Reglamento de Promoción del Sistema de Tiempo Compartido en el Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

EstadoQuintana Roo
MunicipioBenito Juárez
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REGLAMENTO DE PROMOCIÓN DEL SISTEMA DE TIEMPO COMPARTIDO EN EL
MUNICIPIO BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO.
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: 1 DE MARZO DE 1993.
El Honorable Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Benito Juárez, en uso de las
facultades que le confieren los artículo 115, fracción II, párrafo segundo, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 160, fracción II, de la Constitución
Política del Estado de Quintana Roo y 32, apartado I, inciso P, 62, 63, 64 y 65 de la Ley
Orgánica Municipal, y
CONSIDERANDO
Que la administración Pública Federal en el sector turístico ha liberado la actividad
económica de los sectores productivos a través de la desregulación y derogación de la
normatividad que duplicaba el control y supervisión de los prestadores de servicios por
parte de las autoridades federales y locales;
Que el sector turismo, destacada fuente generadora de divisas en el país, se encuentra
en un proceso de modernización que requiere de una participación activa y concertada de
las autoridades con el sector privado a fin de instrumentar los sistemas y mecanismos de
control que re gulen y fomenten la inversión;
Que bajo este espíritu de apertura que se observa claramente en el Plan Nacional de
Modernización del Turismo 1992-1994, se previene la orientación a los sectores
productivos con apoyo de las autoridades competentes para sostener un crecimiento
equilibrado;
Que nos encontramos frente a la transformación de la Ley y Reglamentos federales que
regulaban a los prestadores de servicios turísticos, destacando la desaparición de las
Delegaciones Federales en los Estados y del Registro y Clasificación de la calidad de los
servicios, que ahora son responsabilidad de la iniciativa privada;
Que nuestro centro turístico está formado por una población heterogénea, situación que
ha permitido la apertura y consolidación de una planeación concertada, donde han
participado activamente los sectores involucrados;
Que paralelamente a estos avances legislativos, está vigente en Benito Juárez el
Reglamento Municipal de Atención al Turista, que establece mecanismo de respuesta y
decisión para dar solución inmediata a sus problemas, inconformidades o limitaciones.
Dicho ordenamiento mantiene y propone la estructura de participación conjunta para el
cumplimiento de estos objetivos;
Que está vigente en Quintana Roo, desde el mes de julio de 1991, la Ley que establece
las Normas a que se sujetarán los contratos celebrados en el régimen de tiempo
compartido turístico del Estado de Quintana Roo, aprobada por la H. VI Legislatura;
Que está vigente en este centro turístico un Convenio entre el Ayuntamiento de Benito
Juárez y la Asociación de Clubes Vacacionales de Cancún A. C., en el que se consignan
las obligaciones y restricciones de los promotores, en el ámbito de competencia de dicha
autoridad;

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