152064678, 163000730
y 162022228, de los cuales se desistió el diecinueve de
agosto de dos mil dieciséis, escrito que se agrega como
Anexo 4, por lo que los créditos que integran el adeudo
reconocido materia del Convenio, son vigentes y legal-
mente exigibles.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR