Acuerdo que autoriza la modificación del Acuerdo de Cabildo de fecha 29 de septiembre de 2006, relativo al Cambio de Uso de Suelo de Comercio y Servicios a Instalaciones Religiosas en los predios ubicados en Privada Circunvalación Sin Número, en el punto denominado “La Quinta”, Delegación Municipal Centro Histórico.

6 de abril de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1269
Superficie de terreno reco-
mendable: 579.00 m2 por modulo
Uso de Suelo recomenda-
ble: Habitacional, Comercio, Oficinas
y Servicios
Núcleo de servicios: Centro de Barrio
Ubicación recomendable
con
Relación a la vialidad:
Calle o Andador Peatonal, Calle
Local y
Calle Principal
Frente mínimo a vialidad: 25.00 metros
9.9 Personal Técnico de la Dirección de Desarrollo Urbano
Municipal llevó a cabo visita al sitio para conocer sus
condiciones actuales, observando lo siguiente:
A. El edificio fue construido ex profeso para instalaciones de
la Guardería por parte de Infonavit, estando las instala-
ciones en buen Estado de Conservación y en operación
desde hace más de diez años.
B. La Vialidad que da acceso al predio cuenta con banque-
tas de concreto, con pavimento a base de asfalto en
buen estado de conservación.
C. Cuenta con los servicios de infraestructura necesarios
para su uso como son Agua Potable, Alcantarillado y
Drenaje, Energía Eléctrica, Alumbrado Público, Teléfono
y Recolección de Basura.
10. Derivado de lo mencionado en los considerandos
anteriores, la Secretaría de Desarrollo Sustenta-
ble emitió la siguiente:
OPINIÓN TÉCNICA:
Una vez realizado el Análisis Técnico correspon-
diente, la Secretaría de Desarrollo Sustentable considera
técnicamente Viable se otorgue en Comodato a la Socie-
dad Civil denominada “Administradora de Centros de
Desarrollo Infantil”, S. C., el predio municipal ubicado en
la Avenida Alfonso Reyes No. 502, Fraccionamiento
Plutarco Elias Calles, Delegación Felipe Carrillo Puerto,
Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor, identifica-
do con clave catastral 14 01 001 09 226 004 y superficie
de 1,928.00 m2, para continuar operando las actividades
de una Guardería Participativa del Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS), durante la presente administración
municipal.
Lo anterior en virtud de la compatibilidad del uso
en la zona y dado que la Sociedad ha venido operando
adecuadamente, prestando un servicio a los colonos del
Fraccionamiento, proporcionando un servicio de adminis-
tración y vigilancia importante para el buen desarrollo del
Fraccionamiento, condicionado a lo siguiente:
A. La dotación, las mejoras, adecuaciones e insta-
laciones que conforme a la Ley se consideren
como bienes inmuebles quedarán a favor del
Municipio, de darse por terminado el comodato.
B. Se deberá dar mantenimiento a las instalaciones
para un desarrollo adecuado y generar una bue-
na imagen urbana.
C. La vigencia del contrato será definida por el
Ayuntamiento.
11.- La Comisión de Hacienda, Patrimonio y
Cuenta Pública, se reúne en sesión de trabajo para
análisis y estudio del presente asunto y somete a
consideración del H. Ayuntamiento del Municipio de
Querétaro, el siguiente:
A C U E R D O
“...PRIMERO. SE AUTORIZA la celebración
del Contrato de Comodato a favor de la Administra-
dora de Centros de Desarrollo Infantil S. C., respec-
to del inmueble propiedad municipal, ubicado en
Alfonso Reyes # 502, Fraccionamiento Plutarco
Elías Calles, Delegación Felipe Carrillo Puerto,
autorizando para suscribir el Contrato de Comodato
referido al C. Presidente Municipal, a un Regidor
Síndico y a los Titulares de la Secretaría de Admi-
nistración y Secretaría del Ayuntamiento.
SEGUNDO. La Administradora de Centros de
Desarrollo Infantil S. C., no podrá conceder, en todo
o en parte, el uso del bien concedido en Comodato,
a un tercero, ni destinarlo a un fin distinto para el
que le fue otorgado, que es de prestar servicio de
una guardería participativa del Instituto Mexicano
del Seguro Social, quedando sujeto a que el fruto
que obtengan por el uso del bien deberá reinvertir-
se en el propio inmueble.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría Gene-
ral de Gobierno para que a través de la Dirección
General Jurídica, realice todos los trámites necesa-
rios y el procedimiento correspondiente con el obje-
to de elaborar el Contrato de Comodato con la Ad-
ministradora de Centros de Desarrollo Infantil S. C.
Y remita una copia a la Secretaría del Ayuntamien-
to.”
CUARTO. La vigencia del Contrato de Co-
modato surtirá sus efectos a partir de su fecha de
firma y hasta el día 31 de Diciembre del 2007.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese por una ocasión en la
Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial de Go-
bierno del Estado “La Sombra de Arteaga” con co-
sto a la Administradora de Centros de Desarrollo
Infantil S. C
SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta
Municipal.

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