Tesis, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 2 de Septiembre de 2016 (Tesis num. III.5o.A. J/5 (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 02-09-2016 (Reiteración))

Número de registro2012454
Número de resoluciónIII.5o.A. J/5 (10a.)
Fecha de publicación02 Septiembre 2016
Fecha02 Septiembre 2016
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.5o.A. J/5 (10a.)

Contra el acto reclamado consistente en el cambio de adscripción de los Jueces del Poder Judicial del Estado de Jalisco, es improcedente conceder la medida cautelar, por no cumplirse los requisitos previstos en la fracción II del artículo 128 de la Ley de Amparo, en virtud de que se contravendrían disposiciones de orden público y se afectaría el interés social, pues la función primordial del Estado de administrar justicia regularmente en beneficio de la sociedad, recae en los Jueces y, por ende, cualquier acto que tienda a suspender esa actividad en el lugar en el que se requiera, constituye un obstáculo al derecho de los gobernados a la impartición de justicia pronta, en los plazos y términos que fijen las leyes, consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con independencia de las molestias que ese acto pueda generar a los juzgadores, ya que está por encima el interés de la sociedad en que esa función se realice con base en los requisitos legales que garanticen la debida tutela jurisdiccional, máxime que, por regla general, el cambio de adscripción no ocasiona al quejoso daños y perjuicios de difícil reparación, porque en caso de obtener resolución favorable se le restituiría en el goce del derecho violado, a través de su reincorporación al lugar en el que se encontraba asignado.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Queja 57/2014. C.d.S.R.V.. 28 de octubre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: R.O.G.. Secretario: I.A.V..


Queja 245/2015. F.J.C. de la Cruz y otros. 10 de septiembre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: J.H.C.O...

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