Acuerdo mediante el cual se reorganizan y crean Regiones y Zonas Navales
Fecha de disposición | 25 Mayo 2007 |
Fecha de publicación | 25 Mayo 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE MARINA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO mediante el cual se reorganizan y crean Regiones y Zonas Navales.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ACUERDO
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 6 fracción V, 15 y 16, de la Ley Orgánica de la Armada de México, así como lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que dentro de mis facultades y obligaciones como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, está la de preservar la Seguridad Nacional y disponer de la Armada de México para la seguridad interior y defensa exterior de la Nación.
Que dentro de las atribuciones de la Armada de México está la de organizar, adiestrar, alistar, equipar y operar las fuerzas que la constituyen para el cumplimiento de su misión y ejercicio de sus funciones.
Que a la Armada de México le corresponde realizar operaciones navales para salvaguardar la soberanía, defender la integridad del territorio nacional y mantener el estado de derecho en el mar territorial, zona marítimo-terrestre, islas, cayos, arrecifes, zócalos y plataforma continental; así como en aguas interiores, lacustres y ríos en sus partes navegables, incluyendo los espacios aéreos correspondientes; además de vigilar los derechos de soberanía en la Zona Económica Exclusiva.
Que a la Armada de México le corresponde realizar operaciones navales para la protección de las áreas e instalaciones estratégicas, combatir el narcotráfico, el tráfico ilegal de personas y de armas, realizar labores de rescate y salvamento, auxiliar a la población civil en casos y zonas de desastre o emergencia, así como intervenir sin perjuicio de las atribuciones de las demás dependencias del ejecutivo en la prevención y control de la contaminación marítima para vigilar y proteger el medio ambiente marino dentro del área de su responsabilidad, actuando por sí, o en colaboración de otras dependencias e instituciones nacionales o extranjeras.
Que los Mandos de las Regiones y Zonas Navales tienen bajo su responsabilidad la planeación, conducción y coordinación de las operaciones navales para el cumplimiento de las atribuciones asignadas a la Armada de México.
Que para un mejor aprovechamiento de los...
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