Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social para el ejercicio fiscal 2014

Fecha de disposición20 Diciembre 2013
Fecha de publicación20 Diciembre 2013
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5, fracción XVI, y 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, 30 y 31 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, y

CONSIDERANDO

Que el 23 de mayo de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, misma que creó el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía.

Que el citado Instituto tiene como objeto instrumentar políticas públicas de fomento al sector social, con el fin de fortalecer y consolidar al sector como uno de los pilares de desarrollo económico del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del sector.

Que el Artículo 46 de dicho ordenamiento, establece que la operación del Programa de Fomento a la Economía Social se sujetará a las Reglas de Operación.

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que los programas señalados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, a través de los cuales se otorguen subsidios, estarán sujetos a Reglas de Operación.

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 asigna para el programa presupuestario denominado Programa de Fomento a la Economía Social, un monto específico de las erogaciones del Ramo Administrativo 10 Economía.

Que el objetivo 4.8, estrategia 4.8.5, del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, señala entre sus estrategias, el fomento a la economía social y señala como líneas de acción, llevar a cabo la promoción, visibilización, desarrollo y cooperación regional e intersectorial de las empresas de la economía social, así como fortalecer las capacidades técnicas, administrativas, financieras, gerenciales de las empresas de la economía social.

Que el acceso al financiamiento y la inclusión financiera, en materia de la banca social, constituye también una de las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo para alcanzar un México Próspero, conforme al objetivo 4.2, estrategia 4.2.2, de dicho Plan.

Que el Anexo B del Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, señala que el programa de Fomento a la Economía Social de la Secretaría de Economía, apoyará en la instrumentación de la Cruzada Nacional contra el Hambre.

Que las Bases del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia señalan como programa estratégico el desarrollo de capacidades y competencias laborales y emprendimientos socioproductivos, dentro de los Ejes Rectores Juventudes, Mujeres y población en situación de vulnerabilidad, y

Que es responsabilidad de la Secretaría de Economía emitir las Reglas de Operación de los programas a su cargo, por lo que se emiten las siguientes:

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA ECONOMÍA SOCIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

  1. Introducción

    El Programa de Fomento a la Economía Social es la herramienta del Ejecutivo Federal orientada a otorgar apoyos para la constitución, desarrollo, consolidación y expansión de los organismos del sector social de la economía (OSSE), y la participación de éstos en esquemas de financiamiento social.

    El sentido comunitario y de integración que se genera en los individuos a través del trabajo asociativo y solidario, hacen del sector social un mecanismo de inclusión de aquellos segmentos de la población que se encuentran en desventaja y que enfrentan obstáculos para el acceso a oportunidades de inserción laboral, productiva y financiera. El INAES considera que el Programa debe poner particular interés en jóvenes, mujeres y población en situación de vulnerabilidad, mediante estrategias de atención transversales.

    1. Jóvenes

      El INAES considera que los jóvenes son un grupo estratégico para dinamizar y explotar el potencial que tienen las formas comunitarias de organización y trabajo, propias de la economía social. Los jóvenes requieren y requerirán en los próximos años, opciones de inserción productiva que les provean de ingreso estable y garanticen condiciones de bienestar social.

      Por ello, el INAES desarrolló el Proyecto Escala, cuyo objetivo es contribuir a generar un eslabón para que los jóvenes transiten hacia la inclusión productiva. A través del Proyecto Escala, el INAES apoyará iniciativas que generen fuentes de trabajo e ingreso a los jóvenes, al tiempo que desarrollan vínculos de colaboración.

    2. Mujeres y población en situación de vulnerabilidad

      El Gobierno Federal tiene como uno de sus ejes transversales la igualdad sustantiva de género, consciente de que la participación plena de las mujeres en todos los ámbitos de la vida nacional, es fundamental para romper, entre otras, las barreras que retardan el desarrollo económico y social.

      Asimismo, en el caso de las personas con discapacidad y adultos mayores, el Gobierno Federal busca su desarrollo integral e inclusión plena en la vida productiva del país.

      Con el propósito de contribuir a lo anterior, el Programa de Fomento a la Economía Social ha diseñado esquemas de financiamiento y convocatorias que puedan dar respuesta a las necesidades específicas de las mujeres y de la población en situación de vulnerabilidad en materia de inclusión productiva.

      Para atender lo anterior, se presentan las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Economía Social.

  2. Definiciones

    Para efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por:

    1. Acuerdo de organización y funcionamiento interno: Acuerdo de organización y funcionamiento del INAES;

    2. Anteproyecto productivo: Propuesta escrita de una iniciativa productiva que plantea una serie de acciones, interrelacionadas y coordinadas entre sí, que al instrumentarse pueden constituirse en una potencial fuente de trabajo e ingreso.

    3. Asistencia técnica: Actividades que llevan a cabo uno o más especialistas para resolver problemas técnicos, productivos, administrativos, contables, financieros, fiscales, de organización o de mercado que afectan la adecuada operación del proyecto. Puede estar vinculada con la capacitación de los socios y con la difusión de tecnologías.

    4. Banca Social: Conjunto de OSSE de ahorro y/o crédito, que incluye a los organismos de integración de dichos OSSE que se ajustan a la Ley para regular las actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (LRASCAP), o bien, las entidades reguladas por la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP) y la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (LGOAAC) que mantengan estatutariamente y en la práctica los fines, valores, principios y prácticas a que se refieren los artículos 8, 9, 10 y 11 de la LESS.

    5. Beneficiarios: Población objetivo que recibe apoyos por parte del Programa, una vez reunidos los criterios de elegibilidad, requisitos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.

    6. Cadenas de valor: Integración de un OSSE con uno o más organismos de los sectores social, público o privado, que permita agregar valor en uno o varios de los eslabones de la cadena: producción, selección, empaque, transformación, distribución y/o comercialización.

    7. Capacitación: Proceso de desarrollo de capacidades que se realiza en el corto plazo, utilizando un procedimiento planeado, sistemático y organizado, mediante el cual se contribuye a que los integrantes de los OSSE adquieran conocimientos y habilidades para el adecuado desempeño de una actividad.

    8. Capital de trabajo: Recursos para materias primas, insumos, pago de mano de obra, pago de servicios necesarios y, en su caso, adquisición de mercancías que han de usarse para la producción de un bien, la prestación de un servicio y/o la comercialización de un producto. Se determina mediante el Flujo de Efectivo.

    9. Comercializadora social: Organización formal compuesta por organismos del SSE para mejorar la comercialización de sus productos y/o servicios; y/o para adquirir a mejores precios bienes y servicios necesarios en sus procesos productivos, localidades y/o regiones, distribuyendo parte de los beneficios entre los participantes, sean socios o no de la comercializadora.

    10. Comité Técnico Nacional: Órgano técnico colegiado, auxiliar para la operación del Programa y autorización de los apoyos señalados en las presentes Reglas de Operación; está integrado por servidores públicos del INAES y la Secretaría de Economía señalados en el artículo 13, del Acuerdo de organización y funcionamiento interno, y funciona de conformidad con éste, las presentes Reglas de Operación y su Manual de Operación.

    11. Comités Técnicos Regionales: Órganos técnicos colegiados auxiliares para la operación del Programa y autorización de los apoyos señalados en las presentes Reglas de Operación; están integrados por servidores públicos del INAES y de la Secretaría de Economía señalados en el artículo 14, del Acuerdo de organización y funcionamiento interno; funcionan de acuerdo con éste, las presentes Reglas de Operación y su Manual de Operación.

    12. Comité de Selección: Instancia de deliberación, cuya función es la evaluación y selección de anteproyectos productivos de jóvenes que se presenten en el marco de alguna convocatoria del Proyecto Escala en la...

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