Metodología y Criterios de Carácter Técnico para la elaboración de trabajos valuatorios que permitan dictaminar el monto de las rentas de los bienes inmuebles, muebles y unidades económicas de los que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades, deban cobrar cuando tengan el carácter de arrendadoras o pagar cuando tengan el carácter de arrendatarias (Continúa en la Segunda Sección)

Fecha de disposición09 Enero 2009
Fecha de publicación09 Enero 2009
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. METODOLOGIA Y CRITERIOS DE CARACTER TECNICO PARA LA ELABORACION DE TRABAJOS VALUATORIOS QUE PERMITAN DICTAMINAR EL MONTO DE LAS RENTAS DE LOS BIENES INMUEBLES, MUEBLES Y UNIDADES ECONOMICAS DE LOS QUE LAS DEPENDENCIAS, LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y LAS ENTIDADES, DEBAN COBRAR CUANDO TENGAN EL CARACTER DE ARRENDADORAS O PAGAR CUANDO TENGAN EL CARACTER DE ARRENDATARIAS.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objeto

  3. Ambito de Aplicación

  4. Consideraciones Previas a la Metodología

    4.1. Bienes objeto de esta metodología

    4.1.1. Tratándose de la Administración Pública Federal como arrendataria de particulares son factibles de tomarse en arrendamiento

    4.1.2. Tratándose de la Administración Pública Federal como arrendadora hacia la propia Administración Pública Federal o hacia particulares que no persigan fines lucrativos; cuando esto proceda son factibles de darse en arrendamiento.

    4.2. Valores comúnmente utilizados en la justipreciación de rentas de bienes

    4.2.1. Monto de Renta de Mercado

    4.2.2. Valor de Capitalización

    4.2.3. Valor Conclusivo

    4.2.4. Valor Comparativo de Mercado

    4.2.5. Valor Físico (Valor Neto de Reposición)

    4.2.6. Valor Presente

    4.3. Clasificación de los avalúos por tipo de bien y de acuerdo al valuador de bienes nacionales que puede justipreciar los montos de rentas

    4.3.1. Justipreciaciones de renta que por Ley corresponde practicar sólo al INDAABIN.

    4.3.1.1. Para el caso de la Administración Pública Federal como arrendataria

    4.3.1.2. Para el caso de la Administración Pública Federal como arrendadora

    4.4. Aspectos Legales

    4.5. Principios económicos aplicables a la valuación

    4.6. Aspectos técnicos

    4.6.1. De los enfoques de valuación aplicados a la justipreciación de rentas

    4.6.1.1. Enfoque Comparativo de Mercado de Rentas

    4.6.1.2. Enfoque de Costos

    4.6.1.3. Enfoque de Ingresos

  5. Generalidades de la Metodología

    5.1. Uso del dictamen para justipreciación de rentas

    5.2. Propósito

    5.3. Finalidad

    5.4. Alcance de la justipreciación de rentas

    5.5. Fecha del dictamen, escenario de valor y vigencia Legal

    5.6. Fecha de inspección

    5.7. Fecha de valores

  6. Criterios Técnicos

    6.1. Criterio Técnico ARR-BI, dictaminación de la justipreciación del monto de rentas para bienes inmuebles

    6.1.1. Proceso valuatorio

    6.1.1.1. Recepción de solicitud y base informativa (documentación procedente)

    6.1.1.2. Identificación del bien inmueble a justipreciar

    6.1.1.3. Inspección del bien a justipreciar

    6.1.1.4. Recopilación de información (obtención y clasificación de los datos)

    6.1.1.5. Selección del procedimiento técnico

    6.1.1.6. Cálculo de indicadores de valor

    6.1.1.7. Ponderación y obtención del monto conclusivo (estimación final del valor)

    6.1.1.8. Elaboración del trabajo y dictamen valuatorio

    6.1.2. Dictaminación

    6.1.2.1 Fundamento legal

    6.1.2.2. Vigencia legal del dictamen

    6.2. Criterio Técnico ARR-UE, dictaminación de la justipreciación del monto de rentas para arrendamiento de unidades económicas

    6.2.1. Proceso valuatorio

    6.2.1.1. Recepción de solicitud y base informativa (documentación procedente)

    6.2.1.2. Identificación de la unidad económica a justipreciar

    6.2.1.3. Inspección de la unidad económica a justipreciar

    6.2.1.4. Recopilación de información (obtención y clasificación de los datos)

    6.2.1.5. Selección del procedimiento técnico

    6.2.1.6. Cálculo de indicadores de valor

    6.2.1.7. Ponderación y obtención del monto conclusivo (estimación final del valor)

    6.2.1.8. Elaboración del trabajo y dictamen valuatorio

    6.2.2. Dictaminación

    6.2.3. Fundamento legal

    6.2.4. Vigencia legal del dictamen

    6.3. Criterio Técnico ARR-BM, dictaminación de la justipreciación del monto de rentas para arrendamiento de bienes muebles

    6.3.1. Proceso valuatorio

    6.3.1.1. Recepción de solicitud y base informativa (documentación procedente)

    6.3.1.2. Identificación del bien mueble a justipreciar

    6.3.1.3. Inspección del bien a justipreciar

    6.3.1.4. Recopilación de información (obtención y clasificación de los datos)

    6.3.1.5. Selección del procedimiento técnico

    6.3.1.6. Cálculo de indicadores de valor

    6.3.1.7. Ponderación y obtención del monto conclusivo (estimación final del valor)

    6.3.1.8. Elaboración del trabajo y dictamen valuatorio

    6.3.2. Dictaminación

    6.3.3. Fundamento Legal

    6.3.4. Vigencia legal del dictamen

  7. Interpretación

Transitorios

JUAN PABLO GOMEZ MORIN RIVERA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), con fundamento en los artículos 142 de la Ley General de Bienes Nacionales, 5 fracción V del Reglamento del INDAABIN y Normas séptima y octava de las Normas conforme a las cuales se llevarán a cabo los avalúos y justipreciaciones de rentas a que se refiere la Ley General de Bienes Nacionales, he tenido a bien emitir la siguiente:

METODOLOGIA Y CRITERIOS DE CARACTER TECNICO PARA LA ELABORACION DE TRABAJOS VALUATORIOS QUE PERMITAN DICTAMINAR EL MONTO DE LAS RENTAS DE LOS BIENES INMUEBLES, MUEBLES Y UNIDADES ECONOMICAS DE LOS QUE LAS DEPENDENCIAS, LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y LAS ENTIDADES, DEBAN COBRAR CUANDO TENGAN EL CARACTER DE ARRENDADORAS O PAGAR CUANDO TENGAN EL CARACTER DE ARRENDATARIAS

  1. Introducción

    El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2007-2012, tiene como finalidad establecer los objetivos nacionales, las estrategias y las prioridades de la Administración Pública Federal que deberán regir la acción del gobierno, de tal forma que ésta tenga un rumbo y una dirección clara. Representa el compromiso que el Gobierno Federal establece con los ciudadanos y que permita, por lo tanto, la rendición de cuentas, que es condición indispensable para un buen gobierno. Por lo cual entre sus estrategias, contempla impulsar la vigencia de leyes modernas, suficientes, claras y sencillas, el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, protección del medio ambiente, educación y conocimiento para la sustentabilidad ambiental, lograr la transparencia y el combate a la corrupción, la administración con pertinencia y calidad del patrimonio inmobiliario federal, lo que exige el buen uso y aprovechamiento de los inmuebles del Gobierno Federal mediante el registro público, el avalúo y la conservación, construcción y defensa de los inmuebles. Así mismo, el PND busca fortalecer la comunicación con la ciudadanía, simplificar los trámites administrativos y continuar con la mejora regulatoria en toda la Administración Pública.

    Por su parte la Ley General de Bienes Nacionales, en sus artículos I, fracción VII y 142, establece para la Secretaría de la Función Pública la facultad de emitir la normatividad para regular la realización de avalúos y justipreciaciones de rentas sobre bienes nacionales y específicamente en el artículo 143, fracciones XI, XII y XVII, se estipula la facultad que tiene para dictaminar la Secretaría de la Función Pública el monto en dinero de las rentas que deban cobrar las dependencias, la Procuraduría General de la República, las Unidades Administrativas de la Presidencia de la República y las entidades, cuando tengan el carácter de arrendadoras o que deban pagar cuando tengan el carácter de arrendatarias y cuyo análisis es el motivo de esta metodología.

    Hay arrendamiento cuando las dos partes contratantes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto. Puede ser puro, financiero (largo plazo) o de operación (corto plazo).

    Como resultado de lo anterior, en el INDAABIN se determinó emitir la presente Metodología, dado que antes de ello, se contaba únicamente con criterios que son enunciados de la finalidad de los avalúos y justipreciaciones de rentas de acuerdo con diversas aplicaciones, pero que por su simplicidad no presentan al detalle requerido los procedimientos técnicos o métodos a seguir en los diversos casos de valuación que se manejan en la Institución. Esta falta de especificidad en el método, causaba que al realizarse los avalúos o justipreciaciones de rentas los resultados no fuesen siempre lo suficientemente óptimos para cumplir con el propósito de estos avalúos en el marco de equidad e imparcialidad, que es uno de los enunciados básicos de los trabajos valuatorios profesionales.

    La presente Metodología contempla el escenario de la Misión y Visión del INDAABIN en lo concerniente a proporcionar a la Administración Pública Federal, servicios valuatorios dentro de un marco ubicado en el contexto internacional por lo que toca a honestidad, competitividad, seguridad jurídica, confiabilidad técnica,

    calidad, profesionalismo, transparencia y mejora regulatoria.

  2. Objeto

    Esta Metodología establece la forma y de ella derivan los procedimientos técnicos con los que la propia Secretaría de la Función Pública a través del INDAABIN, debe realizar los trabajos y dictámenes valuatorios de las rentas de bienes inmuebles, muebles y unidades económicas, que sean solicitados y encomendados por las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República, las entidades y en su caso las demás instituciones públicas. Se busca que esta Metodología sea una herramienta de trabajo que sirva de guía y apoyo a los peritos valuadores; estableciendo las indicaciones técnicas y legales a que habrá de ajustarse el INDAABIN como valuador de bienes nacionales en la práctica valuatoria.

    La adecuada interpretación de la metodología y sus criterios técnicos permitirán así mismo, la emisión de dictámenes valuatorios con oportunidad, calidad técnica, certeza jurídica y transparencia.

    En la utilización de la metodología se deben tomar las definiciones de términos del Glosario de Términos en Valuación de Bienes Nacionales que...

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