Reglamento de Protección a los animales para el municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Fecha de publicación | 19 Julio 2013 |
Estado | Veracruz |
Municipio | Veracruz |
GACETA OFICIAL
SUMARIO
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
DIRECTORA GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO
ELVIRA VALENTINA ARTEAGA V EGA
DIRECTORA DE LA GACETA OFICIAL
INGRID PATRICIA LÓPEZ DELFÍN
Calle Morelos No. 43, Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.
Tomo CLXXXVIII Xalapa-Enríquez, Ver., viernes 19 de julio de 2013 Núm. 279
GOBIERNO DEL ESTADO
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PODER LEGISLATIVO
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DE
HUILOAPAN DE CUAUHTÉMOC, VER., A ENAJENAR DIVERSAS
UNIDADES AUTOMOTRICES.
folio 675
ACUERDO POR EL QUE SE ACEPTA LA RENUNCIA DE LA C. OLIVA
SAMPIERI FERNÁNDEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL SUPLENTE DEL
H. AYUNTAMIENTO DE H UATUSCO, VER., POR LO QUE SE DESIG-
NA COMO PRESIDENTA MUNICIPAL A LA C. NADIA TORRES
DEMUNER, SÍNDICA PROPIETARIA.
folio 684
H. AYUNTAMIENTO DE VERACRUZ, VER.
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES.
folio 865
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EDICTOS Y ANUNCIOS
Viernes 19 de julio de 2013 GACETA OFICIAL Página 3
H. AYUNTAMIENTO DE VERACRUZ, VER.
Reglamento de
Protección a los animales para el municipio de
Veracruz, Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Las disposiciones contenidas en el presente
Reglamento, son de orden público, interés social y de obser-
vancia obligatoria y general en el territorio del Municipio de
Veracruz del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y para
todos los habitantes del mismo Municipio.
Artículo 2. El objeto del presente Reglamento es el esta-
blecimiento de normas para proteger a los animales, garanti-
zar su bienestar, manutención, alojamiento, desarrollo natural
y salud, evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento y la
deformación de sus características físicas, fijando bases de
aplicación, competencia, observancia y principios de regula-
ción normativa, estableciéndose entre otras las siguientes:
I. Los principios que sustentan el objeto de este ordena-
miento;
II. Las atribuciones que corresponden a las autoridades del
Municipio en materia del presente Reglamento;
III. La regulación del trato digno y respetuoso a los anima-
les y a su entorno;
IV. La Regulación de la Tenencia, Protección, Atención,
Cuidado y Preservación de los animales, cuya propiedad, cui-
dado o tutela está a cargo de cualquier persona física o moral;
V. El fomento de la participación de los sectores público y
privado, mediante la creación de sociedades o asociaciones
cuyo fin sea el de proteger a los animales en general;
VI. La promoción y el reconocimiento, en todas las ins-
tancias públicas y privadas, de la importancia ética, ecológica
y cultural que representa la protección de los animales;
VII. La regulación de las disposiciones correspondientes a
la denuncia, vigilancia, verificación, medidas de seguridad y
acciones de defensa relativas al bienestar de los animales en
general;
VIII. Promover en la ciudadanía una cultura sanitaria de
prevención respecto de los animales, con el objeto de evitar
el surgimiento y propagación de plagas y enfermedades
zoonóticas;
IX. Promover y estimular la participación ciudadana para
la limpieza y saneamiento del territorio municipal, respecto
de los animales en general;
X. Señalar las obligaciones que en materia de tenencia de
los animales deben cumplir las personas físicas, morales y las
instituciones públicas o privadas;
XI. Mantener controlada la fauna silvestre y doméstica
dentro del Municipio;
XII. Promover la educación en el trato digno y humanita-
rio de los animales, para contribuir a la formación del indivi-
duo y a su superación personal, familiar y social, al incluirles
actitudes responsables y humanitarias hacia los animales.
Artículo 3. Son objeto de protección de este Reglamento
todos los animales que se encuentren de forma permanente o
transitoria dentro del territorio del Municipio de Veracruz del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 4. Están prohibidas la caza y captura de cualquier
especie de fauna silvestre en el Municipio de Veracruz del
Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como las peleas
de perros y la reproducción, crianza y entrenamiento de los
mismos para tal fin.
Artículo 5. Para los efectos de este Reglamento, se en-
tenderá por:
I. Agresión: Todo lo que atenta contra el equilibrio o inte-
gridad orgánica de los animales;
II. Animal: Ser orgánico que vive, siente y se mueve por
propio impulso;
III. Animal abandonado: El que quede sin el cuidado o pro-
tección de sus propietarios o poseedores, así como el que
deambule libremente por la vía pública sin placa de identidad u
otra forma de identificación;
IV. Animal de compañía: Ejemplar de una especie domés-
tica o silvestre utilizado como compañía o recreación para el
ser humano;
V. Animal feral: El animal doméstico que, al quedar fuera
del control del ser humano, se establece en el hábitat de la
vida silvestre;
VI. Animal guía: El que es utilizado o adiestrado para ayu-
dar al desarrollo de las personas con cualquier tipo de
discapacidad;
VII. Animal para abasto: Aquel cuyo destino final es el sa-
crificio para el consumo de su carne o derivados;
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