Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecologico y Proteccion Al Ambiente en Materia de Prevencion y Control de la Contaminacion del Suelo y de la Erosion
REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DEL SUELO Y DE LA EROSION
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 29 de febrero de 2004.
ÁNGEL SERGIO GUERRERO MIER, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 70 fracción II de la Constitución Política del Estado, 15 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, he tenido a bien expedir el REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO Y DE LA EROSIÓN, con base en los siguientes
C O N S I D E R A N D O S: .
Que en mérito de lo antes expuesto, he tenido a bien emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO Y DE LA EROSION
Las autoridades federales y municipales podrán participar con el Estado, en la aplicación del presente Reglamento en los términos de los instrumentos de coordinación correspondientes y las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
Almacenamiento.- Acción de retener temporalmente los residuos en tanto se procesan para su aprovechamiento, se entregan al servicio de recolección o se dispone de ellos.
Bioterio.- Es un área o departamento especializado en la reproducción, mantenimiento y control de diversas especies de animales de laboratorio en óptimas condiciones, los cuales son utilizados para la experimentación, investigación científica y desarrollo tecnológico.
Carga Contaminante.- Potencial de afectación nociva al ambiente que poseen los residuos sólidos en función de sus características físicas y sus componentes químicos, por unidad de peso y volumen.
Celda.- Espacio unitario en un sitio de disposición final para el confinamiento de los residuos.
Ceniza.- Residuo sólido que queda de una combustión completa.
Centro de Recepción.- Lugar en el que se reciben los residuos separados por la población, para aprovecharlos racionalmente, mediante rehuso o reciclaje para disminuir el volumen de los que son dispuestos en relleno sanitario u otra forma de disposición final.
Digestores.- Instalaciones de ingeniería para procesos de depuración biológica, aeróbica o anaeróbica.
Equipos de Transporte.- Aquellos empleados para el traslado de los residuos sólidos, de las estaciones de transferencia a los sitios de tratamiento o disposición final.
Escoria.- Residuo impuro formado fundamentalmente por calcio, hierro, aluminio y silicato de magnesio, que aparece en el proceso de fundición de metales.
Estación de Transferencia.- Obra civil que se construye con el propósito de recibir los residuos sólidos provenientes de la recolección, para entregar dichos residuos en los volúmenes adecuados a los vehículos especiales de transporte hacia sitios de disposición final.
Erosión.- Proceso físico que consiste en el desprendimiento y arrastre de los materiales del suelo provocado por el agua, el viento, los cambios de temperatura y algunos agentes biológicos.
Estercoleros.- Depósitos sanitarios de estiércol para su almacenamiento y estabilización biológica.
Fermentación Controlada.- El proceso de estabilización biológica aerobia de la fracción orgánica de los residuos, bajo condiciones controladas, para obtener un mejorador orgánico de suelos.
Generador.- Toda persona física o moral que como resultado de sus actividades produzca residuos.
Incineración.- Método de tratamiento o disposición final que consiste en la oxidación de los residuos, vía combustión controlada.
Jales.- Residuos generados en las operaciones primarias de separación y concentración de minerales.
Ley.- Ley Estatal de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Durango.
Lixiviado.- Líquido que se forma en los procesos de reacción arrastre y la percolación de los residuos sólidos, y que contiene, disueltos o en suspensión, elementos contaminantes que están presentes en los residuos mismos.
Manejo.- Conjunto de operaciones que incluyen el almacenamiento, recolección, transporte, alojamiento, reuso, tratamiento, reciclaje, incineración y disposición final de los residuos peligrosos.
Microgenerador.- Establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida;
Norma Técnica Ecológica.- El conjunto de reglas científicas o tecnológicas emitidas por la Secretaría que establezcan los requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, parámetros y límites permisibles que deberán observarse en el desarrollo de actividades o uso y destino de bienes, que causen o puedan causar desequilibrio ecológico o daño al ambiente, y, además que uniformen principios, criterios, políticas y estrategias en la materia.
Normas Oficiales Mexicanas.- Conjunto de reglas científico-técnicas emitidas por el Gobierno Federal o Estatal, que establecen los principios, criterios, políticas, estrategias, requerimientos, especificaciones, condiciones, procedimientos y límites permisibles que deberán observarse en el desarrollo de actividades, uso y destino de bienes que causen o puedan causar daños al ambiente.
Quema.- Proceso de oxidación mediante la combustión no controlada de los residuos, incompleta y deficiente, generalmente realizada a cielo abierto.
Reciclaje.- Proceso mediante el cual los residuos sólidos se integran a un ciclo de producción reincorporándolos como materias útiles para fines productivos.
Recolección.- Acción de recoger los residuos sólidos de sus sitios de almacenamiento para depositarlos en el equipo destinado a transportarlos a las estaciones de transferencia, instalaciones de tratamiento o sitios de disposición final.
Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).- Documento de difusión y toma de decisiones en el que se integra la información sobre emisiones contaminantes al aire, agua y suelo, a través de bases de datos, sistemas de información geográfica y métodos de estimación de emisiones atmosféricas, descargas de aguas residuales y generación de residuos industriales y peligrosos.
Reglamento.- El Reglamento de la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación del Suelo.
Relleno Sanitario.- Obra de ingeniería para la disposición final de los residuos sólidos no peligrosos ni potencialmente peligrosos, en la que se depositan, esparcen, compartan y se cubren con una capa de tierra al término de las operaciones del día.
Relleno Sanitario Manual.- Alternativa técnica y económica, tanto para las poblaciones urbanas y rurales, como para las áreas marginales de algunas ciudades que generan menos de 20 toneladas diarias de basura.
Residuos.- Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, control o tratamiento, cuya calidad no sea suficiente para usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.
Residuos Hospitalarios Peligrosos.- Son los residuos biomédicos generados en hospitales, laboratorios de análisis clínicos de investigación, que incluyen residuos patológicos, infecciosos y especiales.
Residuos Biológico-Infecciosos.- Son aquellos residuos generados durante los servicios de atención médica que contengan agentes Biológico-Infecciosos que puedan causar efectos nocivos a la salud y al ambiente.
Los residuos Biológico-Infecciosos incluyen:
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La sangre y sus derivados.
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Los cultivos y cepas de agentes Biológico-Infecciosos.
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Los patológicos.
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Los residuos no anatómicos.
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Los objetos punzocortantes.
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Los residuos generados por pacientes en aislamiento por alguna enfermedad contagiosa.
Residuos Hospitalarios No Peligrosos.- Son los residuos producidos en área de hospitales y laboratorios y no representa peligro por lo que pueden ser manejados como se manejan los residuos municipales.
Residuos Patológicos.- Son los siguientes:
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Los tejidos, órganos y partes que se extirpan o remueven durante las necropsias, la cirugía o algún otro tipo de intervención quirúrgica, que no se encuentren en formol.
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Las muestras biológicas para análisis químicos, microbiológicos citológico e histológico, excluyendo orina y excremento.
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Los cadáveres y partes de...
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