Reprueban despido de militares con VIH

AutorVíctor Fuentes

Un tribunal federal declaró inconstitucional el retiro forzoso que se aplica a los militares incapacitados por enfermedad, y ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional mantener la atención médica a un sargento portador del VIH, así como a su esposa e hijo menor, que también están infectados por ese virus.

En una sentencia sin precedentes, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa determinó que en estos casos el Ejército no debe limitarse a aplicar la legislación militar sobre seguridad social, ya que la Constitución, seis tratados internacionales y tres leyes federales garantizan el acceso a la salud, la no discriminación y la permanencia de los soldados en el empleo.

"Al haber decretado la Sedena el retiro del quejoso sin ser escuchado y tomando solamente en cuenta la inutilidad derivada de ser portador del VIH, se traduce en un trato discriminatorio, el cual está prohibido por nuestra Constitución y en diversos ordenamientos", resolvió el tribunal, en una sentencia inapelable que puso fin a un litigio de casi cinco años.

La sentencia fue dictada en la sesión del 21 de abril por los magistrados Hilario Bárcenas, Jesús Antonio Nazar y Jean Claude Tron, pero fue necesario un mes de trabajo para redactar la versión final del documento.

"El marco relevante en este asunto lo constituye el derecho fundamental a la salud y su consecuente garantía de seguridad social", señaló el tribunal, "que se vio transgredida como consecuencia de un trato discriminatorio que prohíbe el artículo primero de la Constitución, ordenamientos que también se encuentran reconocidos no sólo en leyes federales, sino en tratados internacionales".

La Sedena tendrá que revisar todo el procedimiento de retiro del sargento afectado, pero dentro del marco jurídico señalado por el tribunal.

El sida no figura entre las primeras diez causas de enfermedad entre la población castrense. Según reportes emitidos bajo la Ley de Transparencia, 36 soldados resultaron positivos entre 2000 y 2003.

De acuerdo con la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM), una vez que se retiran, sólo los militares con más de 20 años de servicio y sus familiares tienen derecho a seguir recibiendo atención médica en los hospitales castrenses.

El resto del personal recibe asesoría sobre los centros de salud pública en los que pueden ser atendidos. En este caso, el sargento afectado tenía poco menos de 14 años de haber ingresado al Ejército cuando le detectaron el...

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