Reglamento de Parques y Jardines

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

REGLAMENTODE PARQUES Y JARDINES DEL MUNICIPIO DE COLIMA, COL.

El L.E. MARIO ANGUIANO MORENO, Presidente Municipal de Colima, con las facultades que me otorga la Ley del Municipio Libre en su artículo 47, Fracción I, inciso a), a sus habitantes hace saber:

Que en Sesión Ordinaria celebrada el 24 de septiembre de 2008, el Honorable Cabildo Municipal de Colima, aprobó por unanimidad el siguiente:

A C U E R D O:

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PARQUES Y JARDINES DEL MUNICIPIO DE COLIMA, COLIMA.

C O N S I D E R A N D O S :

PRIMERO.-

Que el Gobierno Municipal, en el Plan Municipal de Desarrollo de Colima 2006-2009, aprobado por el H. Cabildo, establece dentro de las Estrategias Generales para el Desarrollo del Municipio el tema de la Gobernabilidad para el Desarrollo y, dentro de éste, se destaca la necesidad de instituir un gobierno municipal que impulse las reformas reglamentarias para actualizar el marco jurídico municipal con el fin de alcanzar una administración municipal de calidad, mediante su adecuación a las disposiciones constitucionales y a las leyes secundarias, así como al nuevo contexto de la vida política, económica y social del Municipio Colimense.

SEGUNDO.-

Que en acatamiento del Principio de Legalidad de que la autoridad solo puede hacer lo que la Ley le faculta y considerando al municipio como orden de gobierno que debe sujetarse a la observancia plena e irrestricta del Estado de Derecho, la actual administración pública municipal valoró la problemática de que hoy en día en materia del Servicio de Parques y Jardines no existe un instrumento jurídico que regule su prestación, por lo que el Presidente Municipal L. E. Mario Anguiano Moreno, tomando como referente el Plan Municipal de Desarrollo de Colima 2006-2009, instruyó a la Secretaría del Ayuntamiento y a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, para analizar tal situación dentro del marco de revisión y actualización de la reglamentación municipal vigente, de cuyo diagnóstico se desprende que en esta materia el municipio capitalino requiere de un instrumento jurídico que regule adecuadamente el Servicio Público de Parques y Jardines que presta el Ayuntamiento, a fin de ajustarse a las diversas modificaciones que se han realizado a la legislación secundaria local, así como adaptarse a las nuevas necesidades y exigencias políticas, socioeconómicas, jurídicas y culturales del Municipio Colimense.

TERCERO.-

Que como resultado del citado análisis se concluyó, de manera inaplazable, en la imperiosa necesidad de reformar la reglamentación municipal actual, así como expedir nuevos reglamentos en aquellas materias aun no reguladas a la fecha, implementando para tal efecto, como línea de acción, un Plan de Trabajo para la Elaboración y Actualización de la Reglamentación Municipal, entre los que se consideró de manera prioritaria los servicios públicos municipales.

CUARTO.-

Que una de las atribuciones y funciones fundamentales del Gobierno Municipal, es la prestación de los servicios públicos municipales a favor de la población, en el caso específico el Servicio de Parques y Jardines tal y como lo establece el artículo 115 fracción III inciso g) de la Constitución Federal y su correlativo artículo 87, fracción III, inciso g) de la Constitución Local, así como el artículo 86 fracción VII, de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

QUINTO.-

Que el Servicio de Parques y Jardines municipal constituye una materia de orden público e interés general, y de acuerdo con las tendencias del crecimiento poblacional es necesario que la prestación de dicho servicio se encuentre regulado de manera adecuada para que las zonas urbana y rural del Municipio permanezcan en buenas condiciones, para asegurar su conservación y cuidado, concomitantemente con el respeto al medio ambiente y preservación de la imagen urbana.

SEXTO.-

Que el Reglamento de Parques y Jardines del Municipio de Colima tiene por objeto: regular la conservación, restauración, fomento, aprovechamiento, creación, cuidado y limpieza de las áreas verdes y flora dentro de los parques y jardines ubicados en la demarcación municipal, así como definir que áreas están bajo la responsabilidad del ciudadano y cuáles bajo la responsabilidad del H. Ayuntamiento.

SÉPTIMO.-

Que el citado Reglamento de Parques y Jardines del Municipio de Colima se integra de 71 artículos y un artículo transitorio, agrupados en 9 Capítulos que son: Capítulo I Disposiciones Generales, Capítulo II De las Autoridades Municipales Competentes, Capítulo III De los Predios y Superficies Destinadas a Áreas Verdes, Capítulo IV De la Forestación y Reforestación, Capítulo V De la Utilización de los Bienes de Uso Común, Capítulo VI Del Mantenimiento, Poda y Tala de Árboles, Capítulo VII De la Inspección y Vigilancia, Capítulo VIII De las Infracciones y Sanciones, y Capítulo IX De los Recursos Administrativos; cuenta además con un anexo técnico compuesto de 10 artículos con recomendaciones en las plantaciones de árboles.

OCTAVO.-

Que entre los puntos a destacar en el presente Reglamento se tienen los siguientes: se define con claridad cuáles son las áreas de árboles que quedan bajo la responsabilidad ciudadana (obligación de propietarios y poseedores de inmuebles de mantener y conservar el arbolado del interior y exterior de sus fincas) y cuáles bajo la responsabilidad del H. Ayuntamiento; promover entre los ciudadanos el evitar sembrar árboles frutales, plantas punzocortantes en las banquetas, andadores, parques, jardines, camellones o áreas verdes que pongan en riesgo la integridad de los habitantes y su patrimonio, así como no permitir plantar árboles debajo de las banquetas; se establece la prohibición expresa de instalar cualquier clase de infraestructura o puestos fijos, semifijos o ambulantes en los parques, jardines y camellones del Municipio, la obligación de toda persona que transite con animales en las áreas verdes de recoger los excrementos depositados en las mismas.

Además, se establece cuales son las autoridades municipales competentes en la aplicación y vigilancia del Reglamento y las atribuciones de cada una de ellas; se regula la inspección y vigilancia de las disposiciones del Reglamento; se mencionan las conductas u omisiones que se consideran infracciones y las sanciones que ameritan cada una...

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