REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CRÉDITO PARA EL DESARROLLO EMPRESARIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación30 Junio 2020
Sección
Pág. 12 PERIÓDICO OFICIAL Junio 30 de 2020
TERCERO.- Las obligaciones contraídas derivadas de las presentes Reglas de Operación subsistirán
hasta la liquidación total de crédito.
Aguascalientes, Ags., a 30 de junio de 2020
LIC. MANUEL ALEJANDRO GONZÁLEZ MARTÍNEZ
Secretario de Desarrollo Económico
y al actuar como suplente del C. Gobernador del Estado de Aguascalientes,
en términos de lo dispuesto en la Cláusula Sexta, inciso a), fracción I del Octavo
Convenio Modificatorio del Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración
denominado “Sistema de Financiamiento de Aguascalientes
LIC. ROGELIO EDGARDO BURWELL GARAY
Director General Jurídico de la SEDEC
Secretario Ejecutivo
C.P. CARLOS DE JESÚS MAGALLANES GARCÍA
Secretario de Finanzas
Vocal 1 del Comité Técnico.
LIC. OSCAR HUMBERTO MACÍAS LÚEVANO
Coordinador Jurídico en suplencia Secretario de Desarrollo Rural
y Agroempresarial Vocal 2 del Comité Técnico.
LIC. MIGUEL ÁNGEL ROMERO GÓMEZ
Jefe de Departamento Juridico suplente del Coordinador General
de Planeación y Proyectos, y Vocal 3 del Comité Técnico.
LIC. ANDRÉS DÍAZ LARIOS
Director General de la Operadora de Fideicomisos del Estado
de Aguascalientes, S.A. de C.V.
Secretario de Actas del Comité Técnico
LIC. SEVERA GONZÁLEZ BUSTOS
Comisario Público Suplente
del Sistema de Financiamiento de Aguascalientes.
SISTEMA DE FINANCIAMIENTO DE AGUASCALIENTES (SIFIA)
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CRÉDITO PARA EL DESARROLLO
EMPRESARIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Los miembros del H. Comité Técnico del Fideicomiso denominado “Sistema de Financiamiento de
Aguascalientes” mediante Quinta Sesión Ordinaria celebrada el 30 de junio de dos mi l veinte, y con
fundamento en lo dispuesto en la Cláusula Cuarta, párrafo primero, fracción I y II, en relación con la Cláusula
Séptima, fracciones I, V, VIII, IX, X, XVI, XVII y XXIX y demás aplicables del Octavo Convenio Modificatorio y
de Reexpresión del Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración número 743352 denominado
“Sistema de Financiamiento de Aguascalientes”, así como por los artículos 25 y 134 d e la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 90 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, han autorizado
las Reglas de Operación del “Programa de Crédito para el Desarrollo Empresarial del Estado de
Aguascalientes”, bajo los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 y 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y el artículo 90 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, corresponde al
Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el
fomento del crecimiento económico; asimismo impone al Estado el fomento de las actividades que demande
el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los
sectores público, privado y social, señalando además que los recursos económicos de que dispongan el

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