Reglamento de Unidades Académicas y Centros de Estudio de Educación Media Superior y Superior a Distancia de la Universidad Digital del Estado de México.

Martes 19 de abril de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 68
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Al margen Escudo del Estado de México.
UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA
ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO
POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL
DENOMINADO UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023 establece que el fortalecimiento del marco normativo es
uno de los objetivos para lograr una Administración Pública Eficiente que constituye la base de la visión del Gobierno
Estatal para consolidarse como un Gobierno de Resultados.
Que una línea de acción del Estado Progresista es generar una simplificación administrativa y adecuación normativa,
implementando reformas y modificaciones administrativas para impulsar las mejores prácticas en políticas públicas.
Que una importante acción para el Gobierno del Estado es fortalecer el sector educativo, a través del uso de las
tecnologías modernas de la información y comunicación, a fin de ampliar las oportunidades de acceso a niveles de
educación media superior y superior a un mayor número de personas bajo criterios de igualdad y accesibilidad en las
distintas regiones de la entidad.
Que mediante Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 27 de
enero de 2012, se crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal Denominado Universidad Digital
del Estado de México, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios,
que tiene por objeto, entre otros, impartir educación media superior y superior en las modalidades no escolarizada,
mixta, abierta y a distancia, a fin de propiciar la adquisición de competencias necesarias para acceder a la educación
superior o, en su caso, al sector productivo, así como formar a los profesionales requeridos para el desarrollo estatal y
nacional.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México en su artículo 139 Bis, establece que “la Mejora
Regulatoria y el Gobierno Digital son instrumentos de desarrollo.
Que es obligatorio para el Estado y los municipios, sus dependencias y organismos auxiliares, implementar de
manera permanente, continua y coordinada sus normas, actos, procedimientos y resoluciones, ajustándose a las
disposiciones que establece esta Constitución, a fin de promover políticas públicas relativas al uso de las tecnologías
de la información y comunicación e impulsar el desarrollo económico del Estado de México”.
Que las Unidades Académicas y Centros de Estudio de Educación Media Superior tendrán como objeto impartir
educación media superior y superior en la modalidad a distancia en la zona geográfica de su competencia, con apego
a las políticas, lineamientos, planes y programas establecidos por la Universidad Digital del Estado de México, con la
finalidad de ofrecer a las y los estudiantes un servicio académico de calidad y eficiencia, que permita obtener una
mejor preparación para su desarrollo personal y profesional, a fin de generar una actitud de participación activa dentro
de su entorno social de manera responsable, así como para que se inserten en el campo laboral dentro de su
comunidad.
Que para el desarrollo de sus actividades las Unidades Académicas y Centros de Estudio deberán tener un
instrumento legal que les proporcione el marco jurídico de su actuación, para regular en forma adecuada cada una de
las acciones que deberán de desarrollar.
Que, con base en las anteriores consideraciones, se expide el siguiente:
REGLAMENTO DE UNIDADES ACADÉMICAS Y CENTROS DE ESTUDIO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y
SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD DIGITAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Con base en el Decreto de Creación de la Universidad Digital del Estado de México, las Unidades
Académicas y Centros de Estudio de Educación Media Superior y Superior a Distancia se regirán por el presente
Reglamento y las demás disposiciones aplicables vigentes.

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