REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO FONDO DE APOYO AL PROGRAMA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA PARA EL MAGISTERIO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación22 Abril 2024
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 15Abril 22 de 2024 (Primera Sección)
INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO FONDO DE A POYO AL PROGRAMA ESPECIAL DE
FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA PARA EL MAGISTERIO EN EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.
Antecedentes
1. El 18 de mayo de 1992 se suscribió el Acuerdo para la Modernización de la Educación Básica, entre el
Gobierno Federal, los Gobiernos de las Entidades Federativas y el Sindicato Nacional de Trabajadores de
la Educación asumiendo el compromiso de contribuir a mejorar los niveles de vida de los maestros,
mediante la integración de un Programa Especial de Fomento a la Vivienda para el Magisterio
(PROGRAMA), conjuntando esfuerzos de la Federación, las Entidades Federativas y de la iniciativa
privada.
2. El 8 de junio de 1994, el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Educación Pública y los
gobiernos de cada una de las entidades federativas y el SNTE promovieron la implantación del
PROGRAMA, cuyo objeto fue el fomentar la construcción de más y mejores viviendas para la adquisición
por parte de los maestros.
3. El 15 de noviembre de 1994, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como fideicomitente, constituyó
un fideicomiso para el Programa Especial de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio (FOMA). El
18 de enero del 2010, el Comité Técnico Nacional aprobó y firmó las Reglas de Operación del mismo.
4. El Gobierno del Estado de Aguascalientes, a través del Instituto de Educación de Aguascalientes, decidió
constituir el Fondo de apoyo al programa especial de Financiamiento a la vivienda para el Magisterio en
el Estado (FOVIMAGS).
5. En el Programa de Gobierno del Estado de Aguascalientes del Plan de Desarrollo del Estado 2022- 2027,
dentro del Programa Estratégico de Vivienda, en el Plan de Dotación de Vivienda Digna y Decorosa a las
Familias de Aguascalientes, se establece Impulsar la coordinación interinstitucional entre los tres órdenes
de gobierno, así como con el sector privado, para impulsar el desarrollo sustentable, revertir el rezago en
adquisición de inmuebles y que la sociedad acceda a una vivienda digna.
6. Bajo el contexto anterior, y con el propósito de establecer los mecanismos para llevar a cabo el ejercicio
de los recursos públicos bajo criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía,
racionalidad, austeridad, control y rendición de cuentas del fideicomiso estatal, se expiden las presentes
7. Que dentro de las facultades del Comité Técnico de FOVIMAGS plasmadas en el contrato de fideicomiso
y sus modificatorios, se encuentra el aprobar las Reglas de Operación del mismo, lo cual se llevó a cabo
en la sesión ordinaria del Comité Técnico, de fecha 29 de febrero de 2024, para quedar en los siguientes
términos:
Reglas de Operación del fideicomiso Fondo de Apoyo al Programa Especial de Financiamiento
a la Vivienda para el Magisterio en el Estado de Aguascalientes.
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 1º: Las presentes reglas tienen por objeto reglamentar el fideicomiso “Fondo de Apoyo al Programa
Especial de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio en el Estado de Aguascalientes”, en lo que se
refiere a su aplicación y otorgamiento de Apoyos.
Artículo 2: Para los efectos de estas Reglas se entienden por:
I. Apoyos: Recursos económicos que otorga el FOVIMAGS a sus Fideicomisarios, previo acuerdo de Comité
Técnico al respecto;
II. Comité Técnico: Órgano de gobierno del fideicomiso Fondo de Apoyo al Programa Especial de
Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio en el Estado de Aguascalientes (FOVIMAGS- integrado por
el IEA; el IVSOP, la SEFI y el SNTE);
III. Contrato: Instrumento constitutivo del fideicomiso Fondo de Apoyo al Programa Especial de
Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio en el Estado de Aguascalientes (FOVIMAGS);
IV. Fideicomisarios: En primer lugar, los maestros y personal de base beneficiados con créditos para
adquisición de vivienda nueva o usada, así como para el mejoramiento y ampliación de vivienda, que designe
el Comité Técnico, en segundo lugar, el propio Fideicomitente;
V. Fiduciaria: HSBC MÉXICO, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC,
DIVISIÓN FIDUCIARIA, en su carácter de Fiduciario en el Fideicomiso identificado administrativamente con
el número 101729;
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