Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Atotonilco el Alto, Jalisco

EstadoJalisco
MunicipioAtotonilco el Alto
REGLAMENTO DE TRANSITO PARA EL MUNICIPIO DE
ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO.
Carlos Padilla Villarruel, Presidente Constitucional del Honorable
Ayuntamiento del Gobierno Municipal de Atotonilco el Alto Jalisco, a
los habitantes del Municipio hago saber:
Que el Honorable Pleno del Ayuntamiento que dignamente presido, a tenido a bien aprobar y expedir por
unanimidad de votos, el:
REGLAMENTO DE TRANSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO, JALISCO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Articulo 1.- El presente Reglamento lo expide el Honorable Ayuntamiento de Atotonilco el Alto, Jalisco, para su
aplicación en el Municipio. Su observancia es general en su ámbito jurisdiccional, con fundamento en lo
dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 115 Fracción II, asimismo
en la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco en sus Artículos 1, Fracción
IV, Artículo 6, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, los artículos 40, 42, 43, 44, 47 fracción V y correlativos de la Ley del
Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, que tiene por objeto establecer las normas
que lo rigen:
I.- El tránsito de peatones, vehículos y semovientes, así como garantizar al máximo su seguridad y preservar
los bienes destinados al servicio público en las vías publicas y el medio ambiente al igual que el orden público;
II.- La expedición de permisos para conducir o en su caso provisionales para transitar sin placas en vehículos
de motor.
III.- Los derechos y obligaciones de los conductores y peatones.
IV.- Las características de los vehículos.
V.- Los servicios de grúas.
VI.- Todas las demás disposiciones relativas al transito dentro del Muni cipio.
Articulo 2.- Para los efectos de este Reglamento se denominará:
Arroyo de circulación.- A la Fracción de terreno destinada al movimiento de vehículos.
Acera.- A la porción de la calle o camino destinada exclusivamente al transito de peatones y discapacitados.
Intersección.- El área donde se cruzan dos o más vías.
Vía Publica.- El conjunto de elementos cuya función es permitir en transito de vehículos, peatones y
semovientes, así como también facilitar la comunicación entre las diferentes áreas y zonas del Municipio de
Atotonilco el Alto, Jal.
Vehículo.- Todo medio de transporte de propulsión mecánica, humana o tracción animal que se destine a
transitar por las vías públicas.
Peatón.- Toda persona que transite por las v ías públicas del Municipio.
CAPITULO II
AUTORIDADES DE TRANSITO
Articulo 3.- Son autoridades de transito en el municipio de A totonilco el Alto, Jalisco
I.- El Presidente Municipal
II.- El Director de Seguridad Pública
III.- EL Subdirector de Transito
IV.- El Personal Operativo de la Subdi rección de Transito
V.- Las que señala la Ley de los Servicios de Vialidad, Transito y Transporte del Estado
de Jalisco.
CAPITULO III
DE LA VIA PUBLICA
Artículo 4 .- Siempre que en la vía pública se interfiera el libre transito con motivo de la ejecución de una obra,
se deberá sujetar a las siguientes disposiciones:
I..- En el día se instalara una señal de prevención que avise claramente el peligro, por lo que deberá de usarse
cinta de plástico en color llamativo, delimitando el área de trabajo. Si la obra obstruye la acera deberá proveer
el paso seguro de los peatones con un andador protegido.
II.- Durante la noche se utilizarán todos los dispositivos indicados para el día, además de contar con mechones
y/o lámparas intermitentes.
TITULO SEGUNDO
DE LOS PEATONES
CAPITULO I
PEATONES, ESCOLARES Y DISCAPACITADOS

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