Resolución de carácter general mediante la cual se condona parcialmente el pago de los derechos por concepto de revista vehicular, a los concesionarios o permisionarios que prestan los servicios de transporte de carga público, mercantil y privado, y de pasajeros mercantil y privado en la Ciudad de México, para el ejercicio fiscal 2020

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de junio de 2020

RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL MEDIANTE LA CUAL SE CONDONA PARCIALMENTE EL PAGO DE LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE REVISTA VEHICULAR, A LOS CONCESIONARIOS O PERMISIONARIOS QUE PRESTAN LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE CARGA PÚBLICO, MERCANTIL Y PRIVADO, Y DE PASAJEROS MERCANTIL Y PRIVADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 44, fracción I, del Código Fiscal de la Ciudad de México, y con fundamento en los artículos 122, apartado A, Bases III y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, numerales 4 y 5, 3, 5, apartado A, numeral 3, 7, apartado A, numeral 1, 21, apartados A, numerales 1, 2, 4 y 5 y B, numerales 1 y 4, 23, numeral 2, inciso

f), 32, apartado C, numeral 1, incisos a), b), p) y q) y 33, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, 7, párrafo primero, 10, fracciones II, IV y XXII, 12, 16, fracciones II y XI, 20, fracción V, 21, párrafo primero, 27, fracciones III, VIII y XLIX y 36, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, fracciones I y IV, 10, fracción I, 11, fracciones I, II y VIII, 12, fracciones I, VI, y XLI, 55, fracciones I y II, 56, fracciones II y III, 57, fracciones I, II y III, 58 y 118, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; 6, 7, fracciones I, II y III, 9, fracción III, y 220, fracción X, del Código Fiscal de la Ciudad de México; 2, 7, fracciones II y XI, 13, y 28, fracción IX, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y,

C O N S I D E R A N D O

Que en términos del artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos de la Federación, como de la Ciudad de México o del Estado o Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

Que uno de los propósitos fundamentales del Gobierno de la Ciudad de México es orientar, promover y estimular el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Que para el Gobierno de la Ciudad de México, es prioritario que la ciudadanía acceda a un Transporte de Carga Público, Mercantil y Privado, y de Pasajeros Mercantil y Privado seguro, eficiente y amigable con...

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