Reglamento del Programa de Estimulos Al Desempeño del Personal Docente

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección Segunda de la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el jueves 29 de noviembre de 2007.

LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 11 FRACCION V DE LA LEY QUE CREA AL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE MEXICO, EN LA TERCERA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DIA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007, Y

CONSIDERANDO...

Que en mérito de lo anterior ha tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DOCENTE

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 41
Artículo 1

El presente Reglamento establece los criterios en los que se apoyará la valoración integral del personal docente para cumplir con el "Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente" y tiene como objeto estimular a los docentes del Colegio de Bachilleres del Estado de México por su desarrollo profesional, a fin de incentivar la permanencia, dedicación, productividad, rendimiento, participación y calidad en el desempeño de sus actividades.

Artículo 2 Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:

COLEGIO, al Colegio de Bachilleres del Estado de México.

PROGRAMA, al Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente.

DOCENTE, al personal que desempeña funciones académicas frente a grupo.

DIRECCION GENERAL, al Director General del CoBaEM.

Artículo 3 El Programa es un beneficio económico completamente distinto a las remuneraciones y prestaciones que por concepto de relación laboral, otorga el Colegio a los docentes que cumplan los requisitos señalados en el presente Reglamento, y además no estará sujeto a ningún tipo de negociación gremial, sindical, laboral o estudiantil.
Artículo 4 Los docentes que soliciten ingresar al Programa, deberán poseer contrato como docente, vigente al momento de la evaluación, en el que se establezca un mínimo de 8 horas/semana/mes y cumplir con lo dispuesto en los demás reglamentos del Colegio.
CAPITULO II Artículo 5

DEL PERSONAL BENEFICIADO

Artículo 5 El estímulo al desempeño del personal docente, se otorgará sólo a los docentes del Colegio que se sometan al proceso de evaluación que se realice, siempre y cuando cubran los siguientes requisitos:
  1. Presentar Solicitud de registro al Programa, que contenga nombre completo, registro federal de contribuyentes y plantel de adscripción, aceptando por escrito que la documentación presentada será analizada y verificada, así como evaluado sus (sic) desempeño y apoyo a la docencia, y que los resultados serán definitivos e inapelables una vez agotadas todas las etapas;

  2. Ser docente ordinario de asignatura del Colegio;

  3. Tener como mínimo cuatro semestres de antigüedad en el Colegio;

  4. Poseer una carga horaria mínima de 8 horas/semana/mes;

  5. Tener título de licenciatura en el caso de impartir asignaturas curriculares y para el caso de asignaturas paraescolares, los reconocimientos oficiales que lo acrediten;

  6. Haber asistido y acreditado los cursos del Programa de Capacitación y Actualización impartidos por el Colegio, en los dos semestres inmediatos anteriores a la fecha de evaluación;

  7. Entregar, junto con la Solicitud de Registro, la documentación correspondiente a los factores considerados en la evaluación y contemplados en la Convocatoria;

  8. Entregar, junto con la Solicitud de Registro, la Constancia de cumplimiento oportuno en todas las actividades docentes, en la que además se acredite no haber sido acreedor a ningún tipo de sanción administrativa en el período a evaluar, misma que será emitida por la Dirección del Plantel de su adscripción;

  9. Entregar, junto con la Solicitud de Registro, la Constancia de haber cumplido cabalmente con los programas de estudio de las asignaturas impartidas, en la que además deberá señalarse haber cumplido con un mínimo de 90% de asistencias;

  10. Presentar oportunamente toda la documentación que sea requerida por el Comité de Evaluación Académica; y

  11. Los demás que, a criterio del Comité o del Colegio, oportunamente se hagan saber a los docentes participantes.

CAPITULO III Artículo 6

DE LA VIGENCIA DE LOS ESTIMULOS

Artículo 6 La vigencia del estímulo al desempeño docente, para el personal con carga horaria de 8 y más horas/semana/mes, será un año fiscal

Con base en lo anterior y a efecto de obtener los recursos respectivos, el Colegio presentará la proyección respectiva para el ingreso al Programa de nuevo personal para el año fiscal correspondiente y para los subsecuentes, dentro de la planeación anual.

CAPITULO IV Artículos 7 y 8

DE LOS CRITERIOS GENERALES DE EVALUACION

Artículo 7 Los criterios de evaluación docente se basarán en los indicadores, las ponderaciones y los juicios de valor que se presenten en los expedientes de cada docente, y las calificaciones se otorgarán de acuerdo con los factores establecidos en el Programa.
Artículo 8 El puntaje de los factores a evaluar en el Programa, se otorgará en una escala de 1 a 800, distribuidos de la siguiente manera:

FactorPuntaje máximoPorcentaje

Calidad en el desempeño de la docencia.48060%

Dedicación a la docencia.16020%

Permanencia en las actividades de la docencia.16020%

CAPITULO V Artículos 9 a 13

DE LA CONCEPTUALIZACION DE LOS CRITERIOS DE EVALUACION

Artículo 9

Para la evaluación del personal docente, se tomará en cuenta la calidad en el desempeño, la cual consiste en la realización de los servicios educativos a cargo del profesor, considerándose tanto el cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos establecidos por el Colegio, como la preservación de una actitud de participación en el trabajo individual y colectivo, que redunde en la obtención de óptimos resultados en función de su desempeño escolar.

Artículo 10 La Calidad en el Desempeño de la Docencia, se refiere a la escolaridad, capacitación, actualización, profesionalización y desarrollo académico logrado por el docente, dentro y fuera del Colegio

La calidad en el desempeño de la docencia, será evaluada por la actuación académica desarrollada por el docente en el Colegio en función de su labor en el Ciclo Escolar y comprende los siguientes aspectos:

  1. Responsabilidad.- Es el cumplimiento de su función académica y de otras actividades que se deriven de ella.

  2. Asistencia.- Es la presencia física del docente durante el ejercicio de su función académica y en otras actividades que se deriven de ella.

  3. Práctica de la enseñanza.- Contempla para su evaluación, el instrumento de apreciación estudiantil y de apreciación académico - administrativa que realizan los alumnos y las autoridades del Plantel, respectivamente. Estos, contemplan el apego a la normatividad establecida, el desarrollo de la cátedra, el desarrollo del docente y el aprovechamiento escolar.

  4. Proyectos académicos.- Consiste en la coordinación de eventos académicos, tales como cursos y ciclos de conferencias; impartición de cursos de actualización y reforzamiento a los alumnos y la participación como jurado en concursos académicos.

  5. Escolaridad.- Es la formación y desarrollo académico profesional logrado por el docente dentro y fuera del Colegio.

  6. Actualización y Capacitación.- Son las actividades tendientes a mejorar el desarrollo profesional y la capacidad docente, avalados con documentos vinculados a la pedagogía y al Campo de Conocimiento al que...

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