Resolución por la que se autoriza la constitución de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S.A. de C.V., misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.

Fecha de publicación15 Septiembre 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
RESOLUCIÓN por la que se autoriza la <span class="vid_spn">constitución</span> de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S
RESOLUCIÓN por la que se autoriza la constitución de una Empresa de Participación Estatal Mayoritaria denominada Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano, S.A. de C.V., misma que estará agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretario.- 100.- 101.
LIC. JORGE NUÑO LARA
SUBSECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y ENCARGADO DE DESPACHO
DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
PRESENTE.
Hago referencia a la instrucción del C. Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para consolidar el Proyecto Estratégico Nacional del Ejecutivo Federal, así como al oficio número 4.-094 de fecha 02 de septiembre de 2022, emitido por el Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, mediante el cual, solicitó realizar las gestiones tendientes para la autorización de la constitución de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria, denominada "Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano", S.A. de C.V.
Al respecto, con fundamento en lo establecido por los artículos 31, fracción XXXII, y 46, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6o., 28, 30 y 31 de la Ley Federal de las EntidadesParaestatales; 8 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5o. del Reglamento de laLey Federal de las Entidades Paraestatales; 8 B y 8 C del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, y 4o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, contempla doce principios rectores, tres Ejes Generales y la Visión hacia el 2024, cuyos contenidos tienen como prioridad el desarrollo integral, equitativo, incluyente, sustentable y sostenible que persigue el Estado Mexicano, así como los logros que se tendrán en 2024; buscando de esta forma, el bienestar general de la población, a través de la construcción de un modelo viable de desarrollo económico, de ordenamiento político y de convivencia entre los sectores sociales, que garantice un progreso con justicia y un crecimiento con bienestar, para demostrar que sin autoritarismo es posible imprimir un rumbo nacional; que la modernidad puede ser forjada desde abajo, sin excluir a nadie, y que el desarrollo no tiene que ser contrario a esa justicia social.
Que la finalidad de la política económica, como principio rector del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, no es producir cifras y estadísticas armoniosas, sino generar bienestar para la población, retomando el camino del crecimiento con austeridad y sin corrupción; disciplina fiscal; cese del endeudamiento; creación de empleos; fortalecimiento del mercado interno e impulso al "agro", a la investigación, la ciencia y la educación.
Que la Estrategia Nacional de Seguridad Pública del Gobierno de la República, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019, establece como uno de sus objetivos, garantizar a la población de empleos, educación, salud y bienestar, por medio de la creación de fuentes de trabajo; la inversión tanto en infraestructura, así como en programas de desarrollo y bienestar sectoriales, regionales y coyunturales, a través de los cuales, el Gobierno Federal tiene como prioridad fortalecer el sector social de la economía, la industria, el comercio y sus servicios.
Que el Programa Sectorial de Comunicaciones y Transportes 2020-2024, establece como objetivo prioritario 2, "Contribuir al desarrollo del país mediante el fortalecimiento del transporte con visión de largo plazo, enfoque regional, multimodal y sustentable, para que la población, en particular las regiones de menor crecimiento, cuente con servicios de transporte seguros, de calidad y cobertura nacional"; estrategia prioritaria 2.1, "Impulsar proyectos de infraestructura aeroportuaria y ferroviaria en función de las prioridades del desarrollo regional y la inclusión social, a fin de mejorar la cobertura y propiciar una mayor conectividad territorial, en particular en las zonas de menor crecimiento", y acción puntual 2.1.6, "Fomentar la modernización y ampliación de aeropuertos para mejorar la conectividad y fortalecer los programas de desarrollo regional y turístico".
Que el Programa Institucional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2020, prevé llevar a cabo la ampliación y modernización, entre otras terminales aéreas, la del Aeropuerto Internacional de Tepic, Nayarit, con la finalidad de incrementar la conectividad hacia los destinos turísticos de la "Riviera Nayarita".
Que la "Riviera Nayarita" es una de las regiones con mayor potencial de crecimiento turístico y de inversión; de tal forma que, se visualiza como el nuevo mercado receptor de turismo de diversos polos a nivel nacional e internacional, lo cual, a su vez, genera la necesidad de dotarla de la infraestructura necesaria, acorde con su potencial de desarrollo.
Que en fechas 12 y 21 de septiembre de 2021, el Licenciado Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, durante diversos actos protocolarios de inauguración, instruyó ampliar y modernizar el aeródromo de Tepic, Nayarit, para hacerlo un aeropuerto internacional, que fomente el progreso de la capital del Estado, a fin de que "no se quede todo en el sur", sino que se atienda también el centro de dicha entidad federativa.
Que la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, mediante Acuerdo 22-III-6, emitido en la Tercera Sesión Ordinaria 2022, celebrada el 18 de agosto de 2022, dictaminó favorablemente la constitución de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria, denominada "Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano", S.A. de C.V., agrupada en el sector coordinado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Que la Dirección General de Normatividad Mercantil de la Secretaría de Economía, autorizó el uso de la denominación social "Grupo Aeroportuario Turístico Mexicano", a través del documento A202206221420590551.
Que del contenido del Acta de la 1a. Sesión Extraordinaria del Consejo de Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, celebrada el 27 de mayo de 2022, se advierte que dicho órgano colegiado tomó conocimiento del Informe del Director General de esa Entidad, respecto de la proyección de desarrollo del Aeropuerto Internacional de Tepic, Nayarit, y la necesidad de su modernización, por lo que instruyó a la misma realizar las gestiones necesarias para lograr tal fin.
Que la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Subsecretaría de Egresos de...

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