ACUERDO RELATIVO A LA LICENCIA PARA EJECUCIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Y AUTORIZACIÓN PROVISIONAL PARA VENTA DE LOTES DE LA SEGUNDA ETAPA DEL FRACCIONAMIENTO DE TIPO RESIDENCIAL MEDIO “SANTUARIOS DEL CERRITO”, DENOMINADA “PASEOS DEL BOSQUE”.

29 de febrero de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1577
a) Participar en las obras que le requiera la Comisión Estatal de Aguas para atender la
demanda del Fraccionamiento;
b) Contemplar obras necesarias de infraestructura hidráulica-pluvial suficiente para
evitar inundaciones;
c) Participar en las obras de interconexión de drenaje y agua potable que le fije la
Comisión Estatal de Aguas; y
d) En su caso la construcción de una planta de tratamiento si así lo solicitara la
Comisión Estatal de Aguas, por lo cual la autorización definitiva del Fraccionamiento
y la autorización y uso de ocupación de las viviendas, quedará condicionada a la
factibilidad definitiva por parte de la CEA, indicándose que las factibilidades arriba
mencionadas, amparan 466, 216 y 429 viviendas, respectivamente.
TERCERO. Para dar cumplimiento a la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, Qro., el Promotor
deberá enterar ante la Secretaría de Tesorería y Finanzas Municipal, las siguientes cantidades por los
conceptos que se detallan:
CUARTA E TAPA
Impuestos por Superficie Vendible
23,425.11 X 2.856 $ 66,904.11
25% adicional $ 16,726.03
$ 83,630.14
Supervisión de Obras de Urbanización
4,782,594.14 X 1.5% $ 71,738.91
25% adicional $ 17,934.72
$ 89,673.63
Licencia para Fraccionar
23,425.11 X 1.904 $ 44,601.41
25% adicional $ 11,150.35
$ 55,751.76
CUARTO. Las obras de urbanización deberán iniciarse dentro del plazo de un año contado a partir de la
fecha de Autorización del presente, debiendo quedar concluidos en un plazo que no excederá de dos años a
partir de la misma fecha, concluido el plazo sin que se hayan terminado las obras de urbanización, la licencia
quedará sin efecto, debiendo renovarse al término del mismo, dando aviso a la Secretaría de Desarrollo Urbano
y Obras Pública Municipales para lo procedente.
QUINTO. Las obras de urbanización deberán apegarse conforme al plano de autorización, así como a lo
señalado en las recomendaciones generales del estudio de mecánica de suelos presentado ante la Secretaría
de Desarrollo Urbano y Obras Públicas Municipales y avalado por el Ing. Joel Rayas Correa. Las obras de
electrificación y alumbrado público deberán apegarse a lo señalado en la factibilidad No. 816.7-SZOF-404/2002
Expediente 5.11 de fecha 10 de octubre de 2002, emitida por la Comisión Federal de Electricidad, así como a la
revisión de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales.

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