Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia.

Fecha de publicación10 Octubre 2023
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam, i
RESOLUCIÓN por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MICROALAMBRE PARA SOLDAR ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA
Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo 11/23 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes
RESULTANDOS
A. Solicitud
1. El 30 de junio de 2023 Electrodos Infra, S.A. de C.V. y Plásticos y Alambres, S.A. de C.V. ("Electrodos Infra" y "Plásticos y Alambres", o en su conjunto, las "Solicitantes") solicitaron el inicio del procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam ("Vietnam"), independientemente del país de procedencia.
2. Las Solicitantes manifestaron que las importaciones de microalambre para soldar originarias de Vietnam, se realizaron en volúmenes significativos y en condiciones de discriminación de precios, causando amenaza de daño a la industria nacional.
3. Las Solicitantes propusieron como periodo investigado el comprendido del 1 de febrero de 2022 al 31 de enero de 2023, y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de febrero de 2020 al 31 de enero de 2023. Presentaron argumentos y pruebas con objeto de sustentar su petición, los cuales constan en el expediente administrativo de referencia, que fueron considerados para la emisión de la presente Resolución.
B. Solicitantes
4. Electrodos Infra y Plásticos y Alambres son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades se encuentran las de fabricar, comprar, vender, distribuir y comercializar electrodos, alambres, soldaduras, fundentes, artículos para soldar y todo lo relacionado con los procesos de soldadura eléctrica y autógena. Señalaron como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Bosque de Cipreses Sur 51, Col. Bosques de las Lomas, C.P. 11700, Ciudad de México.
C. Producto objeto de investigación
1. Descripción general
5. Las Solicitantes manifestaron que el producto objeto de investigación es el microalambre para soldar, el cual es un alambre sólido de acero al carbono aleado con manganeso y silicio, en diámetros desde 0.6 hasta 1.6 milímetros, recubierto o no de cobre, que se funde para unir dos o más piezas de acero por medio de la generación de un arco eléctrico.
6. En términos comerciales, el microalambre para soldar se conoce como: microalambre, alambre para soldar, alambre MIG, soldadura en rollo, soldadura de alambre, soldadura MIG, carrete de soldadura, electrodo de alambre, entre otras.
2. Características
7. Las Solicitantes indicaron que el microalambre para soldar tiene un diámetro desde 0.6 hasta 1.6 milímetros y puede estar recubierto o no de cobre. Es un alambre sólido de acero al carbono aleado con un contenido de silicio de 0.80% y de manganeso de 1.40%, de acuerdo con la norma de la Sociedad Americana de Soldadura (AWS, por sus siglas en inglés de American Welding Society) aunque pudieran presentar un contenido menor. El microalambre para soldar puede diferenciarse por su contenido de manganeso y silicio, los cuales influyen en sus propiedades mecánicas y resistencia a la corrosión.
8. El microalambre para soldar se ofrece en una amplia variedad de presentaciones, por ejemplo; empaques desde 0.5 kg hasta 400 kg o más, carretes o tambos.
3. Tratamiento arancelario
9. Las Solicitantes manifestaron que el microalambre para soldar objeto de investigación se clasifica en las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.10.99, 8311.30.01 y 8311.90.01 de la Tarifa de la Leyde los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE). Sin embargo, señalaron que también puede ingresar por las fracciones 8311.30.99, 8311.90.99 y 8311.90.02 de la TIGIE.
10. Las Solicitantes argumentaron que, en virtud de que el análisis en una investigación antidumping es sobre el producto y no sobre las fracciones arancelarias por las que ingresa, y toda vez que el volumen importado de producto investigado que ingresó a territorio nacional a través de las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.10.99 (antes 8311.10.01), 8311.30.01, 8311.90.01 y 8311.90.02 de la TIGIE es mayor al 95% del total, para efectos de la presente investigación, consideraron incluir en el análisis únicamente las importaciones de las seis fracciones arancelarias señaladas en este punto. En relación con la fracción 8311.90.02 señalaron que clasifica "electrodos de cobre y sus aleaciones"(sic), el cual no es producto investigado, para efecto de la eventual imposición de cuotas compensatorias provisionales y definitivas, por lo que tendría que quedar fuera del alcance de dicha cuota, sin embargo, incluyeron las importaciones efectuadas por esta fracción para el análisis de daño ya que observaron importaciones de alambre para soldar incorrectamente clasificadas.
11. La Secretaría observó que al inicio del periodo analizado el producto objeto de investigación se clasificaba en las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99, 8311.10.01, 8311.30.01 y 8311.90.01 de la TIGIE. Sin embargo, de conformidad con el "Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generalesde Importación y de Exportación (LIGIE), y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera", publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de julio de 2020, se suprimió la fracción arancelaria 8311.10.01 a partir del 28 de diciembre de 2020. Las demás fracciones arancelarias permanecieron en dicho Decreto
12. El 18 de noviembre de 2020 se publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales deImportación y de Exportación (TIGIE) 2012 y 2020", donde se indica que la fracción arancelaria 8311.10.01, vigente hasta el 27 de diciembre de 2020, corresponde a la fracción arancelaria 8311.10.99, vigente a partir del 28 de diciembre de 2020.
13. El 17 de noviembre de 2020 se publicó en el DOF el "Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación" (el "Acuerdo NICO"), en virtud del cual, se dan a conocer los NICO para las siguientes fracciones arancelarias:
a. Para la fracción arancelaria 7229.20.01 se creó el NICO 00, siendo relevante el mismo para el producto objeto de investigación.
b. Para la fracción arancelaria 7229.90.99 se crearon 5 NICO, siendo relevantes para el producto objeto de investigación los NICO 01, 02, 03, 04 y 99.
c. Para la fracción arancelaria 8311.10.99 se crearon 2 NICO, siendo relevantes para el producto objeto de investigación los NICO 01 y 99.
d. Para la fracción arancelaria 8311.30.01 se creó el NICO 00, siendo relevante el mismo para el producto objeto de investigación.
e. Para la fracción arancelaria 8311.90.01 se creó el NICO 00, siendo relevante el mismo para el producto objeto de investigación.
14. El 7 de junio de 2022 se publicó en el DOF el "Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación" (Decreto que expide la LIGIE 2022), vigente a partir del 12 de diciembre de 2022, conforme a la "Cuarta Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022" ("Cuarta Resolución"), publicada en el DOF el 5 de diciembre de 2022, y el 14 de julio de 2022 se publicó el "Acuerdo por el que se dan a...

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