Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Corregidora, Querétaro.

11 de diciembre de 2015 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 26213
GOBIERNO MUNICIPAL
El que suscribe Lic. José Ernesto Bejarano Sánchez, Presidente Municipal Constitucional de
Corregidora, Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 17 fracción IX del
Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, a los habitantes de este Municipio hace saber:
Que en ejercicio de la facultad reglamentaria concedida al Ayuntamiento por el artículo 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de
Querétaro; 30, 146, 147 y 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; 117, 118 y 119 del
Reglamento Interior del Ayuntamiento de Corregidora, Qro., el H. Ayuntamiento de Corregidora,
Qro.,aprobó en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 5 de junio de 2015 (dos mil quince) el siguiente:
REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA
DEL MUNICIPIO DE CORREGIDORA, QUERÉTARO.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo Único
Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto proveer en el
ámbito municipal el cumplimiento y aplicación de la Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro. Qro.
Artículo 2.- La aplicación y cumplimiento de este Reglamento corresponde al Ayuntamiento de Corregidora,
Qro., a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Municipio de Corregidora, Qro.
Artículo 3.- Para los efectos de este Reglamento se utilizarán los conceptos y definiciones contenidas en l a
Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro, así como las siguientes:
I.- Ley: Ley de Mejora Regulatoria del Estado de Querétaro;
II.- H. Ayuntamiento: El Ayuntamiento de Corregidora, Qro;
III.- Administración Pública Municipal: La integrada por las Dependencias y Organismos Descentralizados
Municipales, y por las demás entidades, cualquiera que sea su denominación, en las que participe él
Municipio con la aportación de recursos públicos, o mediante la intervención de servidores públicos en su
constitución, administración o toma de decisiones;
IV.- Regulación:
1.- Normativa: Las normas reglamentarias municipales, siguientes:
a).- Las que disponen la realización de cualquier trámite ante el Ayuntamiento del Municipio de Corregidora,
Qro., o ante Dependencia o Entidad de la Administración Pública Municipal;
b).- Las que norman en cualquier forma un procedimiento, y que deriven de un deber u obligación para que
el particular, o la autoridad solicitante, en su caso, pueda solicitar, participar en cualquier forma u obtener un
permiso, licencia, aprobación, autorización o prerrogativa ante alguna situación especial de interés público o
social, o equivalente a éstos, cuyo cumplimiento esté supeditado a obtener un bien o servicio.
2.- Administrativa: Los actos administrativos municipales de naturaleza pública y de carácter general,
siguientes:

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