Las reglas complementarias

AutorMarco Antonio Núñez Hernández
Páginas35-44
CLASIFICACION ARANCELARIA DE LAS MERCANCIAS 35
CAPITULO V
LAS REGLAS COMPLEMENTARIAS
La Tarifa Mexicana presenta, además de las Reglas Generales,
las Reglas Complementarias; 10 de ellas aplican para importación
mientras que sólo las 8 primeras aplican para exportación.
A continuación se presentan estas Reglas en negritas, mientras
la explicación correspondiente a cada una de ellas se brinda en es-
critura convencional:
1a. Las Reglas Generales para la interpretación de la Tari-
fa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación
y de Exportación son igualmente válidas para establecer
dentro de cada subpartida la fracción arancelaria aplica-
ble, excepto para la Sección XXII en la que se clasifican
las mercancías sujetas a operaciones especiales.
EXPLICACION:
Significa que las Reglas Generales también son aplicables a nivel
fracción (mutatis mutandis), sin que estos mandamientos apliquen
para la Sección 22, con su correspondiente capítulo 98. Segura-
mente, en este momento se está usted preguntando porqué esta
Sección con su Capítulo quedan excluidos del ámbito de aplicación
de las Reglas Generales. Hay que recordar que el Sistema Armoni-
zado comprende únicamente las primeras 21 Secciones, mientras
que la 22 fue puesta por el Gobierno Mexicano.
En cuanto al término “mutatis mutandis”, puede remitirse a la ex-
plicación correspondiente a la Regla General 6.
2a. La Tarifa del artículo 1 de esta Ley está dividida de 22
Secciones que se identifican con números romanos, or-
denados en forma progresiva, sin que dicha numeración
afecte la codificación de las fracciones arancelarias. Las
fracciones arancelarias son las que definen la mercancía
y el impuesto aplicable a la misma dentro de la subparti-
da que les corresponda, y estarán formadas por un códi-
go de 8 dígitos, de la siguiente forma:

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