Reglamento de la Policía Preventiva y de Tránsito del Municipio de El Fuerte, Sinaloa 1997/05/21

Fecha de publicación21 Mayo 1997
EstadoSinaloa
MunicipioFuerte, El
AYUNTAMIENTO
C. ING. JOSÉ JULIAN VEGA RUIZ, Presidente Constitucional del Municipio de El Fuerte,
Estado de Sinaloa, República de México, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento de esta Municipalidad, a través de su Secretaría, le ha comunicado
lo siguientes:
C O N S I D E R A N D O
Que con fecha 31 de Agosto de 1995; se suscribió un convenio de Colaboración y Coordinación en
materia de Vialidad y Tránsito, entre el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Sinaloa y el H.
Ayuntamiento de El Fuerte, Sinaloa; mismo que fue publicado en el Periódico Oficial “EL
ESTADO DE SINALOA”.
Que en base a este convenio, el Municipio se comprometió a expedir el Reglamento Municipal de la
Policía Preventiva y de Tránsito Municipal de El Fuerte, Sinaloa, en los términos del Artículo 71,
Fracción III de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Sinaloa, en vigor.
En mérito de lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 115, Fracción II, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 125 Fracción II, de la Constitución Política
del Estado de Sinaloa; 20 Fracción IV, 69 y 71 Fracción III, de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Sinaloa; ha tenido a bien, elaborar el Reglamento de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal del
Municipio de El Fuerte, Sinaloa; mismo que está acorde con las nuevas realidades de nuestra
Sociedad Municipal, por lo cual tuvo a bien expedir el presente.
DECRETO MUNICIPAL NÚM. 8
REGLAMENTO DE LA POLICÍA PREVENTIVA Y DE TRÁNSITO DEL
MUNICIPIO DE EL FUERTE, SINALOA*
CAPÍTULO I
DEL OBJETO DEL REGLAMENTO
Artículo 1. El presente reglamento es de observancia obligatoria, para todos los miembros de la
Policía Preventiva y de Tránsito del Municipio de El Fuerte, Sinaloa.
Artículo 2. La Policía Preventiva y de Tránsito, es un cuerpo instituido por el Artículo 62 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Sinaloa, destinado a mantener la tranquilidad, la seguridad y el
orden público dentro del Municipio de El Fuerte, Sinaloa; protegiendo los intereses de la Sociedad,
así como el de vigilar el tránsito de vehículos y peatones que hagan uso de las calles, caminos, vías y
áreas de Jurisdicción Municipal, impidiendo todo acto que perturbe o ponga en peligro esos bienes y
condiciones de existencia.
* Publicado el P.O. No. 61, miércoles 21 de mayo de 1997.
Artículo 3. Para cumplir con su finalidad, la Policía Preventiva y de Tránsito, realizará las acciones
de:
I. Vigilar permanentemente en el Municipio.
II. Prevención de la Comisión de Delitos e Infracciones a los ordenamientos de naturaleza
administrativa.
III. Protección de la vida y seguridad de los individuos e instituciones.
IV. Auxilio a las Autoridades Municipales, Estatales y Federales, en los casos en que se requiera el
uso de la fuera pública.
V. Vigilar del estricto cumplimiento al Bando de Policía y Buen Gobierno de El Municipio de El
Fuerte, Sinaloa y a la Ley de Tránsito y Transportes del Estado de Sinaloa.
VI. Coordinación de programas y acciones con las demás corporaciones policiales de los niveles
Federal, Estatal e Intermunicipal.
VII. Fomento a la participación ciudadana en el diseño, aprobación, ejecución y evaluación de
planes y programas de Seguridad Pública y de Tránsito Municipal.
VIII. Realización del control, seguimiento y evaluación de los hechos delictivos e infracciones al
bando de Policía y buen Gobierno, y a la Ley de Tránsito y Transportes del Estado de Sinaloa.
IX. Promoción y difusión entre la población de una nueva cultura en materia de Seguridad Pública
y de Tránsito; y
X. Las demás que establezcan la Leyes.
C A P Í T U L O I I
DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 4. La Policía Preventiva y de Tránsito depende en lo administrativo, directa y
exclusivamente del Presidente Municipal.
Artículo 5. La Policía Preventiva y de Tránsito del Municipio de El Fuerte, Sinaloa; estará bajo el
mando supremo del Presidente Municipal, conforme lo dispone la Fracción V, del Artículo 31, de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Sinaloa, con la sola excepción, que al respecto establece la
Artículo 6. El mando directo e inmediato, de la Policía Preventiva y de Tránsito del Municipio de El
Fuerte, Sinaloa; corresponderá al Director General de Seguridad Pública y de Tránsito Municipal.
Artículo 7. El Director General de Seguridad Pública y de Tránsito Municipal, y demás personal que
integra esta corporación, será nombrado y removido por el Presidente Municipal, con los requisitos
que establezcan las Leyes y el presente Reglamento.
2

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR