Reglamento de Servicio Social de la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli

Página 4 21 de septiembre de 2016
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CUAUTITLÁN IZCALLI
La Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli, en ejercicio de las facultades y
obligaciones que le confiere el Artículo 12, Fracción I y VII del Decreto de Creación del Organismo Público
Descentralizado de carácter Estatal denominado Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli, y
Considerando
Que de acuerdo a la ley reglamentaria del artículo 5° Constitucional, se entiende por Servicio Social el trabajo
de carácter temporal que ejecuten y presten los/las profesionistas y la comunidad estudiantil en interés de la
sociedad y del Estado.
Que es obligación de la comunidad estudiantil de educación superior prestar, en beneficio de la comunidad y del
desarrollo del Estado, el Servicio Social, coadyuvando con ello a su formación profesional y a su integración al
sector productivo.
Que la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli, es una institución de Educación Superior, que forma parte
del Subsistema de Universidades Tecnológicas y Politécnicas, por lo que su comunidad estudiantil tienen la
obligación de prestar Servicio Social, en beneficio de la comunidad y del desarrollo del Estado de México.
Que la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli, al organizar y regular el Servicio Social que prestará la
comunidad estudiantil, deberá respetar los ordenamientos que, sobre la materia, expidan la Federación y el
Gobierno del Estado de México.
Que para la obtención de su título, es requisito que la comunidad estudiantil de la Universidad Politécnica de
Cuautitlán Izcalli realicen, durante el último cuatrimestre de sus estudios, una estadía en el sector productivo,
donde se aplicarán los conocimientos adquiridos en los campos de la ciencia, la técnica y la cultura, para
consolidar su formación académica y su capacitación profesional; en consecuencia al ser también la aplicación
de dichos conocimientos en beneficio de la sociedad, es pertinente que la estadía sea considerada como parte
del Servicio Social.
Que con la prestación del Servicio Social se logrará una mayor interacción entre la comunidad estudiantil y los
sectores público, social y productivo, enriqueciéndose ésta con experiencias que prepararán y fortalecerán su
vida profesional, contribuyendo además al proceso de modernización educativa que vive el país.
Con base en lo anterior, la Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Cuautitlán Izcalli, en cumplimiento
de lo dispuesto por el Artículo 12, Fracción I y VII, de la Ley que Crea este Organismo Público, ha tenido a bien
expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CUAUTITLÁN IZCALLI
CONTENIDO
Capítulo I
Disposiciones Generales
Capítulo II
De las características del Servicio Social
Capítulo III
De la competencia de la Jefatura
Capítulo IV
De los derechos y obligaciones de los/as prestadores
Capítulo V
De las Sanciones
Transitorios

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