Acuerdo por el que se autoriza a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que a nombre y representación del Gobierno Federal, done por conducto de la Comisión Nacional del Agua a favor del Gobierno de la República de Indonesia, diversos bienes muebles

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artÃculo 89 fracción I de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artÃculos 92 de la propia Constitución; 133, párrafo tercero, de la Ley General de Bienes Nacionales, 13, 28, 32 Bis y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que es de interés nacional auspiciar el intercambio y cooperación con gobiernos e instituciones extranjeras con el propósito de prestar la ayuda necesaria a los paÃses con motivo de algún desastre natural;

Que el Gobierno Federal, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, órgano desconcentrado de la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en apoyo solidario al pueblo de Indonesia con motivo de los daños ocasionados por el tsunami del 26 de diciembre de 2004, proporcionó la asistencia técnica y humana para apoyar el suministro de agua potable y las labores de alcantarillado, desinfección y saneamiento básico;

Que como parte estratégica de estos apoyos, la Comisión Nacional del Agua suministró y puso en operación 50 plantas potabilizadoras portátiles que forman parte de sus inventarios, para proporcionar agua potable de buena calidad en las comunidades afectadas, capacitando para su operación a personal técnico del Gobierno de la República de Indonesia;

Que a efecto de coadyuvar en los propósitos de salud pública del Gobierno de la República de Indonesia, la SecretarÃa de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, ha determinado la pertinencia de llevar a cabo la donación a valor de inventario de las plantas de potabilización descritas en el artÃculo primero del presente ordenamiento, como ayuda humanitaria en beneficio de la población de ese paÃs, por lo que dicho órgano desconcentrado, a través de su Director General y conforme a las disposiciones aplicables de la Ley General de Bienes Nacionales, ha desincorporado del régimen del dominio público de la Federación los bienes muebles mencionados;

Que con la donación de las plantas de potabilización descritas en el artÃculo primero del presente ordenamiento no se afectará la capacidad de respuesta de la Comisión Nacional del Agua ante probables contingencias en nuestro paÃs, dado que se tienen cubiertas las necesidades de los equipos de referencia, por lo que no se generará problema alguno cuando se requiera de dichos equipos, y

Que toda vez que se ha integrado el expediente...

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