Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por obra o tiempo determinado. VII-CASA-V-55

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REVIS TA DE L TR IBUN AL F EDERAL D E JU STIC IA F ISCAL Y A DMINIST RATI VA
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 218/14-QSA-7.- Ex-
pediente de Origen Núm. 1615/13-10-01-9.- Resuelto por la
Quinta Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa, el 11 de junio de 2014, por unanimidad de
votos.- Magistrada Ponente: Juana Griselda Dávila Ojeda.-
Secretaria: Lic. Paulina Elizabeth Ahumada Santana.
REGLAMENTO DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO
PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN
POR OBRA O TIEMPO DETERMINADO
VII-CASA-V-55
MOTIVACIÓN. DATOS QUE DEBE PRECISAR EL INSTITU-
TO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL EN LA SOLICITUD
DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RESPECTO DE
LA CONSTRUCCIÓN POR OBRA O TIEMPO DETERMI-
NADO.- De conformidad con el artículo 16 constitucional,
todo acto de autoridad debe estar debidamente motivado,
por lo cual, deben precisarse las circunstancias especiales,
razones particulares o causas inmediatas que haya tenido
en consideración para la emisión del acto. Ahora bien, el
artículo 12 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio
para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo
Determinado, establece que el patrón deberá registrar ante
el Instituto Mexicano del Seguro Social en la Subdelegación
correspondiente, la ubicación de la obra, dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la fecha de inicio de los trabajos,
así como el tipo de obra, su ubicación, trabajos a realizar y/o
fase de la construcción. Entonces, si dicho Instituto al llevar

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