RESOLCION DEFINITIVA DDUE/122/13; AUTORIZCION DEL FRACIONAMIENTO TIPO SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO “CAMPO REAL”

Compostela, Nayarit; 30 de enero del 2013

LIC. GERARDO HERNÁN AGUIRRE BARRON

DIRECTOR GENERAL

INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA DE NAYARIT

P R E S E N T E.

RESOLUCION DEFINITIVA

En cumplimiento a lo ordenado en la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el Estado de Nayarit, Decreto 8181, publicado el 19 de mayo de 1999, artículos 1 fracción IV, 17 fracciones XV, XVI, XXIII, XXIV, 18 y 186, así como el octavo transitorio y demás relativos a los REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACION DE

FRACCIONAMIENTOS; y una vez recibida la opinión de la Secretaria de Obras y Servicios

Públicos de Gobierno del Estado de Nayarit, a que se refiere el artículo 184 de la Ley enunciada, en relación con la declaración de procedencia, cumplimiento de requisitos de la normatividad aplicable tratándose de áreas de donación, aprobación de la propuesta de nomenclatura y equipamiento del FRACCIONAMIENTO TIPO SOCIAL PROGRESIVO

DENOMINADO “CAMPO REAL” que como acción urbanística de crecimiento lleva acabo la empresa "A MOVIMIENTO POPULAR NAYARITA C.” A. C., se emite resolución de

Ley tomando en consideración los siguientes:

Que se considera de utilidad pública y de interés social la construcción de fraccionamientos sociales progresivos en la entidad, de conformidad con el artículo fracción X de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el Estado de

Nayarit.

FUNDAMENTACION

La Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el estado de Nayarit previene la autorización del Ejecutivo Estatal y del Ayuntamiento respectivo, la realización de fraccionamientos sociales progresivos, a efecto de ampliar las posibilidades de acceso a la vivienda, a las familias de bajos ingresos o sectores de la población más desprotegidos, con los requisitos indispensables de urbanización, a través de la asociación con particulares, sector social, para la adquisición de terrenos o en cualquier otra operación que tenga como fin la construcción o financiamiento de vivienda de interés social.

El Ejecutivo Estatal propone atender las necesidades de suelo, vivienda y equipamiento urbano, en forma ordenada, anticipada y a bajos costos, garantizando equidad para todos los sectores de la población, en el que se evite el avance de los asentamientos humanos irregulares en las áreas urbanas, orientando el crecimiento hacia las zonas sin riesgos físicos, y con la factibilidad de dotarlas de servicios, infraestructura y equipamiento.

El Plan Estatal de Desarrollo de Nayarit 2011-20017 fue publicado el 19 de Marzo de

Territorial, las acciones estructuradas en el eje de desarrollo sustentable y ordenamiento

DDUE/122/13

Miércoles 6 de Marzo de 2013 Periódico Oficial 3 territorial urbano, el compromiso del Ejecutivo del Estado de promover la adquisición y enajenación del suelo y reservas territoriales, para el desarrollo urbano y la vivienda en coordinación con dependencias y entidades federales, gobiernos estatales, municipales y en concertación con los sectores social y privado.

Mediante Decreto que fue publicado el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de

Compostela, con fecha de publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del

Estado de Nayarit, el 26 de Marzo de 2011. Dicho Plan establece las normas y los criterios técnicos aplicables para regular y controlar las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento previsto en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano del Municipio de

Compostela Nayarit.

Justificación de la omisión del Plan Parcial de Desarrollo Urbano del Proyecto de

Fraccionamiento Social Progresivo CAMPO REAL, en La Peñita de Jaltemba, en el

Municipio de Compostela, Nayarit, se hace constar la congruencia del uso de suelo con el

Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Compostela, con fecha de publicación en el

Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el 26 de Marzo de 2011y

Factibilidad de Uso de Suelo Oficio No. DDUE 968/2011 a solicitud de la C. Martha

Hernández Mendoza del predio ubicado en la Peñita de Jaltemba donde se ubicara el

FRACCIONAMIENTO TIPO SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO “CAMPO REAL” en el municipio de Compostela Nayarit México. Inmueble que cuenta con una superficie de clave H4 USO HABITACIONAL DENSIDAD ALTA, especificando una densidad máxima de 210 habitantes o 60 viviendas por hectárea; un Coeficiente de Ocupación de Suelo de 90.00 m2. y frente mínimo de 6.00 m.. Uso de suelo predominante Habitacional

Unifamiliar; Compatible con Espacios verdes, abiertos y recreativos vecinales;

Condicionado Equipamiento Vecinal, Servicios vecinales, Manufacturas domiciliarias o domésticas, Infraestructura regional; en virtud de lo anterior se extiende la Constancia de

Factibilidad de Uso de Suelo para el proyecto en cuestión para los fines que haya lugar; anexo al documento cuadro de construcción coordenadas UTM.

A N T E C E D E N T E S:

La documentación que a continuación se cita o relaciona, formara parte de la información que el promovente entrego a esta Dirección de Desarrollo Urbano y Ecología de

Compostela Nayarit, la cual fue considerada dentro del proceso de evaluación y dictaminación.

I.

CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA ASOCIACIÓN

Presenta el desarrollador en copia certificada de la escritura pública número 3,875 del Tomo IX del Libro 09 nuevo de fecha 19 julio 2005, ante el licenciado José Luis

García Basulto Notario Público titular número 25 de la primera demarcación territorial en la ciudad de Tepic Nayarit, en mediante el cual se protocolizó el acta constitutiva de la asociación denominada "A Movimiento Popular Nayarita C.” A.

C., misma que fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el libro 32 de la sección IV, bajo Partida número 15, en Tepic, Nayarit el día 15 agosto 2005.

II.

PODERES GENERALES

Presenta el desarrollador en copia certificada de la escritura número 6,219 del tomo ocho y libro uno de fecha 20 julio 2006, el ante licenciado Emilio M. González

Acosta Notario Público número 23 de la primera demarcación territorial en la ciudad de Tepic, Nayarit, mediante el cual se hace constar la protocolización de los elementos constitutivos de una Asociación Civil bajo la denominación "A

Movimiento Popular Nayarita C.” A. C.,; contiene también la representación de dicha asociación, las facultades del dicha representación y el poder General para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio que otorga el señor Eduardo Saucedo Fuentes en su carácter de presidente del consejo directivo de la asociación denominada "A Movimiento Popular Nayarita C.” A. C., inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en el libro 32 de la sección IV, bajo partida número 15, en Tepic, Nayarit el 15 agosto 2005.

Que mediante Instrumento Público número 31,331 tomo centésimo vigésimo libro primero en la ciudad de Tepic Nayarit a los 13 días del mes de diciembre del 2012 ante el Lic. Jorge Arturo Parra Carrillo, notario público número 15 de esta

Demarcación Territorial en ejercicio comparece la Sra. Martha Hernández

Mendoza y viene a otorgar como al efecto confiere PODER GENERAL PARA

PLEITOS Y COBRANZAS, ACTOS DE ADMINISTRACIÓN Y DE DOMINIO

LIMITADO respecto a una fracción de la parcela identificada con el número 149 Z1

P2/3 en La Peñita de Jaltemba, en el Municipio de Compostela Nayarit; en favor del

Sr. Prof. Martín Estrada Cervantes con todas las facultades que la Ley le otorga.

III.

MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROYECTO.- Conjunto Habitacional Social

Progresivo CAMPO REAL, memoria descriptiva. El proyecto se desarrollara dentro del poblado de La Peñita de Jaltemba, Nayarit perteneciente al Ejido de La Peñita de Jaltemba correspondiente al municipio de Compostela Nayarit. Este conjunto habitacional contempla la construcción de 233 acciones de vivienda de las cuales de 128.00 m2 y 34 lotes son irregulares, cabe mencionar que para este tipo de asentamiento, el proceso constructivo será el de autoconstrucción, ya que la mano de obra será de los propios colonos. La configuración del terreno, de acuerdo a los resultados del levantamiento altimétrico, podemos mencionar que la topografía del predio no presenta pendientes pronunciadas que pudieran impedir el emplazamiento de las obras de vivienda; Las Vialidades de acceso, la vía principal de comunicación del fraccionamiento como las colonias aledañas al norte del poblado, sería una avenida de 12.00 mts de ancho que une el ingreso con la

Carretera Federal 200 Tepic-Puerto Vallarta Tramo en la Peñita de Jaltemba, al deposito federal de vehículos consignados y con un asentamiento irregular sin nombre que también comunica con esa vía regional. Las vialidades internas, el área destinada a las vialidades interiores del proyecto, representa el 27.90 % del total de la superficie del terreno e integra dentro del conjunto habitacional, una red de conexión a todas la viviendas, estas calles se distribuyen de tal manera que permiten el desplazamiento vehicular con fluidez dentro de la unidad habitacional con el resto del poblado y a que la vía principal interna se localiza de noreste a suroeste para entroncar con acceso al fraccionamiento que va a la carretera Federal

Miércoles 6 de Marzo de 2013 Periódico Oficial 5 particulares de los servicios, Agua potable para el suministro de agua potable se encontró que es factible el abastecimiento del agua potable mediante la ampliación de la red de distribución de la misma comunidad de La Peñita de Jaltemba, cada vivienda contará con su toma domiciliaria de manera individual; para efectos del proyecto hidráulico se considera una red de circuito manzanero de tubería de PVC hidráulico RD-26 de 4 (cuatro) pulgadas de diámetro, el cálculo de la carga dinámica disponible en todos los cruceros del proyecto es mayor a 10 mts. de columna de agua; toda la infraestructura hidráulica cumplirá con las normas vigentes establecidas por la CNA y las especificaciones particulares del organismo operador. Drenaje sanitario, se encontró que existen en la...

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