Acuerdo de Modificación a las Reglas de Operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) de la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena para el ejercicio fiscal 2012

Fecha de disposición30 Diciembre 2011
Fecha de publicación30 Diciembre 2011

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. ACUERDO DE MODIFICACION A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) DE LA COORDINACION GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDIGENA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012.

XAVIER ABREU SIERRA, Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 33 y 34 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y

CONSIDERANDO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de su Ley, el Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, aprobó la modificación a los Programas sujetos a Reglas de Operación.

Que el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, diversos programas, entre los que se encuentran los que están a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, deberán sujetarse a Reglas de Operación, conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo establece.

Que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 6 que ejecutará la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, se destinarán exclusivamente al desarrollo de los pueblos indígenas de acuerdo con los criterios de la misma Comisión, a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las personas, comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo local y regional de dichos pueblos.

Que en este marco, dichas Reglas de Operación fueron autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictaminadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, en términos de lo establecido por el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Que esta Comisión recibió los días 2 y 14 de diciembre del año 2011, los oficios No. 312.A.- 003403 y COFEME/11/3162, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, respectivamente, por los que emitieron la autorización y el dictamen correspondiente a la Regla de Operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI) de la Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena para el ejercicio fiscal 2012 a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO DE MODIFICACION A LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCCION INDIGENA (PROCAPI) DE LA COORDINACION GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDIGENA

Primero. Se emiten y publican las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, las que se contienen en el anexo de este Acuerdo y que para todos los efectos se consideran como parte integrante del mismo.

  1. Introducción

    El Gobierno Federal, a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), instrumenta el Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena (PROCAPI), con acciones de apoyo a la producción y comercialización, a fin de contribuir al mejoramiento de las fuentes de ingreso de la población indígena y a consolidar la vida comunitaria a través de proyectos productivos que les permitan aprovechar mejor su potencial y oportunidades locales, ante las condiciones de mercados abiertos al exterior, que demandan mejorar significativamente la productividad, la innovación y competitividad.

    Con este programa se promueve el apoyo coordinado de diversas fuentes a las iniciativas impulsadas por los productores indígenas y sus comunidades, en colaboración con las instancias ejecutoras que pueden ser los gobiernos estatales y municipales, así como con otras dependencias o entidades federales y organizaciones de la sociedad civil, fomentando propuestas integrales que incluyen la capacitación, la asistencia técnica y los mecanismos de comercialización, que complementen y consoliden la inversión en infraestructura productiva, equipamiento, materiales e insumos.

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2o., en su apartado B señala que: "La Federación, los Estados y los Municipios [...] establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos." Asimismo, el Programa para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas 2009 2012, en su Objetivo 3, Estrategia 3.3., establece: "Promover entre dependencias federales, gobiernos estatales, municipios y actores locales, acciones de planeación territorial para el desarrollo sustentable y con identidad en las regiones indígenas."

    Con base en lo anterior, la Comisión impulsa a través de sus Centros Coordinadores para el Desarrollo Indígena, la "Estrategia de Planeación y Gestión del Territorio para el Desarrollo con Identidad", que tiene como objetivo orientar la acción pública para que la población indígena asuma el proceso de planeación de su desarrollo de manera activa y consciente, congruente con su propia identidad, en un horizonte de largo plazo, en el que se defina su visión de futuro y las acciones estratégicas en orden de prioridad, y que asuma la actitud para gestionar, participar en la ejecución y dar seguimiento a dichas acciones.

    A través de esta Estrategia, se convoca a representantes de los distintos órdenes de gobierno, la población local, y de las organizaciones sociales y privadas, a fin de construir espacios de entendimiento, aportar ideas y planear con una perspectiva de largo plazo, los cambios que desean lograr en los ámbitos sociodemográfico, económico, cultural, físico ambiental e institucional y de derechos, buscando una mayor eficacia y eficiencia en el ejercicio del presupuesto. Ese proceso participativo de la población local implica la articulación de la acción pública y privada en un territorio definido por los propios actores institucionales y sociales, para expresarse en un documento de planeación microrregional consensuado, que contiene los proyectos e iniciativas prioritarias para atender los problemas de rezago y aprovechar las potencialidades locales y regionales.

    Los ejercicios de planeación y gestión, irán abarcando de manera progresiva las localidades y municipios indígenas. Entre tanto, este programa apoyará prioritariamente a los proyectos e iniciativas surgidos de esos procesos de planeación microrregional, destinándoles una proporción creciente de sus recursos. De tal manera que un porcentaje cada vez menor estará disponible a la demanda abierta. En el sitio www.cdi.gob.mx/microrregionescdi/ se precisa la lista de localidades pertenecientes a las microrregiones que participan en procesos de planeación y gestión, y que complementa los criterios específicos de elegibilidad que este programa señala.

    El Programa incluye la posibilidad de capitalizar los recursos financieros que se recuperen de los mismos apoyos autorizados, donde a través del desarrollo de los proyectos apoyados existe la generación de flujos de efectivo, de tal manera, que en el estudio de viabilidad de los proyectos que se presenten para su autorización, deberán contener un programa de revolvencia o capitalización de los recursos financieros de los apoyos solicitados y que en su caso, fueren otorgados. La capitalización de los recursos será a través del Esquema de Capitalización de Apoyos (ECA) que promueve el Fondo Nacional de Apoyos para Empresas en Solidaridad (FONAES).

  2. Objetivos

    2.1. Objetivo General

    Contribuir a la sostenibilidad de las actividades productivas, mediante el apoyo económico a los proyectos productivos de los productores indígenas organizados en grupos de trabajo u organizaciones legalmente constituidas.

    2.2. Objetivos Específicos

    · Ampliar la inversión pública en regiones indígenas mediante el acuerdo y la coordinación de acciones con los Gobiernos Municipales, Estatales, Dependencias y Entidades de la Administración Pública

    Federal, así como con Organizaciones de la Sociedad Civil, para que mediante la mezcla de recursos se apoye a los proyectos.

    · Impulsar la creación y consolidación de proyectos y empresas rentables y sustentables, armonizados con su entorno cultural y ambiental.

    · Apoyar el acompañamiento de los proyectos mediante servicios de asistencia técnica, capacitación, asesoría integral, a través del fortalecimiento de capacidades que considere los saberes y habilidades de los individuos, que permitan su adecuada materialización.

    · Promover e Impulsar la ejecución de proyectos y sistemas de producción que permitan el establecimiento de cadenas productivas que generen valor agregado a los productos y facilite la inserción a los mercados o circuitos comerciales (Un sistema de producción es un conjunto de actividades que un grupo humano organiza, dirige y realiza, de acuerdo a determinados objetivos, recursos y cultura, utilizando prácticas en respuesta a las condiciones de un medio físico determinado).

  3. Lineamientos

    3.1. Cobertura

    El Programa atenderá solicitudes de apoyo de las 31 entidades federativas y el Distrito Federal. La CDI, previa solicitud y justificación de la autoridad municipal o estatal que corresponda, podrá...

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