Repercusiones importantes 2014 en ISR

AutorAntonio Luna Guerra
Cargo del AutorLicenciado en Contaduría
Páginas99-103

Page 99

Se considera que un extranjero tiene establecimiento permanente en México, cuando ejerza control en México.

El ISR acreditable en México por el pago de ISR en el extranjero se calculará:

MPI = (D/U) (IC)

MPI Monto proporcional del ISR pagado en el extranjero D Dividendo distribuido por la PM extranjera con ISR U Utilidad que sirvió de base para distribuir dividendos IC ISR corporativo de la empresa extranjera

Ejemplo:

MPI = (100/1,000)(20) MPI = 2

D = 100 U = 1,000 IC = 20

El ISR acreditable en México cuando una PM extranjera, paga dividendos a otra PM extranjera, y ésta a su vez a la PM mexicana, por el pago de ISR en el extranjero se calculará:

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MPI2 (D/U) (D2/U2) (IC2)

MPI2 Monto proporcional del ISR pagado en el extranjero D Dividendo distribuido por la PM extranjera con ISR U Utilidad que sirvió de base para distribuir dividendos D2 Dividendo PM extranjera a PM extranjera U2 Utilidad PM extrajera base para distribuir dividendos IC2 ISR corporativo de la empresa extranjera

MPI2 = (1,000/10,000) (5,000/50,000) (200) MPI2 = 2
D = 1,000
U = 10,000
D2 = 5,000
U2 = 50,000
IC2 = 200

El ISR acreditable en México tendrá la siguiente limitante:

LA = ((D+MPI+MPI2) (T)) – I2
LA = Límite de acreditamiento de ISR pagado en el extranjero
D = Dividendo distribuido por la PM extranjera con ISR MPI = Monto proporcional ISR pagado en el extranjero MPI2 = Monto proporcional ISR pagado en el extranjero 2 T = Tasa 30%

I2 = ISR acreditable

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LA = ((1,100+2+2) (.30)) – 4 LA = 327.40
D = 1,100
MPI = 2
MPI2 = 2
T = Tasa 30%

ID = 4

Para la base de PTU se disminuirán ingresos exentos de los trabajadores; esta PTU es la Utilidad fiscal conforme a interpretación de la corte. Adicionalmente para determinar dicha PTU no se disminuye la PTU pagada en el ejercicio ni las pérdidas fiscales anteriores.

Se consideran dividendos los intereses pagados a extranjeros por créditos proporcionados a PM mexicanas, o en su caso intereses pagados por extranjeros con establecimiento en México a PM mexicanas.

Deducción por aportaciones complementarias al IMSS solo serán deducibles hasta el 47% de las mismas. 53% si no disminuyen las del ejercicio anterior.

Donativos hasta 7% de la utilidad, 4% donativos a gobierno.

La deducción de salarios, procederá solo si los trabajadores expiden Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

En créditos incobrables con garantía hipotecaria solo se deducirá el 50%.

La deducción en renta de automóviles será hasta por $...

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