Resolución de Carácter General por la que se exime el Pago de los Derechos Causados con Motivo del Registro Ordinario o Extemporáneo de Nacimiento de las Personas que se indican y de la Inscripción de los hechos o actos del Estado Civil de los Mexicanos en el Extranjero, así como la Búsqueda y Expedición de Copias Certificadas de Documentos que acrediten el Estado Civil de los Migrantes y sus Familiares

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL POR LA QUE SE EXIME EL PAGO DE LOS DERECHOS CAUSADOS CON MOTIVO DEL REGISTRO ORDINARIO O EXTEMPORÁNEO DE NACIMIENTO DE LAS PERSONAS QUE SE INDICAN Y DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS HECHOS O ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LOS MEXICANOS EN EL EXTRANJERO, ASÍ COMO LA BÚSQUEDA Y EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN EL ESTADO CIVIL DE LOS MIGRANTES Y SUS FAMILIARES.

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 44, fracción I del Código Fiscal del Distrito Federal, y con fundamento en los artículos 122, Apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, 4°, 5°, 12, fracciones I, IV, VI y XI, 87, 90, 94, párrafo primero y 95 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 5°, 7°, párrafo primero, 12, 14, 15, fracción VIII y 30, fracciones IV, IX y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 9°, fracción III, 216, fracciones III, IV, VI, VII y VIII, 218, fracción I, 248, fracción I, inciso c) y 297 del citado Código Fiscal; 1°, 2°, 7°, fracción VIII y 35, fracción IX del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo dispuesto en las Secciones Sexta y Décima Séptima del Capítulo IX del Título Tercero del Libro Primero del Código Fiscal del Distrito Federal, por los servicios que preste el Registro Civil, se pagarán los derechos conforme a las cuotas previstas en los artículos 216 y 218 del mismo Código y por los servicios de expedición de copias certificadas de documentos prestados por cualquier autoridad administrativa y judicial del Distrito Federal y por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, se pagarán las cuotas señaladas en el artículo 248 del mismo ordenamiento.

Que el Gobierno del Distrito Federal tiene como acción prioritaria promover la equidad y la igualdad de oportunidades que eliminen los mecanismos de exclusión social de los grupos más vulnerables de la población del Distrito Federal, que por carecer de acta de nacimiento, se encuentran en condiciones de desventaja social, como son las personas que viven en situación de abandono o calle, personas con enfermedades o discapacidad, las comunidades rurales o población indígena, las personas adultas mayores, entre otras.

Que uno de los principales retos que afronta el Gobierno del Distrito Federal en materia sociodemográfica, consiste en mitigar los efectos ocasionados por la migración en el tejido social y familiar, a través de la implementación de programas que reconozcan que la nacionalidad y la ciudadanía son atributos de la personalidad que van más allá de los límites geográficos y que mantengan los lazos sociales, culturales y económicos entre quienes por diversas razones emigran de su comunidad de origen, así como llevar a cabo actividades de manera coordinada para promover la equidad y la igualdad de oportunidades que eliminen los mecanismos de exclusión social...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR