Acuerdo de Modificación a las Reglas de Operación del Programa Acciones para la Igualdad de Género con Población Indígena (PAIGPI) de la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena para el ejercicio fiscal 2012

Fecha de disposición29 Diciembre 2011
Fecha de publicación29 Diciembre 2011

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

ACUERDO DE MODIFICACION A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ACCIONES PARA LA IGUALDAD DE GENERO CON POBLACION INDIGENA (PAIGPI) DE LA COORDINACION GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDIGENA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

XAVIER ABREU SIERRA, Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 33 y 34 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y

CONSIDERANDO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de su Ley, el Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, aprobó la modificación a los Programas sujetos a Reglas de Operación.

Que el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, diversos programas, entre los que se encuentran los que están a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, deberán sujetarse a Reglas de Operación, conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo establece.

Que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 6 que ejecutará la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se destinarán exclusivamente al desarrollo de los pueblos indígenas de acuerdo con los criterios de la misma Comisión, a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las personas, comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo local y regional de dichos pueblos.

Que en este marco, dichas Reglas de Operación fueron autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictaminadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, en términos de lo establecido por el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Que esta Comisión recibió los días 2 y 14 de diciembre del año 2011, los oficios No. 312.A.- 003403 y COFEME/11/3162, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, respectivamente, por los que emitieron la autorización y el dictamen correspondiente a la Regla de Operación del Programa Acciones para la Igualdad de Género con Población Indígena, a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DE MODIFICACION A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA ACCIONES PARA LA IGUALDAD DE GENERO CON POBLACION INDIGENA (PAIGPI) DE LA COORDINACION GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDIGENA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

Primero. Se emiten y publican las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa Acciones para la Igualdad de Género con Población Indígena, las que se contienen en el anexo de este Acuerdo y que para todos los efectos se consideran como parte integrante del mismo.

Introducción

La consagración de los derechos de los pueblos indígenas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es uno de los principios que las instancias gubernamentales deben colocar como la base para impulsar procesos de políticas públicas orientadas a generar condiciones de equidad que reivindiquen las condiciones de marginación y exclusión social a las que han sido históricamente relegados.

Las mujeres indígenas son una población prioritaria para la atención institucional, en tanto los indicadores demuestran los fuertes rezagos y desigualdades existentes en problemas de salud, educación, acceso a servicios, ejercicio de derechos y situación de violencia.

Existe un marco normativo y un mandato sectorial, nacional e internacional para atender estas problemáticas desde las instituciones. En el ámbito nacional este mandato se expresa en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, cuyo objetivo 15 enuncia el propósito de incorporar plenamente a los pueblos y a las comunidades indígenas al desarrollo económico, social y cultural del país con respeto a sus tradiciones históricas y enriqueciendo con su patrimonio cultural a toda la sociedad. Por otro lado, el objetivo 16 del mismo Plan asienta el compromiso de que el Estado Mexicano se propone eliminar cualquier discriminación por motivos de género y garantizar la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual.

Sin el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y en específico de las mujeres indígena ninguna tarea encaminada al desarrollo social y humano sería posible, por lo cual el Programa Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas se propone como primer objetivo promover, en términos de las disposiciones aplicables, la armonización del marco jurídico en materia de derechos indígenas y generar condiciones para el respeto y ejercicio pleno de estos derechos. Para ello, entre sus estrategias se encuentran: difundir y reforzar los conocimientos de la población indígena en materia de justicia y derechos indígenas, así como promover una cultura de igualdad y no discriminación de manera que las diferencias de género, preferencia sexual, edad, religión o condición de salud, entre otras, no sean motivo de exclusión a las oportunidades de desarrollo.

La ley de la CDI señala como una de sus objetivos la inclusión del enfoque de género en las políticas, programas y acciones de la Administración Pública Federal para la promoción de la participación, respeto, equidad y oportunidades plenas para las mujeres indígenas, establecida en el objetivo 3, fracción V de la citada Ley.

Para la inclusión del enfoque de género se hace necesario fortalecer a los diversos sectores que inciden en el desarrollo de los pueblos indígenas a través de acciones de colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios; de interlocución con los pueblos y comunidades indígenas, y de concertación con los sectores social y privado.

Ante estos mandatos, la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas opera el Programa de Acciones para la igualdad de género con población indígena con la finalidad de aterrizar los compromisos señalados anteriormente y generar condiciones propicias para que el ejercicio pleno de los derechos sea una realidad palpable para las mujeres indígenas de todo el país.

Es por lo anterior que este Programa establece como estrategia central el fortalecimiento de capacidades de los distintos actores institucionales y sociales que realizan acciones en regiones indígenas orientadas a atender las desigualdades de género prevalecientes en los pueblos indígenas así como la generación de espacios de atención con enfoque intercultural para la prevención y atención de la violencia contra las mujeres indígenas, la salud sexual y reproductiva y el fortalecimiento de liderazgos femeninos indígenas.

La CDI impulsa a través de sus Centros Coordinadores para el Desarrollo Indígena, la "Estrategia de Planeación y Gestión del Territorio para el Desarrollo con Identidad" (EPDYT), que tiene como objetivo orientar la acción pública para que la población indígena asuma el proceso de planeación de su desarrollo de manera activa y consciente, congruente con su propia identidad, en un horizonte de largo plazo, en el que se defina su visión de futuro y las acciones estratégicas en orden de prioridad, y que asuma la actitud para gestionar, participar en la ejecución y dar seguimiento a dichas acciones.

A través de esta Estrategia, se convoca a representantes de los distintos órdenes de gobierno, la población local (indígena y no indígena), y de las organizaciones sociales y privadas, a fin de construir espacios de entendimiento, aportar ideas y planear con una perspectiva de largo plazo, los cambios que desean lograr en los ámbitos sociodemográfico, económico, cultural, físico ambiental e institucional y de derechos, buscando una mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio del presupuesto. Ese proceso participativo de la población local implica la articulación de la acción pública y privada en un territorio definido por los propios actores institucionales y sociales, para expresarse en un documento de planeación microrregional consensuado, que contiene los proyectos e iniciativas prioritarias para atender los problemas de rezago y aprovechar las potencialidades locales y regionales.

La Comisión apoya prioritariamente a los proyectos...

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