REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LOS ESTÍMULOS FISCALES OTORGADOS POR EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO MEDIANTE DECRETO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO ANTE LA CONTINGENCIA POR COVID- 19

Fecha de publicación04 Mayo 2020
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 5Mayo 4 de 2020 (Primera Sección)
SECRETARÍA DE FINANZAS
C.P. CARLOS DE JESÚS MAGALLANES GARCÍA, Secretario de Finanzas del Estado de
Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3 y 63 de la Constitución Política del
Estado de Aguascalientes; 4, 18 fracción III, 27 fracciones VII, VIII, XIII y XXIV y 34 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Aguascalientes, y en ejercicio de las atribuciones previstas en el
artículo 45 de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, en relación con la fracción XIX del artículo
6° del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, tengo a bien emitir las presentes “Reglas de
Operación para la aplicación de los estímulos fiscales otorgados por el titular del Poder Ejecutivo
mediante Decreto que contiene el Programa de Apoyo Económico ante la Contingencia por COVID -
19”, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 28 de marzo de 2020, conforme a
los siguientes:
CONSIDERANDO
I. Que en fecha 28 de marzo de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes, el Decreto que contiene “El Programa de Apoyo Económico ante la Contingencia por
COVID - 19”.
II. Mediante dicho decreto, se instruyó a la Secretaría de Finanzas para realizar las siguientes
acciones:
1. Ampliar el plazo para el cumplimiento del pago del Control Vehicular hasta el día 31 de julio de
2020, y mantener el descuento del 5% a que se refiere el artículo 40 de la Ley de Ingresos del
Estado de Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del año 2020, respecto del control vehicular
por los meses de abril, mayo y junio. De igual manera se otorga un 10% de descuento a
aquellos propietarios de automóviles, camionetas, y vehículos pesados que realicen el pago del
Derecho de Control Vehicular 2020 en los meses de abril, mayo y junio, a través de la página
electrónica del Gobierno del Estado de Aguascalientes.
2. Otorgar un 10% de descuento en el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Usados
de Motor, a todos aquellos contribuyentes que hagan su cambio de propietario en los meses de
abril a diciembre de 2020, siempre y cuando se encuentren al corriente en el pago de los
Derechos por concepto de Control Vehicular.
3. Otorgar un descuento de hasta el 40% en el Impuesto Sobre Espectáculos Públicos durante los
meses de abril a diciembre de 2020.
4. Diferir el pago del Impuesto Sobre Nóminas de los meses de Abril, Mayo y Junio de 2020, para
ser cubiertos hasta 8 parcialidades mensuales iguales, respectivamente; para los
contribuyentes que así lo soliciten por escrito ante la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría
de Finanzas del Estado antes del vencimiento de la fecha de pago y se formalice a través de
convenio de pago en parcialidades sin que esto genere multas, actualizaciones y recargos.
5. Otorgar un 30% de descuento en el pago del Impuesto Sobre Nóminas que se causen en los
meses de abril a diciembre de 2020, a todos aquellos contribuyentes que tengan hasta veinte
trabajadores activos en cada uno de esos meses; siempre y cuando paguen el remanente no
descontado en una sola exhibición, en tiempo y forma.
6. Diferir el pago del Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico que se
causen durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, para ser cubiertos hasta en ocho
parcialidades mensuales iguales, respectivamente; para los contribuyentes que así lo soliciten
por escrito ante la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado antes del
vencimiento de la fecha de pago y se formalice a través de convenio de pago en parcialidades
sin que esto genere multas, actualizaciones y recargos.
III. Al respecto, el Secretario de Finanzas cuenta dentro de las facultades que le otorga la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes y el Reglamento Interior de la
Secretaría de Finanzas, se encuentra la emisión de Reglas de Carácter General que sean necesarias para
la operación de las contribuciones locales, mismas que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado de
Aguascalientes; por lo que en cumplimiento de lo anterior, se ha tenido a bien expedir las siguientes:
Reglas de operación para la aplicación de los estímulos fiscales a que se refiere el “Decreto
que contiene el programa de apoyo económico ante la contingencia por covid-19” publicado en el
Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 28 de marzo de 2020.”

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