Reglas para la Tramitación de Expedientes en la Suprema Corte de Justicia de la Nación

SECCION DE JURISPRUDENCIA
REGLAS PARA LA TRAMITACION DE EXPEDIENTES EN LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
[254]

Nuestro periódico se ha ocupado repetidas veces del funcionamiento y despacho de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, indicando sus deficiencias y la necesidad de que se implantaran violentas reformas que las subsanaran acallando el clamor público. Hoy tenemos la satisfacción de dar a conocer el movimiento de asuntos habido en ese H. Tribunal en el mes de julio próximo pasado, que demuestra el deseo y empeño de los Señores Magistrados para mejorar la Administración de Justicia Federal, remediando así, en parte, los males que señaló nuestra publicación.

Damos también a conocer a continuación las "Reglas para la tramitación de los Expedientes" aprobadas por la Corte, pues las creemos de suma utilidad para los litigantes.

MOVIMIENTO de asuntos, habidos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante el mes de julio próximo pasado.

Total de entradas................................

279

Idem ídem de salidas..........................

363

Número de expedientes en que excedió el despacho a la entrada.......

84

Comparación de las entradas y salidas en los meses de julio de 1918, 1919 y 1920.

Julio de 1918

Julio de 1919

Julio de 1920

Entr.

Salidas.

Entr.

Salidas.

Entr.

Salidas.

266

189

339

154

279

363

Proporción de asuntos despachados en dichos meses.

Julio de 1918.......................................

71%

Julio de 1919.......................................

45%

Julio de 1920.......................................

130%

Se recibieron MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE oficios y DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS promociones.

Se dictaron MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN acuerdos, además de las resoluciones.

Se despacharon MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES oficios y DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE testimonios.

Se enviaron al Archivo MIL CIENTO VEINTITRES expedientes.

La tramitación de expedientes está al día.

Por último, durante el mes citado, se recibieron QUINIENTOS SETENTA Y SEIS avisos de iniciación de juicios de amparo, de los diferentes Juzgados de Distrito de la República.

México, D. F., 2 de, agosto de 1920.

El Secretario de Acuerdos.

F. PARADA GAY.

REGLAS PARA LA TRAMITACION DE EXPEDIENTES.

1o. Se pone en vigor en toda su amplitud el artículo 45* del Reglamento de la Suprema Corte y se deroga el acuerdo de fecha 5 de agosto de 1919.


(*) Art. 45.- El Secretario de Acuerdos, bajo su responsabilidad, y observando las reglas acordadas, en diversas ocasiones por el Tribunal Pleno, y la jurisprudencia ya establecida, dará los trámites, en los expedientes de juicios de amparos directos, dándose cuenta al Acuerdo Pleno únicamente con los casos dudosos o de trascendencia.

Las resoluciones en que la Suprema Corte se declare incompetente para conocer de una demanda de amparo, por no tratarse de sentencia definitiva, las que desechen una demanda, por falta de requisitos legales, y, en general, todas aquellas que no afecten al fondo del asunto, sino que sólo tenga; que ver con el procedimiento, se redactarán con sencillez y concisamente y serán...

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