REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA ENTREGA DE APOYOS A LOS TRABAJADORES HOMOLOGADOS, DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, SUPERIOR Y CENTROS DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Y PERSONAL SINDICALIZADO POR EL S.N.T.E. DE CONALEP Y CECYTEA, DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, CORRESPONDIENTES A LAS APORTACIONES DE LOS MESES DE MAYO Y DICIEMBRE DEL EJERCICIO FISCAL 2024

Fecha de publicación18 Marzo 2024
SecciónCuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 9Marzo 18 de 2024 (Cuarta Sección)
ARTÍCULO SEGUNDO.- Publíquense las presentes reglas en el Peri ódico Oficial del Estado, en términos de lo dis puesto por el artículo 17, fracción
II, de la Ley de Desarrollo Social del Es tado de Aguascalientes.
Dado en las instalaciones del Ins tituto de Educación de Aguascalientes, en la ciudad de Aguas calientes, Aguascalientes, en la Segu nda Sesión
Extraordinaria del Consejo Interior, cel ebrada a los 15 días del mes de febrero del año dos mil veinticuat ro.
A T E N T A M E N T E.
INTEGRANTES DEL CONSEJO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES.
ING. ALFREDO RIVADENEYRA HERNÁNDEZ
Coordinador General Ejecutivo de Gabi nete
Suplente de la Presidenta del Consejo I nterior
LIC. ISMAEL CORNEJO MACÍAS
Director General Jurídico y Suplente de la Secretaria de Obras Públicas del Estado
C. GUILLERMO JÁUREGUI GONZÁLEZ
Director General de Recaudación de la S ecretaría de Finanzas del Estado.
LIC. CECILIA MIGUELINA RUÍZ ROBLES
Directora General de Evaluación y Segui miento Institucional y suplente del Secretaría de Planeaci ón, Participación y Desarrollo del Estado
DR. RAFAEL ARMANDO JIMÉNEZ JAIME
Director del Área de Enseñanza, Capa citación, Investigación y Calidad de la Secretaría de Salud del Estado de Aguascalientes
La presente página corresponde a la hoja de fi rmas de las “REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA ENTREGA DE APOYOS A TRABAJA DORES DE
LA EDUCACION JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES CORRESPONDIENTES A LAS APORTACIONES DE LOS
MESES DE MAYO Y DICIEMBRE DEL EJERCICIO FISCAL 2024.”
INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES
Los Integrantes del CONSEJO INTERIOR DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE AGUASCALIENTES, con fundamento en lo dispuesto en los
artículos , , 6º, fracción I , segundo párrafo, 10 y 53, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; 2°, p árrafo segundo, fracción I, 5°,
10, 40 y 41, fracción VIII, de la Ley para el Control de Entidades Paraestatal es del Estado de Aguascalientes; 3° y 5°, de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Estado de Aguascali entes; 13, fracción III, 19, 21 fracción XXIII, de l a Ley de Educación del Estado de Aguascalientes, 9º fr acción
I, punto a, 11, fracciones III y IX y 12, de la Ley del Instituto de Educación de Aguascalientes; 5º, apartado A, fracción I, y 6º, fracció n II, del Reglamento
Interior del Instituto de Educación de Aguascalientes, tenemos a expe dir las siguientes: “REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA ENTREGA DE
APOYOS A LOS TRABAJADORES HOMOLOGADOS, DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, SUPERIOR Y CENTROS DE CAPACITACIÓN Y
FORMACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Y PERSONAL SINDICALIZADO POR EL S.N.T.E. DE CONALEP Y CECYTEA, DEL ESTADO
DE AGUASCALIENTES, CORRESPONDIENTES A LAS APORTACIONES DE LOS MESES DE MAYO Y DICIEMBRE DEL EJERCICIO FISCAL
2024” y:
C O N S I D E R A N D O
I. Que el Instituto de Educación de Aguascal ientes (IEA), conforme a lo dispuesto en los artículos 4º, y 5º, fracción I, de la Ley del Instituto de
Educación de Aguascalientes, es u n Organismo Público Descentralizado de l a Administración Pública Estatal, con personalida d jurídica y patrimonio
propios, cuyo objeto consiste en coordinar, di rigir y operar el Sistema Educativo Estatal, atendiendo a los fines d e la educación contemplados en la
de Educación del Estado de Aguascali entes.
II. Que tanto la Ley General de Educació n, como la Ley de Educación del Estado de Aguascalientes esta blecen que las maestras y los maestros
son agentes fundamentales del proce so educativo y, por tanto, se debe reconocer su i mportante contribución a la transformación soci al, ya que es
en cada aula, en cada escuela, donde di ariamente se edifica un mejor futuro para el Estado Mexicano.
III. Que el Ejecutivo del Estado y el Si ndicato Nacional de los Trabajadores de la Educaci ón, (SNTE) han venido trabajando coordinadamente en la
construcción de mejores políticas públi cas tendentes a apoyar a las y los docentes, a fin de m ejorar sus condiciones vida.
IV. Lo anterior ha quedado de manifiesto mediante la suscripción de diversas minutas desde el año 2008 hasta el año 2013, dentro de las cuales,
se ha establecido un apoyo, mis mo que se ha otorgado con rec ursos del Estado de Aguascalien tes, ya que dicha prestación no se encuentra
contemplada en las prestaciones del F ondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operati vo.
V. Como antecedente inmediato, en fecha 14 de abril de 2023, el IEA y el SNTE suscri bieron un acuerdo a fin de reiterar el comprom iso de ambas
partes en el reconocimiento y otorgam iento de dicho bono, por lo que respecta a los ejercicios fis cales de 2023 a 2027, estableciendo que una vez
concluida la administración pública 202 2- 2027, continuara en vigencia la última de las minutas firmadas e ntre las partes el día 8 de febrero de 2013.
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