Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los procedimientos de resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos, para su implementación durante el proceso electoral 2005-2006

Fecha de disposición11 Abril 2006
Fecha de publicación11 Abril 2006
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

ACUERDO del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los procedimientos de resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos, para su implementación durante el proceso electoral 2005-2006.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG57/2006

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los procedimientos de resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos, para su implementación durante el proceso electoral 2005-2006.

Considerando

  1. Que el artículo 41, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, que está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, mismo que será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño, y que tendrá a su cargo en forma integral y directa las actividades relativas a la preparación de la jornada electoral.

  2. Que de conformidad con el artículo 73 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto Federal Electoral, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

  3. Que el artículo 69, párrafo 1, incisos c), d), e) y f) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece como fines del Instituto Federal Electoral integrar el Registro Federal de Electores, asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones, garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión, así como velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.

  4. Que tal y como lo establece el artículo 82, párrafo 1, inciso z), en relación con el artículo 144, párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Consejo General se encuentra facultado para aprobar los procedimientos relativos al resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos, para su implementación en el proceso electoral 2005-2006.

  5. Que conforme a lo establecido en el artículo 144, párrafo 5, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, los formatos de credencial que no hubiesen sido utilizados se relacionarán debidamente y serán depositados en un lugar que garantice su salvaguarda hasta la conclusión de la jornada electoral de que se trate. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, de acuerdo con el procedimiento que a tal efecto acuerde este Consejo General, tomará las medidas para su cumplimiento por parte de los Vocales Locales y Distritales, quienes podrán estar acompañados de los miembros de la Comisión de Vigilancia correspondiente, para que verifiquen que se cumpla con dicho procedimiento.

  6. Que mediante acuerdo aprobado en la sesión extraordinaria del 3 de junio de 1994 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio del mismo año, este Consejo General, dispuso los procedimientos para el resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos al 12 de junio de 1994.

  7. Que toda vez que los procedimientos de resguardo aprobados por este órgano colegiado en el año de 1994, fueron ratificados y adecuados por el propio Consejo, a los tiempos y plazos previstos por la ley para los procesos electorales de los años 1997, 2000 y 2003, resulta indispensable que los procedimientos que se utilicen durante el proceso electoral 2005-2006, prevean la inclusión de los aspectos relativos a la modernización tecnológica que lleva a cabo la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.

  8. Que en virtud de lo anterior, resulta necesario que este Consejo General, en su calidad de órgano superior de dirección del Instituto, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, imparcialidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto, dicte nuevas medidas conducentes para el debido resguardo y custodia, bajo las más estrictas medidas de seguridad, de los formatos de Credenciales para Votar con fotografía, de aquellos ciudadanos que no hayan completado el trámite correspondiente para su obtención.

  9. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81, párrafo 1, 83, párrafo 1, inciso o) y 84, párrafo 1, inciso k) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, este Consejo General considera conveniente que el Consejero Presidente instruya a la Secretaría Ejecutiva a efecto de que provea lo necesario para que el presente acuerdo sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

En razón de lo expuesto y con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 69, párrafo 1, incisos c), d), e) y f); 73; 81, párrafo 1; 82, párrafo 1, inciso z); 83, párrafo 1, inciso o); 84, párrafo 1, inciso k); 92, párrafo 1, inciso o); y 144, párrafo 5 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General del Instituto Federal Electoral emite el siguiente:

Acuerdo

Primero. Para el resguardo de los formatos de Credencial para Votar con fotografía, no recogidos por los ciudadanos al 31 de marzo del año 2006, se aplicarán los procedimientos para el resguardo de formatos de credencial no recogidos por los ciudadanos, en los términos del Anexo Unico que forma parte del presente acuerdo.

Segundo. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, por conducto de las Vocalías del Registro Federal de Electores en las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas, desarrollará y aplicará la actividades previstas en el Anexo Unico, que forma parte del presenta acuerdo.

Tercero. El procedimiento de resguardo de formatos de credencial deberá estar concluido a más tardar el 21 de abril del año 2006.

Cuarto. Los partidos políticos, por conducto de sus representantes ante las Comisiones Locales y Distritales de Vigilancia, podrán acompañar a los órganos electorales locales y distritales en el desarrollo de las actividades materia del presente acuerdo, para verificar su adecuado cumplimiento.

Quinto. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, por conducto de la Secretaría Ejecutiva, informará a los integrantes de este Consejo General sobre el cumplimiento de este acuerdo.

Sexto. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, a efecto de que provea lo necesario para que se publique el presente acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

Séptimo. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte de este Consejo General.

El presente acuerdo fue aprobado en sesión ordinaria del Consejo General celebrada el 29 de marzo de dos mil seis.- El Consejero Presidente del Consejo General, Luis Carlos Ugalde Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Manuel López Bernal.- Rúbrica.

Anexo Unico

Procedimiento para el resguardo de credenciales por Proceso Electoral Federal

REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES

Indice

Presentación

  1. Consideraciones

  2. Actividades en MAC para el resguardo de Credenciales 2006

    1. Reporte de cierre de actividades del 31 de marzo

    2. Conteo físico de credenciales SIIRFE

    3. Organización de la documentación en módulo

      3.1 Organización de credenciales disponibles

      3.2 Organización de credenciales retiradas del MAC

      3.3 Organización de Formato Unico de Actualización y Recibo (FUAR)

    4. Devolución de equipo informático, parque vehicular y materiales

      4.1 Equipo de cómputo y periféricos

      4.2 Parque vehicular

      4.3 Entrega o devolución de documentos y materiales

    5. Credenciales producto de una Demanda de Juicio

  3. Actividades en Vocalía Distrital para el resguardo de Credenciales 2006

    1. Reporte de cierre de actividades del 31 de marzo

    2. Recepción y validación de la documentación recibida de los MAC

    3. Lectura de credenciales mediante el RPM en cada módulo

    4. Organización de la documentación en Vocalía Distrital

      4.1.- Organización de credenciales

      4.2.- Organización de Formato Unico de Actualización y Recibo (FUAR)

    5. Recepción de equipo informático

    6. Recepción de parque vehicular

    7. Credenciales producto de una Demanda de Juicio

  4. Actividades en Vocalía Estatal para el resguardo de Credenciales 2006

    1. Reporte de cierre de actividades del 31 de marzo

    2. Recepción de la documentación en la vocalía estatal

    3. Instalación del “Sistema de Resguardo de Credenciales y carga de archivos” en medio magnético provenientes de Módulo

    4. Lectura de las credenciales a resguardar ante Partidos Políticos

    5. Resguardo de credenciales

    6. Informe de resguardo de credenciales

    Anexo

    Presentación

    En el marco de lo establecido en el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Federal Electoral, es el organismo encargado de la organización de las Elecciones Federales.

    Para tal efecto, cuenta con una estructura que tiene a su cargo la realización de diversas actividades, entre las que se encuentran la conformación y actualización del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, lo cual se lleva a cabo a través de la instrumentación de dos campañas de actualización a lo largo del año.

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