Reglamento del Organismo Público Desconcentrado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara Denominado"Parque Agua Azul"

EstadoJalisco
MunicipioGuadalajara
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REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCONCENTRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA
DENOMINADO “PARQUE AGUA AZUL”
JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZ, Presidente Municipal de
Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 42
fracciones IV, V y VI y 47 fracción V de la Ley del Gobierno y la
Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, 100 del
Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara y 3 del Reglamento de
la
Gaceta Municipal
de Guadalajara, a todos los habitantes del
municipio hago saber:
Que el Ayuntamiento de Guadalajara, en sesión ordinaria
celebrada el día 02 de junio de 2011, ha tenido a bien aprobar y
expedir el siguiente dictamen de
ORDENAMIENTO MUNICIPAL:
Primero. Se abrogan en su totalidad las disposiciones del Organismo Público
Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Parque Agua
Azul” aprobado por el Ayuntamiento de fecha 18 de mayo de 2000 y publicado el 24
de agosto del mismo año.
Segundo. Se crea el Organismo Público Desconcentrado de la Administración
Municipal denominado “Parque Agua Azul” y se expide el Reglamento del Organismo
Público Desconcentrado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara
denominado “Parque Agua Azul”, para quedar como a continuación se indica:
REGLAMENTO DEL ORGANISMO PÚBLICO
DESCONCENTRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA
DENOMINADO “PARQUE AGUA AZUL”
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1.
1. Las disposiciones de este ordenamiento son de orden e interés público y tienen
por objeto regular la organización y funcionamiento del Organismo Público

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