Réplica: Justifican apoyo del EMP

El sábado pasado y hoy 18 de febrero, el diario REFORMA publicó en primera plana dos notas informativas sobre actividades privadas de la señora Fox, en las que se destaca de manera tendenciosa el uso del Estado Mayor en actividades de la esposa del Presidente.

En torno a dicha información, me permito hacer las siguientes observaciones:

De conformidad con los artículos 21 y 23 del Reglamento del Estado Mayor Presidencial, esta institución tiene como misión garantizar la seguridad física del Presidente de la República y su familia.

Como es evidente, el trabajo del Estado Mayor no está en función de la naturaleza de las actividades en la que participen (pública o privada), puesto que los posibles riesgos o amenazas pueden suceder en cualquier tiempo, lugar o evento. Por ello, la protección se debe proporcionar en todo momento.

Es así, que en cualquier país del mundo la protección del Jefe del Estado y de su familia, así como de otros funcionarios, es permanente y no se suprime cuando estos asisten a actos sociales o privados.

La "noticia" que presenta REFORMA a sus lectores, no presenta hechos ilegales, ni nuevos, pues efectivamente la Esposa del Presidente es acompañada por el Estado Mayor para garantizar su seguridad, a través de acciones de rutina, tales como la transportación, la...

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