Acuerdo relativo a la modificación de coeficiente de ocupación de suelo (COS) de 0.6 a 0.85, señalado en la normatividad para la Delegación Municipal Centro Histórico para el predio identificado como Lote 82, ubicado en calle José Siurob No. 29-A, fraccionamiento Alameda, Delegación Municipal Centro Histórico, Municipio de Querétaro, Qro.

20 de abril de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4587
GOBIERNO MUNICIPAL
EL CIUDADANO LICENCIADO RAFAEL FERNANDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV
DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL
REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo el día 13 trece de marzo de dos mil doce, el H. Ayuntamiento del
Municipio de Querétaro aprobó el Acuerdo relativo a la modificación de coeficiente de ocupación de suelo (cos)
de 0.6 a 0.85, señalado en la normatividad para la Delegación Municipal Centro Histórico para el predio
identificado como Lote 82, ubicado en Calle José Siurob no. 29-A, Fraccionamiento Alameda, con superficie de
270.00 m2, identificado con clave catastral 14 01 001 06 007 185, Delegación Municipal Centro Histórico.
CON FUNDAMENTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 6°, 115 FRACCIÓN V INCISOS D) Y F) DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1 Y 2, PÁRRAFO PRIMERO ARTÍCULO 4, PÁRRAFO ÚNICO
ARTÍCULO 24 DE LA LEY ESTATAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN GUBERNAMENTAL EN EL
ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN II INCISO D), 38 FRACCIÓN VIII Y DEL 121 AL 128 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 1º FRACCIÓN II, 28 FRACCIÓN II, 36 Y 253 DEL
CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE QUERÉTARO; 25, 28 Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
del Estado de Querétaro, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propios y se
encuentran facultados para aprobar las disposiciones que organicen la administración pública municipal
que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia. Por ello
corresponde al H. Ayuntamiento resolver lo referente al acuerdo relativo a la modificación de coeficiente
de ocupación de suelo (COS) de 0.6 a 0.85, señalado en la normatividad para la Delegación Municipal
Centro Histórico para el predio identificado como Lote 82, ubicado en Calle José Siurob No. 29-A,
Fraccionamiento Alameda, con superficie de 270.00 m2, identificado con clave catastral 14 01 001 06 007
185, Delegación Municipal Centro Histórico.
2. Que el derecho de acceso a la información pública, es un derecho fundamental que esta tutelado por el
información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal,
es pública...”. Así mismo instituye el principio de máxima publicidad, el cual debe ceñirse todo el quehacer
público gubernamental.
3. El Derecho de Acceso a la Información Pública y la Transparencia son dos elementos esenciales que
debe estar presentes en la Administración Pública Municipal, en el marco de un estado democrático que
exige respeto al derecho a la información y una rendición de cuentas sistemática de la función pública.

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