Acuerdo por el que se establecen medidas para la elaboración del Examen Nacional de Aspirantes a Residencias Médicas y para la actualización previa de los pasantes en servicio social de la carrera de Medicina, en materia de prevención de enfermedades crónicas no transmisibles

Fecha de disposición22 Junio 2012
Fecha de publicación22 Junio 2012
EmisorCONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4o. y 73, fracción XVI, Base 1a. y 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2o., fracción VII, 3o., fracciones VII y VIII, 4o., fracción II, 5, 17, fracción III, 89, 92 y 95 de la Ley General de Salud y 9, fracciones II, X y XIV, y 10, fracción VIII del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, y

Considerando

Que de conformidad con el artículo 4o., párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, señalando asimismo que la Ley General de Salud definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución;

Que en términos de lo dispuesto en los artículos 73, fracción XVI, Base 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 4o., fracción II de la Ley General de Salud, el Consejo de Salubridad General tiene el carácter de autoridad sanitaria y sus disposiciones generales, son obligatorias para las autoridades administrativas del país;

Que de conformidad con la fracción II del artículo 9 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, el Consejo de Salubridad General tiene como una de sus facultades aprobar los acuerdos necesarios y demás disposiciones generales de observancia obligatoria en el país en materia de salubridad general, dentro del ámbito de su competencia;

Que la fracción VII del artículo 2 de la Ley General de Salud establece que el derecho a la protección de la salud tiene como finalidad, entre otras, el desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud;

Que las fracciones VII y VIII del artículo 3o. de la Ley General de Salud establecen como materias de salubridad general, respectivamente, la organización, coordinación y vigilancia del ejercicio de las actividades profesionales, técnicas y auxiliares para la salud; así como, la promoción de la formación de recursos humanos para la salud, la prevención y el control de enfermedades no transmisibles;

Que el artículo 89 de la Ley General de Salud establece que las autoridades educativas, en coordinación con las...

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