Reglas de Operación del Programa Jóvenes Emprendedores e Innovadores COMECYT-EDOMÉX.

Martes 31 de mayo de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 97
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: COMECYT Consejo Mexiquense de Ciencia y
Tecnología.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, EN EJERCICIO DE LAS
ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 32 DE LA LEY DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL ESTADO
DE MÉXICO, Y 10 FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA; Y CONSIDERANDO
Que el financiamiento a la ciencia y tecnología se sujetará a lo establecido en los artículos 6 fracciones II, III, VIII y IX, 21, 22
fracciones I, II, III y IV, 26, 31 fracción VII, 35 y del 49 al 55 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de México;
Que el Plan de Desarrollo del Estado de M éxico 2017-2023, Pilar Económico, “Estado de México competitivo, productivo e
innovador”, en el objetivo 2.4: “Potenciar la innovación y el desarrollo tecnológico como instrumento para impulsar el
desarrollo económico”, establece la estrategia 2.4.1 “Fomentar la investigación científica y tecnológica aplicada”;
Que, con base en el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) describe que en el Estado de México el 88.3% de
los hombres y 61.7% de las mujeres se encuentran estudiando en Institutos de Educación. Cabe señalar que el Estado de
México cuenta con la mayor matrícula de estudiantes en el país, con más de 4.3 millones, 650,000 a niv el medio superior
(15%) y más de 446,000 a nivel superior (10%);
Que a pesar de que el avance en materia de apoyos a MIPYMES ha sido notable, el reto es Impulsar la creatividad y el
emprendimiento científico y tecnológico de los jóvenes mexiquenses, que permitan fortalecer las capacidades de ciencia,
tecnología, innovación y desarrollo en el Estado de México.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 fracciones V, VI y VII de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de
México y sus Municipios, se debe mejorar la calidad e incrementar la eficiencia del marco regulatorio, a través de la
disminución de los requisitos, costos y tiempos en que incurren los particulares; agilizar los procesos administrativos en
beneficio de la población del Estado de México; así como otorgar certidumbre jurídica sobre la regulación, transparencia al
proceso regulatorio y continuidad a la mejora regulatoria;
Que en términos de lo establecido en el artículo 3.46 fracciones III, V y VIII del Código Administrativo del Estado de México,
el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología tiene, dentro de sus atribuciones, promover la obtención de financiamientos
para apoyar la realización de Proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico, formación de recursos humanos y
de divulgación; así como proponer políticas y estrategias eficientes de coordinación y vinculación entre las instituciones de
investigación y de educación superior del Estado, así como con los usuarios de ciencia y tecnología y ejecutar acciones de
articulación y vinculación de las actividades científicas y tecnológicas con los sectores público, social y privado, para el
mejoramiento de los niveles socioeconómicos y cultural de la población;
Que de conformidad con lo previsto en el ordinal 13 fracción XII, XIII y XV del Reglamento Interno del Consejo Mexiquense
de Ciencia y Tecnología, corresponde al Director General difundir la normatividad que rige al Organismo, elaborar
propuestas de reformas jurídicas y administrativas, promover la modernización administrativa, mejora regulatoria y la gestión
de la calidad en los trámites y servicios que ofrece el COMECYT;
Que mediante dictamen, de fecha 09 de mayo de 2022, la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria, con fundamento en lo
dispuesto por la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios y su Reglamento, emitió el dictamen
respectivo.
Que según consta en el Acta de la Centésima Vigésima Tercera Sesión Ordinaria de la de la H. Junta Directiva del Consejo
Mexiquense de Ciencia y Tecnología, celebrada en el Municipio de Toluca, Estado de México a los 26 días del mes de mayo
del año 2022, las presentes Reglas de Operación fueron aprobadas por unanimidad, de conformidad con la atribución que le
otorga la fracción V del artículo 10 del Reglamento Interno del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología;
Con base en lo anterior he tenido a bien expedir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA JÓVENES EMPRENDEDORES E INNOVADORES COMECYT-EDOMÉX.
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETIVO DEL PROGRAMA JÓVENES EMPRENDEDORES E INNOVADORES COMECYT-EDOMÉX.
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El Programa Jóvenes Emprendedores e Innovadores COMECYT-EDOMÉX, tiene como objetivo apoyar económicamente a
jóvenes mexiquenses que desarrollen un Proyecto de desarrollo tecnológico y/o de innovación de un producto, proceso o
servicio, con la finalidad de emprender una empresa o negocio.
ÍNDICE
1. OBJETIVO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN
2. DERECHO QUE PROMUEVE
3. GLOSARIO
4. CONVOCATORIA
4.1 Requisitos que debe contener la Convocatoria
4.2 Publicación y difusión de la Convocatoria
5. REQUISITOS PARA EL PROPONENTE
6. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL PROYECTO
7. APOYO ECONÓMICO
8. RECEPCIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO
8.1 Recepción del Proyecto.
8.2 Presentación del Proyecto.
9. PROCESO DE EVALUACIÓN DEL PROYECTO
9.1 Primera etapa: Validación por la Dirección de Desarrollo Tecnológico y Vinculación
9.2 Segunda etapa: Viabilidad pertinente por parte del IME
9.3 Tercera etapa: Comisión Evaluadora
9.3.1 Criterios de evaluación para la tercera etapa
9.3.2 Funciones y atribuciones de la Comisión Evaluadora
10. DICTAMINACIÓN
10.1 supuestos
10.2 Criterios
11. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
12. FORMALIZACIÓN DEL APOYO ECONÓMICO
13. MINISTRACIÓN Y GARANTÍA DE LOS RECURSOS
13.1 Garantía de cumplimiento de los recursos
14. RUBROS AUTORIZADOS Y NO AUTORIZADOS
14.1 Rubros autorizados
14.2 Rubros no autorizados
14.3 Consideraciones generales para el ejercicio del recurso
15. SEGUIMIENTO DEL PROYECTO: Reportes Técnico y Financiero de Avance
15.1 Seguimiento y revisión técnica
15.2 Entrega de los reportes
15.3 Evaluación de los reportes
16. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROYECTO
17. RESCISIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS
18. INFORME FINAL
19. ACTA DE CIERRE
20. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y VINCULACIÓN
20.1 Derechos
20.2 Obligaciones
21. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PROPONENTE
21.1 Derechos
21.2 Obligaciones
22. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL SUJETO DE APOYO
22.1 Derechos

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