Resolución del Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, sobre la procedencia legal de las modificaciones realizadas a los documentos básicos de la Agrupación Política Local denominada ?Organización Juvenil Participación Social Activa?

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, SOBRE LA PROCEDENCIA LEGAL DE LAS MODIFICACIONES REALIZADAS A LOS DOCUMENTOS BÁSICOS 1 DE LA AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL DENOMINADA "ORGANIZACIÓN JUVENIL PARTICIPACIÓN SOCIAL ACTIVA".

RESULTANDOS

1.- El 31 de octubre de 2005, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (Consejo General) otorgó registro como agrupación política local a la organización de ciudadanos denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016, mediante el Acuerdo identificado con la clave ACU-049-05.

2.- El 23 de mayo de 2013, el órgano superior de dirección del Instituto Electoral del Distrito Federal aprobó el 2015Procedimiento de Verificación de las Obligaciones a que se sujetan las Agrupaciones Políticas Locales durante su existencia2016 (Procedimiento de Verificación), a través del Acuerdo identificado con la clave ACU-22-13.

3.- El 6 de junio de 2016, el Consejo General aprobó el Acuerdo por el cual instruyó a la Comisión de Asociaciones Políticas a fin de que iniciara con el proceso de verificación ordinaria y determinara las obligaciones de las agrupaciones políticas que serían verificadas en el año 2016.

4.- El 9 de junio de 2016, la Comisión de Asociaciones Políticas mediante Acuerdo CAP/051-14ª.Ext./2016, determinó que se verificarían las siguientes obligaciones de las agrupaciones políticas locales en el año 2016:

  1. Mantener actualizados sus documentos básicos conforme a la legislación electoral vigente, de acuerdo a lo señalado en los artículos 196 y 200, fracción I del Código, y

  2. Comunicar oportunamente al Instituto Electoral la integración de sus órganos directivos en un plazo máximo de tres meses una vez que ésta hubiera ocurrido, observando además lo establecido en los artículos 196, fracción I, inciso f) y 200, fracción VIII del Código.

    5.- El 7 de julio de 2016, en relación a la obligación consistente en mantener actualizados sus documentos básicos, mediante oficio identificado con la clave IEDF/DEAP/0381/16 de la misma fecha, la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas (Dirección Ejecutiva) informó a la agrupación política local denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016 que derivado de un análisis realizado a los documentos básicos, detectó que se debían realizar las modificaciones necesarias para ajustar su contenido a lo dispuesto en el artículo 196, referente a las fracciones I, inciso f) y II, inciso e) del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal (Código Electoral). En tal virtud se le otorgó un plazo de 10 días hábiles para manifestar lo que a su derecho conviniera de conformidad con lo establecido en el Procedimiento de Verificación.

    6.- El 4 de agosto de 2016, la Dirección Ejecutiva, sin haber recibido respuesta al oficio señalado en el numeral anterior, mediante oficio identificado con la clave IEDF/DEAP/0487/16, requirió a la agrupación en comento para que en un plazo no mayor a sesenta días hábiles realizara los actos necesarios y presentara la documentación comprobatoria para acreditar la actualización de sus documentos básicos en términos de las consideraciones vertidas en el oficio IEDF/DEAP/0381/16 de fecha 7 de julio de 2016.

    7.- El 9 de diciembre de 2016, el Consejo General aprobó el 2015Acuerdo por el que se aprueba el informe sobre la verificación del cumplimiento de las obligaciones supervisadas a las agrupaciones políticas locales durante 20162016, identificado con la clave ACU-87-16.

    De los resultados obtenidos en la referida verificación, se advierte que la agrupación política local denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016 no dio respuesta alguna sobre la obligación de actualizar sus documentos básicos. En consecuencia, el órgano superior de dirección de este Instituto Electoral, instruyó al Secretario Ejecutivo para que propusiera a la Comisión de Asociaciones Políticas el inicio del procedimiento administrativo sancionador correspondiente en contra de la citada agrupación.

    1 El análisis y estudio de la presente resolución versa sobre el Estatuto, Declaración de Principios y Programa de Acción de la citada agrupación.

    124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 6 de Abril de 2017

    8.- El 14 de diciembre de 2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto Electoral remitió a la Dirección Ejecutiva el expediente IEDF-QNA/047/2016, integrado con motivo de la vista formulada por el Consejo General en el Acuerdo ACU-87-16, a efecto de que se iniciara de manera oficiosa el procedimiento ordinario sancionador en contra de la agrupación política en comento.

    9.- El 12 de enero de 2017, la Comisión de Asociaciones Políticas ordenó lo siguiente: 1) Iniciar un procedimiento ordinario sancionador en contra de la agrupación política local denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016; 2) Integrar el expediente respectivo y registrarlo en el libro de gobierno con la clave IEDF-QCG/PO/014/2017; 3) Emplazar a la agrupación corriéndole traslado con copia autorizada el expediente citado, para que en un término de cinco días hábiles contestara por escrito lo que a su derecho conviniera, y 4) Notificar personalmente a la agrupación el citado proveído y publicarlo en los estrados de las oficinas centrales de este Instituto.

    10.- El 19 de enero de 2017, personal de la Dirección Ejecutiva emplazó a la agrupación política local denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016 al procedimiento aludido, concediéndole un plazo de cinco días hábiles para que contestara a lo que a su derecho conviniera y aportara las pruebas que considerara pertinentes.

    11.- El 26 de enero de 2017, por medio del escrito sin clave de referencia, la agrupación política local 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016 presentó como anexo, diversa documentación original referente a la actualización de sus documentos básicos requerida mediante los oficios IEDF/DEAP/0381/16 e IEDF/DEAP/0487/16, consistente en:

  3. Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de fecha 1 de enero de 2017, consistente en 1 foja.

  4. Acta circunstanciada de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 22 de enero 2017, consistente en 4 fojas.

  5. Lista de asistencia a la sesión de la Asamblea General Extraordinaria de fecha 22 de enero de 2017, consistente en 6 fojas.

  6. Un ejemplar del Estatuto de la agrupación política local, consistente en 16 fojas.

  7. Un ejemplar de la Declaración de Principios, consistente en 2 fojas.

  8. Un ejemplar del Programa de Acción, consistente en 3 fojas.

  9. Un ejemplar del emblema, consistente en una foja.

  10. Cuadro comparativo que contiene las propuestas de reforma del Estatuto de la agrupación, consistente en 25 fojas.

  11. Actas circunstanciadas de las sesiones de los Comités Directivos de las demarcaciones territoriales siguientes: Álvaro Obregón, Benito Juárez, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.

    Lo anterior con la finalidad de validar debidamente la asistencia a la Asamblea General que se llevó a cabo el 22 de enero de 2017 y acreditar el quórum requerido para la celebración de ésta.

    12.- El 26 de enero de 2017, en relación al expediente IEDF-QCG/PO/014/2017 que dio inicio al procedimiento ordinario sancionador, la agrupación política local 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016 manifestó lo siguiente:

    20152026En atención a la cedula (sic) de notificación personal con número de expediente IEDF-QCG/014/2017, en el que se presume la probable responsabilidad de la Agrupación Política Local Organización Juvenil Participación Social Activa, informamos lo siguiente:

    En cumplimiento a los acuerdos emitidos por el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF/DEAP/0380/16) y (IEDF/DEAP/0381/16) con fecha 26 de Enero de 2017 se hizo entrega en la oficialía de partes del Instituto Electoral del Distrito Federal la documentación referida a continuación:

    f0b7 Convocatoria Extraordinaria a las Asambleas delegacionales. f0b7 Convocatoria Extraordinaria a la Asamblea General.

    f0b7 (2026)

    f0b7 (2026)

    Y con lo cual y para los efectos legales procedentes, queda subsanado el oficio de emplazamiento20262016.

    13.- El 22 de febrero de 2017, mediante escrito sin clave de referencia y en alcance a la documentación presentada el 26 de enero del año en curso, la agrupación remitió el listado con los nombres de los afiliados(as) que fueron electos(as) en los Comités Directivos Delegacionales, así como el correspondiente a los artículos que fueron modificados de los documentos básicos que rigen su vida interna, ello con la finalidad de que la información antes mencionada fuera integrada al expediente de mérito.

    14.- En este orden de ideas y en cumplimiento de las atribuciones previstas en los artículos 36, 40, párrafo primero y 44, fracción I del Código Electoral, en su Tercera Sesión Ordinaria del 17 de marzo de 2017, la Comisión Permanente de Asociaciones Políticas aprobó el anteproyecto de Resolución respecto de la procedencia legal de las modificaciones realizadas a los documentos básicos de la agrupación política local denominada 2015Organización Juvenil Participación Social Activa2016, con el objeto de someterlo a consideración de este Consejo General a fin de que este órgano colegiado resuelva lo conducente, al tenor de los siguientes:

    CONSIDERANDOS

    I. COMPETENCIA. En términos de lo dispuesto en los artículos 50, numeral 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 20, fracciones I y II; 35, fracción XIII; 36; 37; 40; 43, fracción I; 44, fracción I; 74, fracción II; 76, fracción IX; 187, fracción I; 191; 196 y 200, fracciones I y VII del Código Electoral; 30, fracción V del Reglamento Interior del...

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