Acuerdo relativo a la celebración del contrato de comodato a favor del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, respecto de un predio propiedad municipal ubicado en el lote 4, manzana 344 del fraccionamiento denominado Unidad Nacional en la Delegación Municipal Epigmenio González.

Pág. 5732 PERIODICO OFICIAL 12 de Octubre de 2007
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO J. APOLINAR CASILLAS GUTIÉRREZ, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCION IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha quince de diciembre de dos mil seis, el H. Ayuntamiento de
Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la celebración del contrato de comodato a favor del sistema estatal para
el desarrollo integral de la familia, respecto de un predio propiedad municipal ubicado en el lote 4, manzana 344
del fraccionamiento denominado unidad nacional en la delegación municipal Epigmenio González, el cual
señala textualmente:
“...CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN V INCISOS B), D), F) DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 78, 79, 83 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA; 2377, 2380, 2381, 2382 DEL CÓDIGO CIVIL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 38 FRACCIÓN I, 93, 94 FRACCION IV DE LA LEY PARA LA
ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO;
32 Y 33 DEL REGLAMENTO DE BIENES PATRIMONIO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, 25, 28 Y 34 DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y,
C O N S I D E R A N D O
1. Que el Municipio tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, tal como lo establece la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la propia del Estado.
2. Que el patrimonio de los municipios lo constituyen los bienes muebles e inmuebles, recursos e
inversiones, así como los derechos que tenga establecidos a su favor, y que destine o afecte en forma
permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos o a la realización de sus objetivos
o finalidades de política social o económica.
3. Que es competencia de la Secretaría de la Administración, de conformidad con el artículo 50 fracciones
VII, VIII y XIX de la Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de
Querétaro, levantar y tener al corriente el inventario general de los bienes muebles e inmuebles propiedad
del municipio; administrar y asegurar la conservación y mantenimiento del patrimonio municipal; y los
demás que le señalan las leyes y los reglamentos vigentes.
4. Que corresponde al H. Ayuntamiento de Querétaro, resolver lo relativo a la celebración del contrato de
comodato a favor del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, respecto del predio
propiedad municipal ubicado en el Lote 4, Manzana 344 de la Colonia denominada Unidad Nacional en la
Delegación Municipal Epigmenio González.
5. Con fecha 14 de septiembre de 2006, se recibió en la Secretaría del Ayuntamiento escrito del L.D.I.
Fernando Romano Padró, Director General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia,
mediante el cual solicita en comodato el Lote 4, Manzana 344 del Fraccionamiento Unidad Nacional,
transmitida por el Instituto de la Vivienda en el Estado de Querétaro, como área de donación, con el
objeto de dar continuidad al Programa de Atención a Menores y Adolescentes (AMA) que desarrolla el
proyecto denominado “Trabajando por Ell@s”; el cual obra en el expediente 506/DAI/06 radicado en la
Secretaría del Ayuntamiento.

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