Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Pp S191.

Fecha de publicación31 Diciembre 2021
SecciónUNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados
EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
REGLAS de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Pp S191
REGLAS de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología Pp S191. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Con fundamento en los artículos 2, fracciones II y XXII, y 6, fracción II, de la Ley Orgánica del ConsejoNacional de Ciencia y Tecnología; 1, párrafo segundo, y 5, fracciones VII, XI y XIX, 12, primer y segundo párrafos, 13, fracción VI, y 20, fracción XX, del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Cienciay Tecnología, mediante Acuerdo 04-09/2021, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su 4ta. Sesión Ordinaria 2021, celebrada el 8 de diciembre de 2021, aprobó y expidió la modificación de las Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a efecto de que se apliquen a partir del día 1 de enero de 2022.
Como consecuencia, se deja sin aplicación las Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES DEL
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Pp S191
1. Introducción
Las presentes Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores (SNI) tienen como propósito dar certidumbre a su operación, concibiéndolo como un elemento detonante de la investigación humanística o científica, el desarrollo tecnológico y la innovación del país, así como de la vinculación entre diversos sectores estratégicos para ayudar a resolver problemas en beneficio de la sociedad mexicana.
2. Objetivos
2.1. General
El objetivo general del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) es desarrollar y fortalecer la investigación humanística y científica, el desarrollo tecnológico y la innovación con rigor epistemológico, en favor de la libertad de investigación y de cátedra, así como de la autonomía de las instituciones públicas de educación superior autónomas por ley, mediante la distinción y, en su caso, apoyo a las investigadoras y los investigadores que contribuyan al fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, y al acceso universal al conocimiento y sus beneficios sociales, así como al avance del conocimiento universal mediante el impulso a la investigación de frontera y la ciencia básica en las distintas áreas del conocimiento, al desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia e innovación abierta para la transformación social, o a la atención de problemas nacionales.
2.2. Específicos
I. Reconocer públicamente el mérito de investigadoras e investigadores que cuenten con una destacada trayectoria docente, académica y profesional en el fortalecimiento y consolidación de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación, y el acceso universal al conocimiento y sus beneficios sociales, así como en el avance del conocimiento universal mediante el impulso a la investigación de frontera y la ciencia básica en alguna de las áreas del conocimiento, el desarrollo de tecnologías estratégicas de vanguardia e innovación abierta para la transformación social, o la atención de problemas nacionales, preferentemente en el marco de los Programas Nacionales Estratégicos (Pronaces) que impulsa el Conacyt.
II. Incentivar y consolidar el fortalecimiento de la comunidad humanística, científica, tecnológica y de innovación en sectores estratégicos, mediante el reconocimiento a la labor docente de investigadoras e investigadores.
III. Fomentar en la sociedad una cultura humanística, científica, tecnológica y de innovación basada en el rigor científico, el diálogo de saberes, la producción horizontal del conocimiento, la pluralidad y equidad epistémicas y el trabajo colaborativo, en el marco de la ética, los derechos humanos, el cuidado y restauración del medio ambiente, la protección y promoción de la salud, la conservación de la diversidad biocultural del país, y el bienestar del pueblo de México.
IV. Impulsar la descentralización territorial de las actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico e innovación, así como fortalecer el desarrollo regional del país, mediante el reconocimiento del mérito de investigadoras e investigadores que cubran los requisitos señalados en la fracción I de este artículo y que además se encuentren adscritos a una institución de educación superior o centro de investigación en una entidad federativa distinta de la Ciudad de México.
V. Contribuir a la vinculación de las investigadoras y los investigadores con los sectores público, social y privado.
3. Lineamientos generales
3.1. Cobertura
El programa tiene cobertura nacional e internacional.
3.1.1. Población Potencial
Se considera que tienen el potencial para ser miembros del SNI aquellas personas que:
I. Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.
II. Realicen actividades de investigación humanística o científica o desarrollo tecnológico o innovación, y
III. Se desempeñen en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tengan nacionalidad mexicana y realicen actividades de investigación en el extranjero.
3.1.2. Población Objetivo
Podrán pertenecer al SNI aquellas personas que:
I. Mexicanas y Mexicanos que realicen actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico o innovación en México o en el extranjero.
II. Extranjeras o Extranjeros que realicen actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico o innovación en México.
3.1.3. Población Atendida (Beneficiarios)
Serán beneficiarias las personas que:
I. Mexicanas y Mexicanos que realicen actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico o innovación en México o en el extranjero
II. Extranjeras o Extranjeros que realicen actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico o innovación en México, y
III. Sean evaluadas positivamente y aceptadas por el Consejo General del SNI.
4. Requisitos
Participar en el trámite CONACYT-01-014 A. Solicitud de Apoyo en materia de ciencia, tecnología e innovación, Modalidad: Ingreso o permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores
Para aspirar a ser miembro del SNI se requiere que la persona realice actividades de investigación humanística o científica, desarrollo tecnológico o innovación, presente los productos del trabajo debidamente documentados, se desempeñe en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tenga nacionalidad mexicana y realice actividades de investigación científica o tecnológica en el extranjero.
Ingresarán al SNI aquellas personas que atiendan la convocatoria correspondiente, sean evaluadas por una comisión dictaminadora o revisora en forma positiva y aceptados por el Consejo General del SNI.
Podrán participar:
Quienes actualmente no sean miembros del SNI y que cumplan con los requisitos y las disposiciones señalados en su Reglamento.
Miembros vigentes en el Sistema cuya distinción vence el 30 de junio o el 31 de diciembre del año en que se realiza la solicitud.
4.1 Criterios de selección
Los aspirantes deberán presentar una solicitud bajo los mecanismos y medios que para este fin determine el SNI, anexando la documentación probatoria que se indique en las convocatorias que se publican para tal efecto.
Ingresarán a SNI quienes obtengan un resultado positivo del Consejo de General el SNI con base en la recomendación de la Comisión Dictaminadora que evalué la solicitud.
Para recibir la distinción la o el solicitante deberá demostrar, según la categoría y, en su caso, el nivel al que aspire, el cumplimiento de los requisitos indicados en la convocatoria y Reglamento del SNI.
4.2 Mecanismos de selección
Las comisiones dictaminadoras serán las encargadas de emitir dictámenes fundados y motivados de las solicitudes de ingreso, permanencia o promoción en el SNI que presenten las investigadoras y los investigadores, con base en la evaluación que realicen de su trayectoria docente, académica y profesional en el fortalecimiento y consolidación de la comunidad ...

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