Regulación de las plataformas digitales

AutorDaniela Echeverría
CargoAbogada experta en Tecnologías de la Información Asociada del despacho protectodato
Páginas78-79
Regulación de las plataformas digitales
Daniela
Echeverría
Internet es un espacio complejo con-
formado por diversas capas que
comtemplan infraestructura, proto-
colos, aplicaciones, etcétera, donde no
existe un ente que lo gobierne sino un
modelo de gobernanza en el que los
diversos actores involucrados parti-
cipan para hacer de la red un espacio
más seguro. A pesar de ello, la inter-
vención de los gobiernos se ha he-
cho necesaria en ciertas capas donde
convergen las plataformas digitales
en Internet, por la fuerte penetración
que han tenido en los últimos años,
así como el impacto e inuencia en la
sociedad.
La discusión sobre la regulación
de las plataformas ha generado di-
versos debates y es difícil contemplar
una ley que proteja en su totalidad a
los ciudadanos dado que es necesaria
una cultura digital en un mundo en
donde las plataformas se han hecho
indispensables en la economía digital
y han transformado la forma en la que
el ser humano interactúa, comerciali-
za, se comunica o comparte informa-
ción.
¿Qué son las plataformas digitales?
Para la OCDE, reeren a una empresa
operando en mercados de dos (o múl-
tiples) lados, que emplea el Internet
para facilitar las interacciones entre
dos o más grupos distintos pero inter-
dependientes de usuarios, a n de ge-
nerar valor de al menos uno de dichos
grupos. (OCDE, 2018).
“Las plataformas en línea vienen
en varias formas y tamaños y conti-
núan evolucionando a un ritmo nun-
ca visto en cualquier otro sector de la
economía. En la actualidad, cubren un
amplio conjunto de actividades inclu-
yendo plataformas de publicidad en
línea, mercados, motores de búsque-
da, redes sociales y tiendas de conte-
nido creativo, plataformas de distri-
bución de aplicaciones, servicios de
comunicaciones, sistemas de pago y
plataformas para la economía colabo-
rativa”. (European Comission, 2016).
No existe una denición única
acerca de las plataformas digitales
o plataformas en línea, puesto que
tienen diferentes objetivos, tamaños,
modelos de negocio y se aplican en di-
versas industrias. Sin embargo, todas
tienen en común el uso de las Tecno-
logías de la Información y Comunica-
ción para que las interacciones sean
posibles y se pueda cumplir el objeti-
vo para las que fueron creadas.
Cada plataforma opera de forma
diferente y es común el uso de tecno-
logías disruptivas como inteligencia
articial, machine learning, e Internet
de las cosas, para lo cual se necesita
una gran cantidad de datos para fun-
cionar, fenómeno conocido como big
data, mismo que cobra relevancia en
materia de datos personales y priva-
cidad, puesto que diariamente circula
un sinfín de información de los usua-
rios a la red, quienes son suceptibles
de tener una afectación a sus derechos.
Los riesgos generados se intentan
minimizar al tener reglas claras en
cuanto al uso que se les da a los da-
tos de los usuarios, ya sea a través de
modelos de autorregulación o reglas
emanadas por parte de los Estados
para proteger derechos tan básicos
que garanticen la protección de la dig-
nidad de las personas en la sociedad,
como son los derechos humanos.
La regulación formal por parte del
Estado, la co-regulación por parte de
las plataformas y del Estado, y las di-
versas formas de administración inde-
pendiente ofrecen múltiples opciones,
pero cada una plantea dudas sobre
cómo garantizar que los conictos
entre los valores económicos y públi-
cos no produzcan resultados que sean
perjudiciales para ciertos individuos o
grupos. (Mansell, 2019).
¿Regulación o autorregulación?
Las plataformas digitales, también
llamadas plataformas en línea, se ba-
san en modelos de autorregulación,
sin embargo, han llamado la atención
de entes reguladores a nivel mundial
por su creciente evolución, poder e
inuencia, así como en la constante
violación a los derechos humanos en
el ciberespacio.
La autorregulación es entendida
como “el establecimiento progresivo
y consensuado de pautas de funciona-
miento que se originan y aceptan por
los propios usuarios y desarrollado-
res”. (Fernández, 2004).
Muchos justican que debido a
los límites territoriales no es necesaria
una regulación jurídica, es decir, un
Estado no puede imponer sus normas
dentro de Internet, ya que violaría los
principios de soberanía de los demás
Estados; por lo que una autorregu-
lación con la creación de códigos de
conducta o éticos sería la mejor solu-
ción. (Díaz, 2013). Mientras que otras
opiniones concuerdan en la necesidad
de que el Estado intervenga activa-
mente en la regulación de las platafor-
mas en Internet, de forma tal que se
garantice un Estado de Derecho y se
protejan los derechos fundamentales.
Por otra parte, los sistemas de au-
torregulación se basan, fundamental-
mente, en la elaboración, por parte de
asociaciones de empresarios, de códi-
gos de conducta que tratan de recoger
las reglas deontológicas pertinentes
para limitar la propia actividad em-
presarial y proteger a los usuarios.
(Fernández, 2004).
Un ejemplo de autorregulación es
el Oversight Board de Facebook,
establecido en 2020 con el n de revi-
sar las decisiones de moderación de
contenidos en la red social.
Se trata de un experimento de
Abogada experta en Tecnologías de la
Información
Asociada del despacho protectodato
-edicta-Abril-2022
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