Acuerdo por el que se regula la organización y funcionamiento interno de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad

Fecha de disposición14 Junio 2002
Fecha de publicación14 Junio 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se regula la organización y funcionamiento interno de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 17 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2 letra C, fracción III, 4, 5 fracciones I, VIII y XVI, 38, 42, 42 Bis y 42 Ter del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; cuarto del Decreto por el que se establecen el Programa y el Fondo de Apoyo a las Empresas de Solidaridad, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 1991, se establecieron el Programa y el Fondo de Apoyo a las Empresas de Solidaridad, con el propósito fundamental de orientar e impulsar el desarrollo productivo de campesinos, indígenas y grupos urbanos, mediante acciones coordinadas de la Federación, los estados y los municipios, con la participación de los sectores social y privado; instrumento por medio del cual fue creado el órgano desconcentrado denominado Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, quien tendría a su cargo la elaboración y coordinación de la ejecución de dicho Programa;

Que mediante Decreto del Ejecutivo Federal publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, en su edición vespertina, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, destacando la adición de una fracción X Bis al artículo 34, situación que le confirió el coordinar y llevar a cabo la política nacional para el fomento de empresas que asocien a grupos de escasos recursos, encomienda que originó que mediante el Decreto que reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de marzo de 2001, la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad pasó a ser un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, en términos del artículo 2 letra C fracción III; y de conformidad con el artículo 42 Bis fracciones I y III de dicho Reglamento, cuenta con la atribución de ejecutar el Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad y de aplicar los recursos del fondo creado para el apoyo del propio Programa;

Que el artículo 64 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del Año 2002, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de enero de 2002, consideró al Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (FONAES), a cargo de la Secretaría de Economía, y

Que derivado de todo lo anterior, la Secretaría de Economía para la realización del Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad, lo hará a través de su órgano desconcentrado denominado Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad; por lo que para tal encomienda es necesario que dicho órgano desconcentrado cuente con un nuevo instrumento que regule su organización y funcionamiento, a fin de contar con una estructura que le permita una eficaz gestión administrativa, para orientar y conducir las acciones de promoción, fomento, apoyo, evaluación y seguimiento de los procesos de creación, operación, desarrollo y consolidación de proyectos y empresas sociales, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COORDINACION GENERAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE APOYO PARA LAS EMPRESAS DE SOLIDARIDAD

ARTICULO 1

El presente Acuerdo tiene por objeto regular la organización y funcionamiento interno del órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía denominado Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad.

ARTICULO 2

Para los efectos del presente ordenamiento, se entenderá por:

  1. Secretaría: la Secretaría de Economía;

  2. Secretario: el Secretario de Economía;

  3. FONAES: Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad es el Programa que lleva a cabo en su aplicación la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad;

  4. Coordinador General: el titular de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, y

  5. Reglamento: el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.

ARTICULO 3

La Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, para el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Reglamento, el presente ordenamiento y otras disposiciones jurídicas aplicables, contará con los servidores públicos y unidades administrativas previstas en este Acuerdo, así como con los directores generales adjuntos, directores de área, subdirectores, jefes de departamento y demás personal técnico y administrativo que determine el Coordinador General con base en el presupuesto aprobado y la normatividad aplicable para tal efecto.

ARTICULO 4

La Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad conducirá sus actividades en forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos y prioridades de la planeación nacional del desarrollo y los programas del sector, establezca el Presidente de la República, disponga el Secretario y determine el Coordinador General.

ARTICULO 5

Para el ejercicio de las atribuciones que le determina el Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables, la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad contará con las siguientes unidades administrativas:

  1. Direcciones generales:

    1. De Operación Regional;

    2. De Fondos y Microempresas;

    3. De Empresas Sociales Sector Primario;

    4. De Comercialización;

    5. Jurídica;

    6. De Planeación y Asistencia Técnica, y

    7. De Administración y Finanzas.

  2. Direcciones:

    1. De Comunicación Social, y

    2. Dirección General Adjunta del Programa de Desarrollo Productivo de la Mujer.

  3. Representaciones estatales.

    Asimismo, para la aplicación del Programa denominado Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad, tendrá los órganos colegiados siguientes:

    1. Comité Interno de Normatividad y Aprobación (CINA), y

    2. Comités de Aprobación y Dictaminación (CAD).

    La Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad contará con un Organo Interno de Control, que se regirá conforme a lo dispuesto por el artículo 19 del presente Acuerdo.

ARTICULO 6

La Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad estará a cargo de un Coordinador General, quien tendrá las facultades siguientes:

  1. Proponer al Secretario la designación de los titulares de las unidades administrativas de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad, así como designar y remover al demás personal;

  2. Representar legalmente a la Secretaría en el ámbito de su competencia;

  3. Suscribir los acuerdos, órdenes, resoluciones, recomendaciones y demás documentos de su competencia;

  4. Proponer los criterios para la promoción y fortalecimiento de empresas de campesinos, indígenas y grupos populares;

  5. Proponer las políticas para apoyar en sus actividades a empresas de campesinos, indígenas y grupos populares;

  6. Determinar acciones para identificar mercados y apoyar a las empresas de campesinos, indígenas y grupos populares, en la comercialización de sus productos y servicios;

  7. Establecer lineamientos para promover, fomentar y financiar proyectos relacionados con las actividades agrícolas, agroindustriales, extractivas, pecuarias, forestales, pesqueras, microindustriales y otras similares;

  8. Proponer criterios de transferencia de recursos que coadyuven en la operación de las empresas y en la realización de proyectos;

  9. Establecer criterios y lineamientos para la aplicación de los recursos del presupuesto del FONAES, así como los procedimientos para registrar, dar seguimiento, recuperación y revolvencia a las operaciones;

  10. Designar, previo acuerdo del Secretario, representantes estatales de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad en las 31 entidades federativas, así como en el Distrito Federal y determinar políticas y lineamientos para el ejercicio de sus facultades;

  11. Resolver los conflictos de competencia que se susciten entre las unidades administrativas de la Coordinación General del Programa Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad;

  12. Ejercer las facultades conferidas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público al Titular de la Secretaría;

  13. Delegar sus facultades en servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, y

  14. Emitir los acuerdos de integración y funcionamiento del Comité Interno de Normatividad y Aprobación (CINA), y de los Comités de Aprobación y Dictaminación (CAD) del FONAES.

ARTICULO 7

El Coordinador General será suplido en sus ausencias por los directores generales de: Administración y Finanzas; Jurídica; Operación Regional y, Planeación y Asistencia Técnica, en el orden en que se mencionan.

ARTICULO 8

Al frente de cada una...

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