Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de registro del convenio de la coalición parcial denominada Coalición Por México al Frente para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, cincuenta y ocho fórmulas de candidaturas a senadores por el principio de mayoría relativa y doscientos sesenta y nueve fórmulas de candidaturas a Diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Acción Nacional, el Partido de la Revolución Democrática y el partido político nacional denominado Movimiento Ciudadano, para contender bajo esa modalidad en el Proceso Electoral Federal 2017- 2018.

Fecha de disposición08 Febrero 2018
Fecha de publicación08 Febrero 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG633/2017. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN PARCIAL DENOMINADA "COALICIÓN POR MÉXICO AL FRENTE" PARA POSTULAR CANDIDATURA A PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CINCUENTA Y OCHO FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PRESENTADO POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y EL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO MOVIMIENTO CIUDADANO, PARA CONTENDER BAJO ESA MODALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018

ANTECEDENTES

  1. El Partido Acción Nacional, el Partido de la Revolución Democrática y el Partido Político Nacional denominado Movimiento Ciudadano (en adelante Movimiento Ciudadano) se encuentran en pleno goce de sus derechos y sujetos a las obligaciones previstas en Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en la Ley General de Partidos Políticos.

  2. El ocho de septiembre del año en curso, en sesión extraordinaria, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece el periodo de precampañas para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas", identificado con la clave INE/CG427/2017, el cual fue publicado el veintinueve de septiembre de esta anualidad en el Diario Oficial de la Federación.

  3. El treinta de octubre de dos mil diecisiete, en sesión ordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de senadores y de diputados por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG504/2017, publicado el veinticuatro de noviembre de este año en el Diario Oficial de la Federación. En lo sucesivo, a dicho instrumento se denominará el Instructivo.

  4. A través de escrito de ocho de diciembre de dos mil diecisiete, presentado en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, el entonces Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, la entonces Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática y el Coordinador de la Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano solicitaron el registro del convenio de coalición parcial para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, cincuenta y ocho fórmulas de candidaturas a senadores y doscientos sesenta y nueve fórmulas de candidaturas a diputados, en ambas elecciones por el principio de mayoría relativa, y presentaron la documentación respectiva a su aprobación.

  5. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3902/2017 y la tarjeta ejecutiva INE/DEPPP/DPPF/0429/2017, ambas de doce de diciembre de esta anualidad, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos y la Directora de Partidos Políticos y Financiamiento, respectivamente, remitieron al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización y al Director de Pautado, Producción y Distribución, el convenio de coalición parcial suscrito entre los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, para que fuera analizado en el ámbito de su respectiva competencia.

  6. El doce de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el escrito MC-INE-395/2017, a través del cual el Representante Propietario de Movimiento Ciudadano ante el Consejo General, con motivo de la entrega del convenio de coalición, remite documentación a fin de acreditar los términos en que fueron aprobados, la Plataforma Electoral, el programa de gobierno y el reglamento de la coalición.

  7. El doce de diciembre del año que transcurre, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, mediante los oficios INE/DEPPP/DE/DPPF/3898/2017 e INE/DEPPP/DE/DPPF/3899/2017, requirió a los representantes propietarios de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución

    Democrática ante el Consejo General, respectivamente, a fin de que en un término de veinticuatro horas, presentaran diversa documentación que acredite la sesión estatutaria de sus respectivos órganos competentes para aprobar el convenio de coalición.

  8. Con fecha trece de diciembre del presente año, los representantes propietarios de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática ante el Consejo General, mediante los escritos RPAN2-0284/2017 y RTG-379/2017, respectivamente, remitieron a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la documentación que les fue requerida.

  9. El trece de diciembre del año en curso, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, a través del oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3900/2017, comunicó el resultado de la revisión del convenio de coalición y requirió a los órganos directivos competentes de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, para realizar diversas modificaciones a dicho convenio, a la brevedad posible, a fin de adecuarse a la normatividad aplicable.

  10. Los días trece y quince de diciembre de esta anualidad se recibieron en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la tarjeta No. 117 y el oficio INE/UTF/DA-F/19007/17, signados, respectivamente, por el Director de Pautado, Producción y Distribución y por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización, en los cuales comunican el resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición relacionadas con su correspondiente ámbito de atribuciones.

  11. El quince de diciembre del presente año fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual el Presidente y Secretario General del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, la Presidenta y Secretaria General del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática y los integrantes de la Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano comunicaron al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos una fe de erratas del convenio de coalición al tiempo que presentaron el Reglamento de la "Coalición por México al Frente", en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3900/2017.

  12. El dieciséis de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito a través del cual los representantes propietarios de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano ante el Consejo General, remiten el original de los listados que contienen el origen partidista y la adscripción al grupo parlamentario al que pertenecerían las candidaturas a senadores y diputados, en caso de resultar electas, así como el número total de candidaturas a postular en dichas elecciones por la "Coalición Por México al Frente", firmado por los dirigentes nacionales de los tres partidos políticos que la conforman.

  13. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3972/2017 y la tarjeta ejecutiva INE/DEPPP/DPPF/0439/2017, ambas de diecinueve de diciembre de esta anualidad, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos y la Directora de Partidos Políticos y Financiamiento, respectivamente, remitieron al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización y al Director de Pautado, Producción y Distribución, el Reglamento de la "Coalición por México al Frente", para que fuera analizado en el ámbito de su respectiva competencia.

  14. El día veinte de diciembre de esta anualidad se recibieron en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la tarjeta No. 122 y el oficio INE/UTF/DA-F/19801/17, signados, respectivamente, por el Director de Pautado, Producción y Distribución y por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización, en los cuales comunican el resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición relacionadas con su correspondiente ámbito de atribuciones.

  15. A través del oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4013/2017, de veinte de diciembre del presente año, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos remitió al Presidente del Consejo General el anteProyecto de Resolución respecto de la solicitud del registro del convenio de coalición que nos ocupa, para los efectos señalados en el artículo 92, párrafos 2 y 3 de la Ley General de Partidos Políticos.

  16. El veinte de diciembre del presente año, mediante oficio INE/PC/386/2017, el Presidente del Consejo General de esta autoridad electoral administrativa instruyó al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos hacer del conocimiento de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos el anteproyecto en cita, con la finalidad de que en su oportunidad, fuera sometido a consideración del órgano superior de dirección.

  17. En sesión extraordinaria privada efectuada el veintiuno de diciembre del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional...

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