Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Colegio de Bachilleres del Estado de Sinaloa
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 17 de agosto de 1983.
La .Junta Directiva, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 10, fracción IV, del Decreto que creó el Colegio de Bachilleres y su correlativo, el artículo 3o. fracción I, del Reglamento General de la propia Institución, expide el siguiente:
REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SINALOA.
REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS
I) Tener su domicilio en el Estado de Sinaloa;
II) Estar autorizadas conforme a la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, para el desempeño de la función educativa en el nivel medio superior;
III) Sujetarse a los planes y programas de estudio del Colegio;
IV) Contar con edificios adecuados, laboratorios, talleres biblioteca, campos deportivos y demás instalaciones necesarios, que deberán satisfacer las condiciones pedagógicas que el Colegio determine;
V) Cubrir las cuotas que se convengan con la Dirección General.
I) Copias simples de los títulos de propiedad o contratos de arrendamiento de los inmuebles que ocupe la Institución;
II) Copia autorizada del acta constitutiva si se trata de una persona moral;
III) Croquis y fotografías de las instalaciones;
IV) Inventarios de laboratorios, de bibliotecas, de material audiovisual, didáctico y de talleres;
V) Copia de la cédula del Registro Federal de Causantes;
VI) Los (sic) currículum y la documentación comprobatoria del personal académico que preste sus servicios para el solicitante, especificando su domicilio, máximo grado de estudios y su experiencia docente;
VII) Relación de las cuotas que vayan a cobrarse por los estudios que se impartirán y proyecto de presupuesto de ingresos y egresos de la Institución;
VIII) Relación de las autoridades de la Institución y copias de los documentos que acrediten su formación profesional y su experiencia docente;
IX) Informe sobre la posible demanda de inscripción;
X) Informe sobre la organización interna de la Institución;
XI) Constancia de la autorización para funcionar expedida por la autoridad educativa del Estado; y
XII) Reglamento Interior de la Institución.
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