REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO TEMPORAL Y APROPIACIÓN CIUDADANA DE LOS ESPACIOS URBANOS DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación28 Septiembre 2020
Sección
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Septiembre 28 de 2020
(Primera Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO TEMPORAL Y APROPIACIÓN
CIUDADANA DE LOS ESPACIOS URBANOS DE AGUASCALIENTES 2020
C.P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, con
fundamento en los artículos 36 y 46, fracción I de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y los
artículos 24 fracción IV y 27 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Aguascalientes y en ejercicio de las
facultades que me confieren los artículos 2°, 3°, 10 fracción IV, 11 y 15 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Aguascalientes tengo a bien expedir el “ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LA S
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO TEMPORAL Y APROPIACIÓN
CIUDADANA DE LOS ESPACIOS URBANOS DE AGUASCALIENTES 2020”, al tenor de los siguientes.
C O N S I D E R A N D O S:
Que con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos y prioridades que establece el Plan Estatal
de Desarrollo 2016-2022 en su Eje Rector número 1 “Aguascalientes Educado Integrado y Equitativo”
y con fundamento en la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes en su artículo 7° que a la
letra señala lo siguiente: “Los planes y programas del Estado, así como Municipales de Desarrollo Social,
deberán guardar congruencia con el Federal y deberán contemplar prioritariamente y sin perjuicio de lo que
otros ordenamientos dispongan, los siguientes; la educación, la salud, la nutrición y alimentación, la vivienda
digna y decorosa, el disfrute de un medio ambiente sano y sustentable, la capacitación para el trabajo bien
remunerado, la seguridad social, la equidad sin discriminación…”; se deberán establecer programas sociales
operados por la Secretaría de Desarrollo Social y deberá emitir la normatividad respecto de los mismos o, en
su caso, las modificaciones a aquellos que continúen vigentes, con la finalidad de acceder a ellos de una
manera simple, expedita y oportuna, ejerciendo de una manera lícita y transparente los recursos que se
destinan para la ejecución de dichos programas.
Que la fracción X del artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Aguascalientes, publicada en el periódico oficial del Estado en fecha 27 de octubre de 2017
establece“…corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social, entre otras facultades la de promover,
coordinar y ejecutar programas que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales y colectivos,
garantizando el acceso a los programas de Desarrollo Social, la igualdad sustantiva, un medio ambiente libre
de cualquier tipo de violencia y el mejoramiento de la calidad de vida, a través de la educación, la cultura, la
salud, la alimentación, el acceso y mejoramiento de la vivienda, la generación de empleo e ingreso, la
capacitación y el desarrollo personal…”
Lo señalado por la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes en su artículo 24
fracción IV, que establece que en la instrumentación de los programas en materia de desarrollo social se
deberá contar con los lineamientos para la implementación, seguimiento y evaluación de los mismos, los
cuales precisan la forma de operar un programa social con el propósito de lograr los niveles esperados de
eficacia, eficiencia, equidad y trasparencia.
Que es responsabilidad de la Secretaría coordinar la Política Estatal de Desarrollo Social y garantizar
las formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los
programas de desarrollo social, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 fracción IV de la Ley de
Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes.
Por lo anterior antes expuesto y fundado, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN
DEL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO TEMPORAL Y APROPIACIÓN CIUDADANA DE LOS
ESPACIOS URBANOS DE AGUASCALIENTES 2020
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°. El presente ordenamiento tiene como finalidad establecer Reglas de Operación del
Programa de Apoyo Económico Temporal y Apropiación Ciudadana de los Espacios Urbanos de
Aguascalientes, que ejecutará la Secretaría de Desarrollo Social para el año 2020.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR